• 18/9/2024

Pelea por impuesto a las Ganancias: fiscal pide rechazar amparo del gremio de Camioneros

Se trata de un dictamen por el cual el juez define si hace lugar o no. El primer antecedente es el de la Justicia porteña, que aceptó un amparo de CTERA
20/08/2024 - 17:30hs
Pelea por impuesto a las Ganancias: fiscal pide rechazar amparo del gremio de Camioneros

Un fiscal pidió desestimar el pedido del gremio de Camioneros contra la modificación del impuesto a las Ganancias del Gobierno de Javier Milei, al considerar que excede las facultades de la Justicia y que es una decisión que incide "en la normal administración del país".

Es un dictamen firmado por Javier Fernández Madrid ante una presentación de la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor de Carga y Logística. Ahora la definición quedará en manos del juez de primera instancia 51 del trabajo, sobre si suspende o no las modificaciones.

Impuesto a las Ganancias: piden rechazar amparo del gremio de Camioneros

La presentación de Camioneros fue ante uno de los fueros más permeables a sus intereses, el de la Justicia laboral, y donde solicita una medida cautelar para "obtener la protección del Convenio Colectivo de Trabajo 40/89 y de las remuneraciones de los trabajadores incluidos en su ámbito personal de aplicación".

Para el sindicato que conduce la familia Moyano, con la sanción de la ley 27.743, el Gobierno Nacional "ha cercenado legítimos derechos constitucionales, entre ellos los laborales, y el de los trabajadores camioneros".

Incluso para el gremio es una actitud "agresiva" la del Gobierno, porque es contra "la libre negociación colectiva y limitada al imponer el Estado un tributo ante incrementos salariales que pudieran obtenerse en una negociación autónoma", por lo que "el resultado final de una negociación entre partes se desvirtuaría por la intervención fiscal del Estado".

A modo de ejemplo, Camioneros hizo saber que teniéndose en cuenta que la canasta de consumos del mes de junio es de 1.302.218,46 de pesos -según un cálculo del Gobierno porteño- y de ser un sueldo inicial de 1,8 millones, de aplicarse "el impuesto a las ganancias, el salario neto no alcanzaría a cubrir el mínimo de consumo previsto".

Para el fiscal, es la Justicia laboral la que debe intervenir para definir los planteos hechos a raíz de las modificaciones del impuesto a las ganancias. Ello más allá que sí hay otros planteos que están a la espera de ser resueltos en la Justicia en lo Contencioso Administrativo y Federal ante reclamos de otras entidades gremiales.

Sueldo y Ganancias: el rechazo del fiscal

Para el fiscal no está confirmada la "arbitrariedad o ilegalidad" justificada por el gremio, ya que no está verificado que la sanción de la ley 27.743 "produzca una concreta afectación y eliminación de derechos laborales y sindicales de los trabajadores que representan, que justifique una decisión como la pretendida".

"Si bien no soslayo que la parte actora aduce que el pago del impuesto a las Ganancias sobre los salarios de los trabajadores representados a partir de mínimos no imponibles, a su criterio, irrazonables y carentes de toda base de legalidad, y que dicha circunstancia, configura un daño inminente, lo cierto es que la igualdad o desigualdad entre contribuyentes puede concretarse sobre la base de distintos aspectos, tales como los conceptos salariales y convencionales que integran la remuneración, descuentos, contribuciones que en atención a los términos genéricos en que fue invocada la cuestión, obsta siquiera sospechar una discrecionalidad legislativa o la intención de gravar a una categoría de contribuyentes para beneficiar a otra", expuso el fiscal en su dictamen.

"También, merece recordarse que el Poder Legislativo tiene un amplio margen discrecional para elegir el tipo de impuestos, los objetos y actividades imponibles, y aún las alícuotas respectivas, y que como consecuencia de dicha facultad privativa, la Corte Suprema ha sostenido que los jueces no deben pronunciarse sobre la conveniencia o equidad de los impuestos o contribuciones", agregó.

Además, negó que con la sanción de la ley, se haya "obstaculizado el procedimiento de negociación colectiva ni por ende, afectada la libertad sindical".

"Cabe destacar que lo que se peticiona, excedería la capacidad de atribuciones de Vuestra Señoría ya que implicaría reedición de la totalidad de todos los pagos efectuados en concepto de salario, con las consecuencias que pueden preverse en la normal administración del país, lo cual, obviamente, resulta ajena a la función judicial", advirtió.

Por eso, concluyó que si bien es la justicia laboral que debe resolver para él debe ser desestimada la presentación de camioneros.

El antecedente

La semana pasada, la justicia laboral sí hizo lugar a un planteo de la Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA) y dictó una cautelar contra la aprobación del paquete fiscal.

El fallo de la Justicia del Trabajo de la Ciudad de Buenos Aires dio lugar a la medida cautelar y ordenó suspender la Ley 27.743 en sus artículos 74,81 y 94, referidos justamente a este tributo.