• 5/11/2024

DNU: la Justicia concede apelación del Gobierno a la Corte y la reforma laboral sigue suspendida

La Cámara de Apelaciones del Fuero Laboral aceptó el recurso extraordinario presentado por la Casa Rosada para elevar a la Corte la definición del caso
18/01/2024 - 14:01hs
DNU: la Justicia concede apelación del Gobierno a la Corte y la reforma laboral sigue suspendida

La Cámara Nacional del Trabajo concedió la apelación del Gobierno Nacional contra su propio fallo y lo hizo con efecto "devolutivo". Esto significa que mientras se está a la espera de lo que resuelva la Corte Suprema de Justicia, la reforma sigue suspendida.

Es un recurso extraordinario que había interpuesto la Procuración del Tesoro contra la cautelar que frenó la reforma laboral.

Los jueces Carlos Posse y Alejandro Sudera, este último fue quien encabezó el voto de la primera cautelar que frenó las reformas laborales, dicen que el tema es de "gravedad institucional" y amerita la intervención de la Corte Suprema de Justicia.

Las cautelares contra las reformas laborales fueron tres y dispusieron la suspensión del capítulo IV del DNU de Javier Milei. Ahora intervendrá la Corte Suprema a raíz de este recurso.

Los jueces podían haber concedido el recurso con efecto suspensivo entonces la cautelar se caía hasta tanto defina la Corte o bien con efecto devolutivo como finalmente hizo por lo que las reformas seguirán suspendidas hasta tanto resuelva el Alto Tribunal.

"Existen razones de gravedad institucional que legitiman la intervención del Superior por encontrarse afectado el funcionamiento de las instituciones jurídicas y la eficacia de un medio técnico que permite al Poder Ejecutivo emitir mandas de carácter legislativo que tienen eficacia inmediata salvo que sean dejadas sin efecto por el Congreso de la Nación", según la resolución de la Cámara.

En cuanto al efecto devolutivo que le dieron a la apelación, los jueces refieren a que la propia Corte ha calificado a los sujetos trabajadores como un sector "socialmente vulnerable y la entidad accionante", esto es la CGT, "representa a un vasto sector de la clase activa y acciona en defensa de sus intereses".

 mientras se está a la espera de lo que resuelva la Corte Suprema de Justicia, la reforma sigue suspendida.
Mientras se está a la espera de lo que resuelva la Corte Suprema de Justicia, la reforma sigue suspendida.

Preservar el principio de división de poderes

Además, hicieron hincapié en "preservar el principio de eficacia de la jurisdicción y permitir la solución de un conflicto que tiene gravedad institucional y que debe ser resuelto pretorianamente para salvaguardar el orden y la paz social".

También, porque "es necesario preservar el principio de división de poderes en que se apoya nuestra Carta Magna evitando todo eventual abuso de poder".

Ahora, intervendrá la Corte Suprema de Justicia aunque el Alto Tribunal ya se ha pronunciado en cuanto a que durante la feria de enero no analizarán el tema y sí recién cuando comience la actividad judicial en febrero. Eso lo dijo en la presentación del Gobierno de La Rioja con una presentación directa ante la Corte por el DNU.

Previo a la resolución de la Corte, es probable que en febrero ya el procurador interino, Eduardo Casal, dictamine sobre la constitucionalidad o no del DNU, aunque el mismo no es vinculante con la decisión de la Corte.

Lo más destacado del fallo que mantiene la suspensión de la reforma laboral

  • "El Estado Nacional interpone un recurso extraordinario contra la decisión adoptada por los integrantes de la Sala de Feria de este Tribunal que, por mayoría, resolvió suspender la aplicación del título IV del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/23 mientras tramita la acción amparista iniciada por la CGT destinada a cuestionar su legitimidad".
  • "Desde el punto de vista formal, el recurso debe ser concedido pues, ha sido interpuesto en tiempo y forma, y existe cuestión federal por cuanto la validez y legitimidad de un Decreto de Necesidad y Urgencia ha sido afectada, en su operatividad y eficacia, por una resolución judicial que suspende sus efectos".
  • "Aun cuando no se compartiese tal tesis, existen razones de gravedad institucional que legitiman la intervención del Superior por encontrarse afectado el funcionamiento de las instituciones jurídicas y la eficacia de un medio técnico que permite al Poder Ejecutivo emitir mandas de carácter legislativo que tienen eficacia inmediata salvo que sean dejadas sin efecto por el Congreso de la Nación".
  • "La Corte Suprema, en su momento, amplió la aplicación del recurso extraordinario a las cuestiones que tuvieran gravedad institucional en los procesos que tuvieran real o potencial importancia sobre los valores sociales que determinan el comportamiento y la convivencia social, lo que refuerza la necesidad de conceder el recurso presentado".

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