CABA: se aprobó el protocolo que permite visitar a pacientes críticos por Covid-19
Este jueves la Legislatura porteña debatió el proyecto popularmente conocido como "Derecho al último adiós". Lo había presentado a principios del mes de agosto un grupo de legisladores porteños del bloque Vamos Juntos (Juntos por el Cambio), entre los que se encontraban Juan Facundo Del Gaiso, Claudio Cingolani, María Cecilia Ferrero, Hernán Reyes y Lucía Romano.
Entre los fundamentos del proyecto, los legisladores habían asegurado que la pandemia "nos ha llevado a una situación de lamentar la pérdida de miles de compatriotas" y que "seguramente los familiares, amigos y allegados de las personas fallecidas son los que más sufren por la pérdida física de un ser querido".
Fue así que hubo muchas personas que "se vieron obligadas a modificar y posponer sus rituales de homenaje religioso a las personas que han fallecido, con el agravante que se han visto imposibilitados de visitar y acompañar a la personas en situación de final vida, impidiendo, de este modo, su despedida". Tal circunstancia llevó a que en gran parte del mundo se la defina como la "enfermedad de la soledad".
En su primer artículo la ley indica que "tiene por objeto avanzar en la humanización de la asistencia al final de la vida en el entorno hospitalario de personas afectadas Covid-19". Para esto, "se propone establecer presupuestos mínimos dirigidos a brindar acompañamiento afectivo a personas ingresadas al sistema público de salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires afectadas por dicha enfermedad en los que la valoración clínica haga prever que se encuentra a final de la vida, previo a la situación de agonía y muerte".
Se trata de una norma de aplicación obligatoria para "todos los efectores de salud públicos y privados de la Ciudad", que deben "crear un protocolo a los efectos de garantizar el derecho de visitas de los/las pacientes infectados con el virus Covid 19, en situación de final de vida o condiciones especiales durante la hospitalización, cumpliendo con los lineamientos generales establecidos en la presente ley".
En relación a ese protocolo, el proyecto que se aprobó este jueves indica que "debe establecer las medidas necesarias para garantizar el acompañamiento de los pacientes en situaciones de mal pronóstico inmediato". Además, es necesario "evitar la soledad de los pacientes debe ser un objetivo prioritario dentro de las estrategias de humanización de cada centro de atención".
Otro de los puntos importantes que se encuentra en el texto de esta ley es la participación de los profesionales de la salud en el momento en que el paciente se acerca al final de su vida. El artículo 4º indica que "cuando se determine la situación próxima al final de la vida según la evolución clínica de la persona, el médico responsable del paciente se comunicará con la familia o persona designada por el paciente, y ofrecerá la posibilidad de acompañamiento en las condiciones establecidas, informándole del procedimiento a seguir y de los riesgos de la visita, quedando constancia por escrito en la historia clínica del paciente".
¿Cómo es el protocolo de visitas?
La ley prevé visitas de los familiares a los pacientes internados, aunque con un protocolo, como ya se ha mencionado. El quinto artículo señala que "se ofrecerá la posibilidad de realizar una visita a una persona para permanecer en la habitación junto a la persona ingresada". Así, "se establecerá preferentemente un horario de visita y se dará prioridad a aquellos que no presenten factores de riesgo". Aunque parezca una obviedad, la norma prevé la constatación de que "el visitante no presenta síntomas vinculados a la enfermedad COVID19".
En la ley se indica, además, que se debe brindar al acompañante el material de protección adecuado en función del riesgo determinado en la habitación. El objetivo de esta medida es garantizar la seguridad del visitante y del resto del personal sanitario con quien pueda estar en contacto. Asimismo, deberá recibir instrucciones para el uso correcto de ese material, así como sobre higiene de manos, uso del gel hidroalcohólico, limitación de movimientos y la necesidad de abstenerse de tocar superficies.
Además de todo lo mencionado, permite "la posibilidad de proporcionar un dispositivo Smart (tablet o móvil) para que la persona acompañante o paciente, si lo considera oportuno, pueda poner en contacto al resto de la familia con la persona ingresada".
Por último, se establecerá un ‘circuito seguro’ tanto para la entrada como para la salida del hospital.
La ley porteña prevé, además, el apoyo psicológico para la persona acompañante y para el paciente, a través del programa de acompañamiento telefónico establecido a efecto, conforme lo defina la autoridad de aplicación.