TELECOMUNICACIONES

DNU sobre "telcos": advierten que si se extiende el congelamiento, empeorará la calidad del servicio

Desde el Idesa piden "diseñar y aplicar profesionalmente" regulaciones que aumenten la competencia, la transparencia y la protección al consumidor
TECNOLOGÍA - 01 de Septiembre, 2020

Jorge Colina, presidente del Instituto para el Desarrollo Social Argentino (Idesa), analiza en esta entrevista de iProfesional el reciente decreto presidencial que declara como servicio público a la telefonía móvil, Internet y la TV paga.

El Instituto para el Desarrollo Social Argentino es un centro de estudios, independiente y sin fines de lucro. Sus investigaciones están centradas en las políticas públicas vinculadas con el desarrollo social de la Argentina y el resto de los países latinoamericanos.

-¿Cómo evalúa el decreto 690/20 en términos conceptuales?

-El decreto tiene un enfoque bueno y malo. El bueno es que corresponde declarar como servicio público esencial a la conectividad digital, ya que en un mundo que va aceleradamente a la educación, el trabajo y el entretenimiento digital es central garantizar accesibilidad y buena calidad del servicio. Para cumplir con este objetivo, se necesita un diseño muy cuidadoso de las regulaciones y profesionalismo y transparencia en su aplicación.

El enfoque malo, en cambio, es haber asociado al carácter de servicio público esencial con el congelamiento tarifario. En este sentido, parece que hay una preocupante confusión en el gobierno es qué significa servicio público esencial.

-¿Cómo impactará el decreto en los mercados de telefonía móvil, Internet y TV por cable?

-Si las autoridades se quedan con la idea del congelamiento y luego lo extienden indefinidamente, la calidad del servicio empeorará. Si además, se quiere compensar a las empresas con subsidios –como sucede con los otros servicios públicos– el deterioro en la calidad del servicio será peor.

El mejor ejemplo en este sentido es lo que pasó con la luz eléctrica en AMBA (Área Metropolitana de Buenos Aires) entre el 2003 y el 2015. Se congelaron las tarifas y la gente empezó a sufrir los cortes.

Según el ENRE (Ente Nacional de de Regulación de la Electricidad), los reclamos por corte de luz en AMBA subieron desde 56 reclamos diarios por día en 2003 a 1.889 por día en el 2015.

Este fuerte deterioro de la calidad del servicio no se atenuó con el hecho de que en el 2015 el Estado nacional estaba gastando en subsidios $511 mil millones a precios actuales.

-¿Qué medidas deben tomarse para favorecer al bolsillo del usuario, en especial los más afectados por la pandemia y su crisis económica, y al mismo tiempo impulsar el despliegue y la mejora de las redes de los operadores?

-Primero, no congelar la tarifa. Segundo, diseñar y aplicar profesionalmente regulaciones que aumenten la competencia, la transparencia en el mercado y la protección al consumidor.

Tercero, si hay subsidios, usarlos para dar conectividad a las familias pobres en lugar de congelar tarifas para que los porteños tengan Internet y servicio de celular más baratos, como ocurre con la luz, el gas y el transporte urbano. 

El Congreso será uno de los escenarios del debate en torno al DNU sobre las "telcos".

¿Qué dice el DNU sobre las "telcos"?

El presidente Alberto Fernández comunicó el viernes a través de su cuenta oficial de Twitter la decisión de declarar servicios públicos a la telefonía celular, a los servicios de Internet y a la televisión paga y congelar hasta el 31 de diciembre las tarifas de los tres servicios.

La decisión se efectivizó a través de la publicación en el Boletín Oficial del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/2020, que aplica modificaciones a la Ley N° 27.078 (conocida como "Ley Argentina Digital").

Esta norma fue sancionada en 2014, durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner, pero luego fue modificada durante el gobierno de Mauricio Macri. El DNU, como todos los decretos de esas características, deberá ser analizado y validado por el Congreso de la Nación. 

El DNU publicado por el Presidente considera, entre otros puntos: que el derecho de acceso a Internet es, en la actualidad, uno de los derechos digitales que posee toda persona con el propósito de ejercer y gozar del derecho a la libertad de expresión; que las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) representan no sólo un portal de acceso al conocimiento, a la educación, a la información y al entretenimiento, sino que constituyen además un punto de referencia y un pilar fundamental para la construcción del desarrollo económico y social; y que la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2012 estableció que "el Estado debe velar por la continuidad, universalidad y accesibilidad de los servicios públicos, ponderando la realidad económico-social concreta de los afectados por la decisión tarifaria con especial atención a los sectores más vulnerables (…).

El texto del decreto destaca los ejemplos de México y Francia, en donde en el primero se consagró el derecho de acceso a Internet, mientras que en el país europeo fue considerado un derecho fundamental. Además, en una entrevista radial tras la publicación del decreto, Fernández declaró: "Admiro a Noruega y Finlandia, y en estos dos países son servicios públicos".

También critica el DNU 267/2015, emitido por Macri, que estableció la creación del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) y modificó la "Ley Argentina Digital". Así, el reciente DNU considera que esa decisión "derogó gran parte del andamiaje legalmente establecido en materia de servicios de comunicación audiovisual y de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, abandonándose la idea del acceso a estos últimos como un derecho humano, dejándolos librados a ley de la oferta y demanda como una simple mercancía, contrariamente a lo previsto en la Constitución Nacional".

El presidente Alberto Fernández recordó que en países escandinavos las telecomunicaciones son servicios públicos.

Las modificaciones para las "telcos"

El decreto establece que los servicios de las TIC son servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia, que sus licenciatarios fijarán los precios, que deberán ser justos y razonables, y regulados por la autoridad de aplicación, es decir, el Enacom. Además, incorpora como servicio público al servicio de telefonía móvil, cuyos precios también serán regulados por el Enacom.

En el marco de la emergencia ampliada por el Decreto N° 260/20, suspende cualquier aumento o modificación de precios establecidos o anunciados desde el 31 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2020 por los licenciatarios TIC. Esto incluye a la televisión por cable, internet, a la telefonía fija o móvil y también a los servicios de televisión satelital.

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