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Impuesto a las ganancias: como deducir utilizando los gastos en salud

Tanto en salud como en otros rubros, hay gastos que se pueden descontar del importe total que los contribuyentes pagan de este impuesto
02/06/2019 - 07:33hs
Impuesto a las ganancias: como deducir utilizando los gastos en salud

En Argentina, todas las personas que pagan Impuesto a las Ganancias pueden deducir algunos gastos del importe que abonan al Estado. ¿Qué significa esto? Esencialmente, implica que cuando se realizan ciertos gastos o compras la persona puede descontar esos montos del total que paga a la AFIP por sus ganancias anuales.

Conocer esta información puede ser útil para cualquier persona que tribute de este modo. Así, para poder pagar lo menos posible de este impuesto es necesario incorporar todas las deducciones permitidas, en cualquiera de los rubros.

Es importante aclarar que en el campo de la salud hay una serie de ítems que entran dentro del grupo que se puede descontar del monto que el contribuyente abona de Ganancias.

Los gastos y honorarios médicos son uno de los elementos que puede ayudar a reducir el pago de este impuesto. En este sentido, cabe aclarar que está permitido computar hasta el 40% de lo facturado por gastos médicos -que no sean medicamentos- y honorarios profesionales, propios o de familiares a cargo.Sin embargo, hay un aspecto a tener en cuenta al momento de descargar este tipo de gasto: tiene un tope. El monto a descontar n puede superar el 5% de la ganancia neta del año. Si bien es necesario saberlo para tener una idea de cuánto se podrá descontar, lo cierto es que la persona puede informar todo y luego la AFIP pone el límite.

La medicina prepaga es otro de los ítems dentro del rubro de la salud que se pueden incluir en la declaración de ganancias y se pueden descontar de este pago. ¿Qué entra dentro de esta categoría? Se pueden incorporar las cuotas de salud pagadas a obras sociales privadas, entidades profesionales de salud o prepagas, del titular y sus familiares a cargo -declarados como carga de familia-.

Los aportes obligatorios que los trabajadores aportan de su sueldo no se pueden descontar de ganancias. Este punto hace referencia a la diferencia que cualquier empleado abona entre la obra social de su trabajo y la prepaga elegida, a la que deriva sus aportes. Este aspecto también tiene un límite de 5% de la ganancia neta de cada año, pero la AFIP también se encarga de limitar el descuento en caso de que el contribuyente lo supere.

En ambos casos mencionados es necesario tener los datos de los comprobantes de pago. En caso de que se informe un gasto sin comprobante, el mismo será tomado como inválido.

En el caso de los empleados en relación de dependencia y jubilados, las deducciones se informan al empleador o agente de retención (Anses o Caja de Jubilaciones) a través del formulario 572 web, con la herramienta Siradig.

Por otro lado, en el caso de los autónomos, las deducciones se incorporan en la declaración jurada anual.