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Qué dice el acuerdo del sindicato de Comercio respecto al cobro de sueldo de los empleados suspendidos

El acta con el convenio entre el sindicato y las cámaras patronales fue firmada este martes por la noche. Qué pautas establece el acuerdo
06/05/2020 - 06:26hs
Qué dice el acuerdo del sindicato de Comercio respecto al cobro de sueldo de los empleados suspendidos

El gremio de empleados de Comercio firmó con las cámaras empresarias del sector un acuerdo para que los trabajadores suspendidos por el parate económico de la cuarentena perciban durante 60 días el 75% de su salario.

El acta con el convenio entre el sindicato que dirige Armando Cavalieri y las cámaras patronales fue firmada este martes por la noche.

En efecto, los empleados mercantiles suspendidos por razones de fuerza mayor -según el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo- tendrán una remuneración que no podrá ser menor al 75%.

El Ministerio de Trabajo ya había adelantado que apoyaría este tipo de convenios firmados entre sindicatos y cámaras empresarias y aclaró que los acuerdos deberían ser además ratificados por empresa.

El acuerdo firmado este martes por la noche asegura que las empresas que tomen la decisión de suspender personal "deberán mantener su dotación de trabajadores sin alteraciones ni despidos" durante el tiempo que tenga vigencia el convenio.

En principio, como adelantó iProfesional, el cobro del 75% del sueldo es para empleados que no prestan servicio en los meses de abril y mayo.

El nuevo esquema es para los comercios que no estén trabajando por la cuarentena. Por otra parte, las firmas que no tengan delegados y se acojan estrictamente al acuerdo marco obtendrán la homologación automática de los convenios que presenten al Ministerio de Trabajo.

El rubro mercantil contará con subsidios aportados por el Estado para pagar la mitad de los sueldos mediante el salario complementario. La idea del gremio era que los privados paguen en principio un 25% del salario de suspensión y el Estado el 50% en los casos que la firma reciba el beneficio de entre $16.875 y $33.750. Así, por un sueldo neto de $40.000, la empresa pagará $10.000 y el sector publico $20.000.

Antecedentes

El acuerdo de comercio tiene como antecedentes recientes los firmados por la Unión Industrial Argentina (UIA) y la Confederación General del Trabajo (CGT), también para evitar despidos a cambio de reducciones salariales.

Lo mismo ocurrió entre el sindicato de empleados Gastronómicos (Uthgra) y las empresas del sector, la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) y el gremio de Pasteleros que representa a trabajadores de cadenas de comida rápida.

La industria metalúrgica, por caso, cerró un acuerdo de suspensiones con el pago del 70% del salario bruto, un porcentaje que representa el 86% del sueldo neto.

Los concesionarios retomaron las negociaciones pero en las automotrices ya se había llegado a un acuerdo. El titular del gremio metalmecánico Smata, Ricardo Pignanelli, pactó con las terminales licenciamientos del personal sin tareas con el pago del 70% del salario neto en promedio. Ese es el caso de Ford, Volkswagen, Mercedes Benz, Toyota y Honda. La excepción fue Renault al acordar un salario del 60%.

El sector autopartista, por otra parte, también debe concluir las tratativas. Si bien la cámara AFAC se había acercado a garantizar un 65% del neto, no había acuerdo sobre la actualización trimestral y el formato de suspensiones en los próximos meses.

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