• 26/12/2024

Casación confirmó condena contra Cristina Kirchner y la inhabilitó para ejercer cargos públicos

La decisión de la sala IV del máximo tribunal penal federal se plasmó en una sentencia de más de 1.500 fojas de la cual se leyó la parte resolutiva
13/11/2024 - 11:00hs
Cristina Kirchner

La Cámara Federal de Casación confirmó la condena a seis años de prisión impuesta a la ex vicepresidenta Cristina Kirchner en la causa "Vialidad" que juzgó el desvío del 80 por ciento de la obra pública nacional en Santa Cruz a favor de empresas de Lázaro Báez entre los años 2003 y 2015. Además, la inhabilitó para ejercer cargos públicos de manera perpetua.  

La decisión de la sala IV del máximo tribunal penal federal del país se plasmó en una sentencia de más de 1.500 fojas de la cual se leyó la parte resolutiva y desde ese momento correrá el plazo de diez días hábiles para apelar ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de manera que no quedará firme aún.

La audiencia comenzó a las 11, en la sala B de la planta baja de Comodoro Py  y fue trasmitida en el canal del Poder Judicial en YouTube. El presidente de la sala IV Gustavo Hornos leyó el veredicto ante los abogados defensores y el fiscal ante esa instancia Mario Villar.

Lo habitual es que Casación dé a conocer estas decisiones mediante notificación judicial por sistema informático, pero, en casos de gran trascendencia pública, puede optar por fijar una audiencia, como ocurrió ahora.

En el edificio de Comodoro Py se montó un operativo especial de seguridad porque se hará una "clase abierta" en apoyo a la ex vicepresidenta y en denuncia del "lawfare" del cual su defensa postula que es víctima y no se descartan otras movilizaciones.

En la avenida se instalaron hileras de sillas blancas para escuchar la clase abierta anunciada por organizaciones que apoyan a la ex vicepresidenta y de la que participaron el ministro de Justicia bonaerense, Juan Martín Mena, y el dirigente social Juan Grabois.

Causa Vialidad: puntos principales de la condena contra Cristina Kirchner

Los siguientes son los puntos principales de la sentencia:

  • "Todas las pruebas permiten acreditar (con el grado de certeza que requiere una condena) la responsabilidad penal de Cristina Fernández de Kirchner en el delito".
  • "Se demostró un conjunto de actos de gobierno del Poder Ejecutivo Nacional con la finalidad de concretar la ejecución de la maniobra, reafirmando el funcionamiento del circuito de irregularidades".
  • "De esa forma, se comprobó la concreta intervención de Cristina Fernández de Kirchner en una maniobra defraudatoria a la Administración Pública".
  • "Ello por haber firmado el Decreto PEN 54/2009 con las modificaciones en las cuales se otorgó plenos poderes a la Dirección Nacional de Vialidad para hacer uso discrecional de los fondos para obra pública vial (bajo la órbita del Secretario José López), sumado a sus comprobados vínculos con Lázaro Báez, a las alertas de denuncia de corrupción que decidió ignorar y a su intervención en el tramo final de la maniobra investigada en el cual, en connivencia con Lázaro Báez, José López y otros se ocupó personalmente de intentar generar impunidad".
  • "Esas pruebas demostradas en el caso permitieron desvirtuar los planteos de las defensas por los cuales intentaron echar culpas en los jefes de Gabinete, a pesar de ser el Presidente de la Nación la máxima autoridad del país, quien intervino directamente en la maniobra defraudatoria enjuiciada, condenada y confirmada".
  • "La empresa Austral Construcciones SA (del condenado Lázaro Báez) principal beneficiaria de obra pública de Santa Cruz dio inicio a sus actividades días antes de que fuera irregularmente adjudicataria de un gran caudal de contratos en el marco de licitaciones públicas en las cuales no hubo competencia alguna".
  • "La entonces presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner firmó el Decreto PEN 54/09 -con la previa intervención de José Francisco López, quien desde la Secretaría de Obras Públicas sugirió la medida-, decreto que permitió a la Dirección Nacional de Vialidad a cargo de Nelson Periotti financiar directamente las obras viales que se le adjudicaban irregularmente a Lázaro Báez".
  • "Los indicios de tenor subjetivo demostraron el conocimiento y la voluntad de realizar la maniobra por la cual fue condenada Cristina Fernández de Kirchner en el hecho juzgado".

Causa vialidad: cómo fue el camino judicial

A inicios de este año, estos integrantes de la sala IV de Casación escucharon en sucesivas audiencias los argumentos de apelación al veredicto que el 6 de diciembre de 2022 emitió el Tribunal Oral Federal 2 al término de un juicio oral a la ex vicepresidenta, ex funcionarios de su gobierno y al empresario Lázaro Báez iniciado en 2019.

En esa instancia de apelación, el fiscal ante Casación Mario Villar insistió en condenar a la ex presidenta a 12 años de prisión, al respaldar a los fiscales de juicio Diego Luciani y Sergio Mola, quienes habían reclamado esa pena el debate oral por entender que hubo dos delitos, administración fraudulenta y asociación ilícita.

Pero, por mayoría de dos votos a uno, los jueces del TOF2 Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu con disidencia de Andrés Basso resolvieron condenar a la ex presidenta, a Báez, al ex titular de Vialidad Nacional Nelson Periotti y al ex secretario de Obra Pública José López a seis años de prisión por "administración fraudulenta agravada".

Las situaciones de estos tres últimos y de otros ex funcionarios de Vialidad Nacional y de Santa Cruz que recibieron penas en ese debate oral también se definirá en esta sentencia de Casación.

En los fundamentos del veredicto, el TOF 2 remarcó que hubo un "hecho inédito en la historia del país, pues se ha acreditado que ciertas decisiones trascendentales respecto de la marcha empresarial del grupo (de Lázaro Báez) fueron adoptadas siguiéndose órdenes expresas de los más altos integrantes del Poder Ejecutivo Nacional".

A lo largo de tres años y medio de juicio oral se comprobó "un interés manifiesto sobre el plan criminal de la por entonces Presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, evidenciado a través de su participación en los beneficios económicos producto del delito obtenidos por intermedio de múltiples vínculos contractuales y comerciales con Lázaro Antonio Báez en forma concomitante a la ejecución de esta maniobra", agregó el Tribunal.

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