Atención: tomar mate cuando se maneja estaría prohibido y la multa llega a $12.000
Día a día se cometen infracciones a la Ley de Seguridad Vial que pueden traer sólo una advertencia o una abultada multa. Tal es el caso de tomar mate mientras se maneja. Algo que se suele hacer con frecuencia y que no está permitido. La sanción económica por cometer esta falta llega hasta $12.000.
Hace unos días, la infracción de $1.200 recibida por un hombre al manejar en ojotas sorprendió a muchos, pero esta prohibición está expresamente contemplada en la legislación: "Es obligación de los conductores el uso de calzado apropiado para el manejo y control total de los pedales de embrague, freno y acelerador del vehículo a su mando".
Lo cierto es que cuando uno se dispone a salir de paseo en auto, suele ser el acompañante el encargado de proveerle de mates, refrescos o comida al conductor del vehículo. Sin embargo, la legislación también sanciona este tipo de situaciones. Lo mismo corre para los choferes de micros de larga distancia.
Por ejemplo, en Mendoza como en todo el país, el decreto Nº 326 es el que reglamenta la ley N° 9.024, allí se contempla que el dominio efectivo de un vehículo incluye "la conducción con ambas manos sobre el volante, salvo al momento de cambio de velocidad o circunstancias de fuerza mayor justificada".
Este tipo de infracciones se consideran "gravísimas", según explicó el jefe de la Policía Vial, Ernesto Gómez, de la localidad de Mendoza. "Sería como estar hablando por celular", comentó. Por lo tanto, una multa por este motivo puede ir de $9.000 a $12.000.
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La ley también establece que esta obligación "se extiende en la conducción de motocicletas, cuatriciclos, catriciclos cabinados, triciclos, ciclomotores, motos eléctricas, bicicletas con o sin motor, o similar, donde deberán conservarse ambas manos sobre el manubrio".
"Hay infracciones que la gente comete porque estaba habituada a costumbres que, hoy en día, la densidad demográfica no las permite",
indicó el jefe de la Policía Vial.
No está prohibido pero…
Haciendo un análisis de la Ley Provincial de Tránsito de Córdoba, la Ley 8560, se puede observar que no hay artículo ni párrafo que mencione sobre la conducción en la ruta con mate. Tampoco lo hace el Codificador de Infracciones de Tránsito de Córdoba, que es la norma que establece qué acciones son faltas a la Ley.
Y en el derecho, así como en el conocimiento popular, lo que no está prohibido está permitido. Pero, vale hacer una salvación en este aspecto, porque en la Ley se indica que el conductor debe tomar el volante con ambas manos, y que se debe procurar una conducción segura.
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Además, en otro aspecto prohíbe el fumar o el usar el celular, lo que se podría extender al tomar mate, ya que en los dos casos (el celular y el cigarillo) se hace el uso de las manos y se puede perder concentración.
Entonces, ¿se puede o no se puede? A fines prácticos, la ley de tránsito no lo prohíbe. Pero, se recomienda no hacerlo, o en el caso de hacerlo que sea con sus correspondientes precauciones y responsabilidades.
No se puede hacer una multa por tomar mate, pero si por no manejar con ambas manos sobre el volante. Esto sí está reglamentado y es por el Codificador de Infracciones de Tránsito.
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