La Corte resolvió que el Tribunal Superior porteño debe revisar los fallos de la justicia nacional
En el último acuerdo firmado por Juan Carlos Maqueda, el juez que deja su cargo al alcanzar los 75 años, la Corte Suprema determinó el destino de numerosas causas tramitadas en la justicia nacional ordinaria.
Por una mayoría de tres votos contra uno, se estableció que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires será el encargado de revisar los expedientes en apelación antes de que lleguen al máximo tribunal.
La decisión, tomada en el marco del caso "Levinas", también afecta procesos de alto impacto como el del Correo Argentino, que involucra a la familia Macri, y la sentencia del policía Luis Chocobar, cuyas apelaciones deberán ser tratadas por el tribunal porteño.
La decisión de la Corte Suprema y los antecedentes
Fuentes judiciales señalaron que la resolución fue suscrita en la tarde del viernes por los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, mientras que Carlos Rosenkrantz votó en disidencia. Este tema resulta particularmente controvertido para la justicia nacional, que rechaza su subordinación a la órbita porteña.
No es la primera vez que el máximo tribunal aborda el papel de los tribunales nacionales en la Ciudad de Buenos Aires. Precedentes como "Corrales" (2015), "Nisman" (2016), "José Mármol" (2018) y "Bazán" (2019) ya habían apuntado en la misma dirección. Sin embargo, esta vez el fallo es categórico: los tribunales nacionales están bajo la jurisdicción de la justicia porteña, siguiendo el modelo que aplica en otras provincias, donde las decisiones judiciales se apelan ante cortes locales. Aunque el fallo aclara que no puede ordenar el traspaso completo de la justicia nacional a la Ciudad, abre la puerta para que esto ocurra.
El caso que motivó la resolución fue una demanda de rendición de cuentas presentada por los herederos del artista León Ferrari contra Gustavo Gabriel Levinas, relacionada con la gestión y comercialización de obras de arte.
Levinas fue condenado a pagar 88.000 dólares más intereses. Ante un conflicto de competencia entre el Tribunal Superior de Justicia de CABA y la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, que se negó a aceptar la revisión de sus decisiones por parte del tribunal porteño, el asunto fue elevado a la Corte Suprema para su resolución.
La Corte Suprema destacó que en la Ciudad de Buenos Aires persiste una situación irregular debido a la coexistencia de la justicia local y la nacional con competencias ordinarias (civil, comercial, laboral y penal), lo que contradice el artículo 129 de la Constitución Nacional, la Constitución de la Ciudad y los compromisos legislativos asumidos para transferir dichas competencias.
"A pesar de los 30 años transcurridos desde la reforma de la Constitución Nacional, 28 años desde la sanción de la constitución porteña, y los numerosos fallos y convenios posteriores, el proceso sigue estancado", señaló el fallo. Por ello, el tribunal consideró imprescindible avanzar en la adecuación de su actuación al marco constitucional, independientemente de la falta de acción tanto del Estado Nacional como del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Al respecto, el ministro de Justicia porteño, Gabino Tapia, celebró la decisión: "Es un paso importante hacia la consolidación de nuestra autonomía. La Corte Suprema determinó que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad es el órgano que debe intervenir en los recursos extraordinarios de la justicia nacional ordinaria".
Además, añadió: "A 30 años de la reforma constitucional que garantizó nuestra autonomía, este fallo nos equipara con las 23 provincias restantes y refuerza la confianza en la Justicia de nuestra Ciudad".