• 6/1/2025

Repensar las tasas municipales: una deuda pendiente del federalismo fiscal

La recaudación de impuestos municipales evidencia el rol de los gobiernos locales en proveer bienes públicos y la necesidad de repensar su financiamiento
06/01/2025 - 20:03hs
Tasas municipales: la deuda pendiente del federalismo fiscal

Mucho se ha escrito sobre las tasas municipales, en general, a partir de pronunciamientos judiciales que señalan sus límites como especie tributaria. A ese diagnóstico habitual es esencial agregar que ello no sólo afecta a los contribuyentes, sino también a los propios municipios, dado que involucra cuestiones de federalismo fiscal no resueltas en nuestro país.

Las provincias y municipios cumplen un papel central en la prestación de los servicios públicos, dado que representan el 97% de la inversión en educación básica, de casi el 100% en servicios urbanos, del 89% en vivienda y urbanismo, del 60% en seguridad y justicia, del 59% en agua, del 50% en salud, entre otros, según datos elaborados por los académicos Alberto Porto y Luciano Di Gresia (2022). 

En el caso de los municipios, aun aquellos que solo proveen servicios básicos, su recaudación no cubre el costo de los mismos. La tasa de ABL solo financia, en promedio, el 75% de los servicios asociados, según difundió el Ministerio de Economía durante la 47° edición de las Jornadas Internacionales de Finanzas Públicas llevada a cabo en la Universidad Nacional de Córdoba en 2014. 

Estos datos ponen en evidencia tanto el rol de los gobiernos locales en proveer bienes públicos como la necesidad de repensar su financiamiento.

Más responsabilidad a gobiernos locales

En Argentina hay 23 provincias, la CABA y unos 2.311 municipios, o entes similares, con características muy diversas. Si bien la forma en que se financian los gobiernos locales puede parecer un asunto menor, pocos aspectos del sector público tienen un efecto más directo y tangible en la vida diaria de los ciudadanos, dado que el nivel y la calidad de los servicios públicos locales dependen en gran medida de cómo los mismos se financian.

La Constitución Nacional establece que la distribución de recursos debe estar en relación directa con las competencias, servicios y funciones de cada nivel de gobierno (Inc. 2° del art. 75 CN). A partir de ello, entendemos que, así como el principio de capacidad contributiva es uno de los principios rectores del derecho tributario, el principio de correspondencia fiscal, entendido como el grado en que una jurisdicción financia determinado nivel de gasto público con recursos tributarios provenientes directamente de los habitantes beneficiarios de ese gasto, debe ser el criterio ordenador para repensar, no solo el sistema de coparticipación, sino el federalismo fiscal en su conjunto.

Debemos dotar de mayor responsabilidad fiscal a los gobiernos locales y vincular la financiación de los servicios públicos con los beneficios que reciben los ciudadanos.

Las competencias tributarias respectivas deberían corresponder al nivel de gobierno responsable de su prestación. Un federalismo fiscal eficiente y equitativo es clave para garantizar el bienestar de la población y el desarrollo.

Un primer paso en esta dirección sería impulsar una mayor coordinación y armonización de las tasas municipales, entre las provincias y sus municipios.

Inicialmente, se deberían abordar los aspectos de administración tributaria, como sistemas integrados de inscripción y recaudación, para avanzar posteriormente en la armonización de las principales tasas municipales, lo que permitiría generar los consensos necesarios para consolidar una reforma tributaria sostenible.

Esto beneficiaría tanto a las diversas jurisdicciones como a los contribuyentes, generando una mayor certeza y seguridad jurídica respecto del cumplimiento de las obligaciones y simplificando e integrando los sistemas y procedimientos aplicables.

(*) Juan Guillermo Sauro es profesor de la Maestría en Derecho Tributario de la Universidad Austral.