El PRO insiste con penalizar los bloqueos que paralicen a empresas, tras haber sido excluido de la Ley Bases
Los bloqueos a empresas es una práctica que se repite hace años, sobre todo impulsado por el rubro de camioneros, y que el Gobierno quería atacar de plano. Sin embargo, en medio de las negociaciones con los bloques dialoguistas y a pedido puntualmente de Miguel Angel Pichetto, el tema quedó afuera de la nueva ley que tiene sanción de Diputados y que se discute en el Senado.
La iniciativa, presentada a pocos días del paro general del 1 de mayo pasado, contaría con el respaldo del gobierno de Javier Milei es acompañada por un puñado de diputados del PRO y se suma a otro proyecto de similares alcances presentado por diputados radicales, que solo propone sancionar a los responsables de los bloqueos.
Se trata de una cuestión que generó ruidos dentro del bloque que conduce Pichetto, como los diputados de la Coalición Cívica, que advirtieron directamente que se trataba de una concesión a la CGT y que la UCR, en un proyecto de ley propio, proponía directamente su prohibición.
Esta situación afecta principalmente a las Pymes y que se vuelve cada vez más como un elemento de extorsión para conseguir determinadas cuestiones impulsadas por grandes sindicatos pero en perjuicio tanto de los trabajadores como de los empresarios, que no pueden acceder a sus lugares de trabajo, aunque principalmente desincentivan la inversión y el empleo en la Argentina.
Es que la reforma laboral que impulsa el Gobierno, en acuerdo con un sector de la oposición, sufrió en el marco del debate la eliminación de ese artículo, en sintonía con los reclamos de la CGT. Se trata de del artículo 98 del borrador del Poder Ejecutivo que establecía penas de 6 meses a 3 años de prisión a quiénes bloqueen empresas.
¿Qué proponía el proyecto original?
El primer borrador de la Ley Bases que establecía la modernización laboral consideraba a los bloqueos sindicales como "grave injuria laboral como objetiva causal de extinción del contrato de trabajo", aunque en otro artículo aliviaba las penas contra quienes bloquearan una empresa.
En la misma sintonía, el polémico decreto 70 del gobierno de Milei establecía que esa acción sería reprimida con 3 a 6 años de prisión, pero, sin embargo, el borrador del texto que se envió al Congreso en enero pasado, proponía de 6 meses a 3 años de prisión.
En el marco del debate en comisión de Diputados, el Gobierno ya había aceptado eliminar del capítulo laboral de la Ley Bases los artículos más cuestionados por el sindicalismo, pero todavía quedaba este tema vinculado a los bloqueos que finalmente se quitó del texto, a pedido del bloque Hacemos de Pichetto.
Precisamente, ese artículo establecía penas de 6 meses a 3 años de prisión "a quien impidiere, estorbare o entorpeciere el acceso a un comercio, industria o establecimiento de cualquier tipo con el fin de obtener un beneficio o causar un perjuicio. Si la acción se desarrollara simultáneamente sobre diversos locales o sucursales del mismo comercio, industria o establecimiento, la pena será de 1 año a 4 años de prisión".
Como este artículo finalmente se eliminó una diputada del PRO, Verónica Razzinni, insiste en retomar esta cuestión y propone que ante un bloqueo directo, se establecerán penas de 6 meses a 3 años y 6 meses de prisión, siempre que no constituya un delito más severamente penado "para quien impidiere, estorbare o entorpeciere el acceso a un comercio, industria o establecimiento de cualquier tipo con el fin de obtener un beneficio para sí o para terceros o causar un perjuicio".
Para la diputada, "la falta de cualquier tipo de sanciones legales refuerza la convicción de quienes cometen estas prácticas ilegítimas tienen impunidad para lesionar a terceros, de que pueden imponer su voluntad por la fuerza. Es la violencia el inaceptable título por el cual estas organizaciones obtienen beneficios ante la inerte mirada de las autoridades constitucionales".
¿Qué establece el proyecto?
De acuerdo a la diputada, "la seguridad jurídica es un elemento esencial del Estado de Derecho. Ante la realización de estos actos delictivos en el marco de protestas, los funcionarios policiales, jueces y fiscales deben actuar rápidamente para evitar que los efectos perniciosos de dichas prácticas delictivas se agraven con la impunidad y el paso del tiempo. Frente al delito, debe primar la justicia, imponiendo la pena pertinente cuando se cometan delitos comunes en el marco de conflictos sindicales".
El proyecto establece:
- Si la acción se desarrollare sobre diversos locales o sucursales del mismo comercio, industria o establecimiento, con independencia del lapso de tiempo en el que se lleven a cabo, la pena será de ocho meses a cuatro años de prisión. La pena será de uno a cuatro años para quienes organizaren o dirigieren tales actos, se encuentren o no en el lugar del hecho.
- Será reprimido con seis meses a tres años de prisión, siempre que no constituya un delito más severamente penado, el que hiciere uso de amenazas o exigencias por fuera de los requisitos legales para operar a proveedores, prestadores de Servicios, clientes o cualquier tercero vinculado con el comercio, industria o establecimiento bloqueado con el propósito de impedir, estorbar o entorpecer de manera indirecta el normal desarrollo comercial y/o productivo del mismo.
- La asociación sindical, empresa u organización que promoviere o facilitare las acciones previstas en los artículos precedentes serán pasibles de las penas establecidas en el art. 304 de este Código.
- Luego que se manifieste el bloqueo, la autoridad provincial o nacional más próxima deberá hacerse presente en el lugar, identificar a los participantes e intimarlos hasta dos veces a que inmediatamente se disuelvan o retiren, dejando pasar entre una y otra intimación el tiempo necesario para ello. Si los participantes no se retiraren inmediatamente después de la segunda intimación, la autoridad hará uso de la fuerza para disolverlos. La victima podrá además solicitar como medida cautelar un perímetro de exclusión contra los participantes si se sospecha que se podrían repetir la acción".
¿Qué otros artículos se eliminaron?
Además del tema de penalizar con penas de prisión los bloqueos, el oficialismo debió aceptar borrar de la ley de Bases también los artículos sobre modernización laboral y de la limitación a las cuotas solidarias, clave del financiamiento de los gremios con los aportes de todos los trabajadores, no sólo de los afiliados.
Entre otras cuestiones, se dejaron de lado además la limitación de la huelga en servicios esenciales como la educación, la modificación de la ultraactividad de los convenios colectivos y la penalización de las asambleas que se convierten en paros encubiertos, entre otros puntos.
De todos modos, en el Senado tanto UXP como otros bloques opositores pedirán que se quite la mayoría de los artículos de la reforma laboral que sancionó el Senado aunque en las negociaciones habrá que ver qué peso pueden tener y si efectivamente pueden avanzar esas modificaciones que luego deberán ser aceptadas o rechazadas por Diputados.
Antecedentes cercanos
Santa Fe lidera la nómina de provincias donde hubo más bloqueos, con 5 de esas protestas, y luego se ubican la provincia de Buenos Aires y Chaco, con 4. Y el sector de logística fue el más afectado por las medidas sindicales, con 8 bloqueos, seguido por las distribuidoras, con 5, y el comercio, con 4.
En 2022, de los 53 bloqueos registrados, 19 fueron organizados por el Sindicato de Camioneros en todo el país.
Después, con 3 bloqueos están el Sindicato Unidos Portuarios Argentinos (SUPA) y el Sindicato de Obreros de Estaciones de Servicio, Garages, Playas y Lavaderos Automáticos (SOESGPyLA). En la lista hay sindicatos con 1 o 2 bloqueos, como la UOCRA, Carga y Descarga, ATILRA, Carne, Panaderos, Petroleros, Químicos y Plásticos, entre otros.
Pero el bloqueo más gráfico y que quedó en la historia de este tipo de medidas, fue el ocurrido en enero pasado frente a la empresa láctea SanCor, la gran cooperativa argentina con sede nacional en Sunchales, Santa Fe, que en octubre pasado tuvo que descartar 100 mil litros de leche que ya no estaban en buen estado, luego de asambleas obreras que paralizaron las actividades durante varios días.
Además, cerraron una de sus cinco plantas afectadas, la de San Guillermo. Los directivos aseguran que en los últimos 65 días perdieron $4.500 millones.
Ese tipo de situaciones sucedieron en distintas provincias y son encabezadas principalmente por la Asociación de Trabajadores de la Industria Lechera de la República Argentina (Atilra), liderado por Héctor Ponce, de estrecha relación con el kirchnerismo.
Lácteos Vidal fue otra de las empresas lácteas en problemas. En enero pasado decidió despedir a los 26 trabajadores involucrados en el pedido de encuadramiento sindical pero la Justicia ordenó la reincorporación. Finalmente, 18 llegaron a un acuerdo de retiro con la patronal y fueron reemplazados por nuevos empleados.