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Una vez más: ANMAT prohibió la venta de una sal y dos quesos, entre otros productos

La institución comunicó la decisión este miércoles, a través de una disposición que se publicó, al igual que siempre, en el Boletín Oficial
SALUD - 20 de Marzo, 2019

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) publicó este miércoles una decisión que afecta a diversos productos alimenticios. A través de una disposición oficial, prohibió la comercialización de una sal, dos quesos y dos productos médicos a raíz de distintas irregularidades detectadas.En primer lugar, es importante aclarar que mediante la Disposición 2447/2019 el organismo prohíbe la "sal fina, sal gruesa, sal industrial y sal entrefina" de la marca Sal-Teñito.

De acuerdo a lo establecido en el documento que lleva la firma del Director de ANMAT, "el producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13 y 155 del CAA, por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto, estar falsamente rotulado y ser en consecuencia ilegal".

Por otra parte, la Disposición identificada bajo el número 2127/2019 se refiere a otros dos artículos. Por un lado, un queso "brie" y uno "artesanal camembert", ambos de la marca "Bertone".

En este sentido, el organismo destaca que, a pesar de que los alimentos llevan un rótulo que asegura que son libres de gluten, esto no es así en realidad, lo cual podría ser riesgoso para la salud de los consumidores.

Además, el documento "indica que el producto 'Queso artesanal camembert' se encuentra rotulado con una denominación diferente a la aprobada, y que el producto 'Queso brie' no declara identificación de lote ni fecha de duración".

Por último, ANMAT publicó otra disposición en referencia a otros dos artículos, aunque los motivos de su prohibición son diferentes a los anteriores. El primer paso fue una denuncia de robo por parte de la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud (DVS), que derivó en la prohibición de venta de los dos productos en cuestión.

El primero es un ecógrafo doppler junto con sus accesorios: "Ecógrafo doppler portátil Sonosite Turbo, marca Sonosite, Nº serie WK34811;- Transductor P21X, marca Sonosite, Nº de serie 043456; – Mini-dock marca Sonosite, Nº de serie WK3LJW", describe el organismo.

El segundo son tres unidades del "producto medico Sistema de Diálisis Peritoneal Automatizada HomeChoice, marca Baxter, números de de serie 84814, 82076 y 81034″. " Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional", dispone el organismo.

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