De cuánto será la jubilación mínima en enero de 2025
Este lunes, el Gobierno oficializó la entrega de un bono para jubilados en el mes de enero. Además, viene de confirmar que los haberes jubilatorios aumentarán un 2,43%, en línea con la inflación anunciada por el Indec.
En este marco, analizaremos cuánto cobrará en total un jubilado en enero de 2025.
ANSES: ¿cuánto cobrarán jubilados en enero de 2025?
Lo primero que hay que considerar es que, según indicó el Gobierno nacional, los jubilados recibirán un incremento en sus haberes del 2,43%. Se trata del mismo porcentaje registrado por el Indec en el mes de noviembre.
El artículo 1° de la Resolución 1247/2024 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) establece que el haber mínimo para los jubilados será de $265.907,01. Por su parte, el artículo 2° de la misma resolución indica que el haber máximo llegará a $1.789.302,46.
Las bases imponibles mínima y máxima se fijaron en $89.557,43 y $2.910.574,49, respectivamente, a partir del período devengado en enero de 2025.
Teniendo en cuenta que se mantendrá el plus de 70.000 pesos para el primer mes del próximo año, un jubilado con la mínima embolsará $335.907.
Asimismo, el documento estableció que el monto de la Prestación Básica Universal (PBU), conforme al artículo 19 de la Ley N.º 24.241, será de $121.640,32 desde ese mismo mes, mientras que la Pensión Universal al Adulto Mayor (PUAM) ascenderá a $212.725,61.
La PBU se entrega con el fin de garantizar el acceso a los servicios de Internet, telefonía y televisión por cable, mientras que la PUAM podrán tramitarla aquellos mayores de 65 años, sin jubilación o pensión y representa un 80% de la mínima.
Por otra parte, vale recordar que en 2025, cada jubilado deberá tramitar la Certificación Negativa, un documento oficial emitido por ANSES que acredita que la persona no se encuentra percibiendo ciertas prestaciones ni desarrollando actividades laborales incompatibles con el acceso a otros beneficios previsionales.
Este certificado permite constatar que el solicitante cumple con las condiciones necesarias para acceder a jubilaciones o pensiones que hayan sido suspendidas de manera incorrecta. Su emisión y uso se enmarcan dentro de las políticas de la entidad para optimizar la gestión de los programas sociales y previsionales.
La Certificación Negativa permite validar que el beneficiario no está registrado en las siguientes condiciones:
- Relación de dependencia: No posee declaraciones juradas activas como trabajador en relación de dependencia.
- Actividades económicas: No figura como autónomo, monotributista ni trabajador de casas particulares.
- Asignaciones sociales: No recibe beneficios como la Asignación Universal por Hijo, Asignación por Embarazo ni Asignaciones Familiares.
- Programas sociales y previsionales: No percibe ingresos provenientes de programas como Progresar, la Prestación por Desempleo ni otras prestaciones vigentes.
- Monotributo social: No se encuentra registrado en esta categoría fiscal.
- Obra social: No tiene afiliación a una obra social vinculada a una actividad laboral.