DNU sobre "telcos": las miradas están puestas en un ente oficial
Andrés Piazza, director en Internet Legal Consulting, analiza en esta entrevista de iProfesional el reciente decreto presidencial que declara como servicio público a la telefonía móvil, Internet y la TV paga.
El especialista observó que "respecto de las modificaciones de fondo (la declaración de Servicio Público y las facultades otorgadas al Enacom -Ente Nacional de Comunicaciones) cabe decir que han generado cierta incertidumbre respecto de la reglamentación del mismo y, específicamente, de la manera en que el organismo regulador intervendrá en los análisis de costos o en la eventual regulación de precios". "Dependerá del accionar de Enacom disipar las dudas que puedan surgir", afirmó Piazza.
-¿Cómo evalúa el decreto 690/20 en términos conceptuales?
-El DNU combina una medida excepcional como la suspensión de aumento en los precios de los servicios TIC hasta finales de 2020, comprensible en un contexto de pandemia con definiciones de política pública significativas, como la declaración de "servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia" para las TIC y la incorporación inequívoca de la telefonía móvil en todas sus modalidades.
Desde lo formal, si bien el uso de DNU forma parte de las facultades constitucionales del Poder Ejecutivo (cuando aprobado por la Comisión Bicameral y refrendado por una de las Cámaras del Congreso en pleno) y ha sido utilizado con frecuencia para regular al mercado de las telecomunicaciones, cabe preguntarse acerca de la necesidad y urgencia de las declaraciones.
Desde lo sustancial, en el mismo se reponen conceptos de la Ley Argentina Digital de 2014 y se otorgan atribuciones al Enacom (ente regulador) para controlar la fijación de precios, sin profundizar ni brindar demasiadas precisiones.
Aún si el decreto tuvo importantes voces de oposición y también muchas manifestaciones de apoyo, no es concluyente el impacto que puede tener. No parece una avanzada sobre el sector privado per se y tampoco una solución en sí misma a los problemas de acceso a conectividad que posee el país.
-¿Cómo impactará el decreto en los mercados de telefonía móvil, Internet y TV por cable?
-Si el congelamiento de precios no se extiende más allá de diciembre, no es imaginable que impacte fuertemente sobre las inversiones del sector. El único elemento considerable puede advertirse en las estructuras de costos de los pequeños operadores.
Respecto de las modificaciones de fondo (la declaración de servicio público y las facultades otorgadas al Enacom) cabe decir que han generado cierta incertidumbre respecto de la reglamentación del mismo y, específicamente, de la manera en que el organismo regulador intervendrá en los análisis de costos o en la eventual regulación de precios. Dependerá del accionar de Enacom disipar las dudas que puedan surgir.
-¿Qué medidas deben tomarse para favorecer al bolsillo del usuario, en especial los más afectados por la pandemia y su crisis económica, y al mismo tiempo impulsar el despliegue y la mejora de las redes de los operadores?
-Parece un juego de suma cero pero no en todos los casos lo es. En primer lugar, la suspensión de aumentos ya vigente otorga un considerable alivio al bolsillo de los usuarios.
Es importante cuidar la rentabilidad de los pequeños operadores para no resentir la oferta. Al mismo tiempo, es importante que los operadores de mayor tamaño tengan señales ¨diplomáticas¨ luego del rechazo contundente que tuvo el DNU en la industria (desde Huawei a Amcham firmando la misma solicitada).
La solvencia del ente regulador servirá como elemento de evaluación para los grandes actores que deseen desplegar redes independientemente del contenido de sus disposiciones.
Desde el punto de vista de la inversión pública, es interesante profundizar la utilización de los fondos del servicio universal ¨afinando el lápiz¨ en proyectos que cuenten con un diagnóstico preciso de la situación y las necesidades ciudadanas.
Un rol importante tienen también las redes públicas como Arsat u otras provinciales. Finalmente, es necesaria una estrategia de acceso a dispositivos sustentable que permita amortiguar el impacto negativo de la cancelación del programa Conectar Igualdad.
¿Qué dice el DNU sobre las "telcos"?
El presidente Alberto Fernández comunicó el viernes a través de su cuenta oficial de Twitter la decisión de declarar servicios públicos a la telefonía celular, a los servicios de Internet y a la televisión paga y congelar hasta el 31 de diciembre las tarifas de los tres servicios.
La decisión se efectivizó a través de la publicación en el Boletín Oficial del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/2020, que aplica modificaciones a la Ley N° 27.078 (conocida como "Ley Argentina Digital").
Esta norma fue sancionada en 2014, durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner, pero luego fue modificada durante el gobierno de Mauricio Macri. El DNU, como todos los decretos de esas características, deberá ser analizado y validado por el Congreso de la Nación.
El DNU publicado por el Presidente considera, entre otros puntos: que el derecho de acceso a Internet es, en la actualidad, uno de los derechos digitales que posee toda persona con el propósito de ejercer y gozar del derecho a la libertad de expresión; que las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) representan no sólo un portal de acceso al conocimiento, a la educación, a la información y al entretenimiento, sino que constituyen además un punto de referencia y un pilar fundamental para la construcción del desarrollo económico y social; y que la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2012 estableció que "el Estado debe velar por la continuidad, universalidad y accesibilidad de los servicios públicos, ponderando la realidad económico-social concreta de los afectados por la decisión tarifaria con especial atención a los sectores más vulnerables (…).
El texto del decreto destaca los ejemplos de México y Francia, en donde en el primero se consagró el derecho de acceso a Internet, mientras que en el país europeo fue considerado un derecho fundamental. Además, en una entrevista radial tras la publicación del decreto, Fernández declaró: "Admiro a Noruega y Finlandia, y en estos dos países son servicios públicos".
También critica el DNU 267/2015, emitido por Macri, que estableció la creación del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) y modificó la "Ley Argentina Digital". Así, el reciente DNU considera que esa decisión "derogó gran parte del andamiaje legalmente establecido en materia de servicios de comunicación audiovisual y de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, abandonándose la idea del acceso a estos últimos como un derecho humano, dejándolos librados a ley de la oferta y demanda como una simple mercancía, contrariamente a lo previsto en la Constitución Nacional".
Las modificaciones para las "telcos"
El decreto establece que los servicios de las TIC son servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia, que sus licenciatarios fijarán los precios, que deberán ser justos y razonables, y regulados por la autoridad de aplicación, es decir, el Enacom. Además, incorpora como servicio público al servicio de telefonía móvil, cuyos precios también serán regulados por el Enacom.
En el marco de la emergencia ampliada por el Decreto N° 260/20, suspende cualquier aumento o modificación de precios establecidos o anunciados desde el 31 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2020 por los licenciatarios TIC. Esto incluye a la televisión por cable, internet, a la telefonía fija o móvil y también a los servicios de televisión satelital.