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El Gobierno publicará un nuevo DNU para aclarar desde cuándo rigen las desregulaciones

Tras presentar un Decreto de Necesidad y Urgencia de 83 páginas, se publicará otro documento para especificar cuándo las medidas serán efectivas
21/12/2023 - 14:00hs
El Gobierno publicará un nuevo  DNU para aclarar desde cuándo rigen las desregulaciones

El presidente Javier Milei presentará otro Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para confirmar cuándo regirán las desregulaciones presentadas junto con su Gabinete.

A las cero horas de este jueves se publicó el DNU de 83 páginas, pero no se aclara la entrada en vigencia de las medidas, por lo cual el Gobierno dará a conocer otro documento en las próximas horas para especificar que las medidas desregulatorias ya se encuentran efectivas.

Si bien el Código Civil establece en el artículo 5 un plazo de ocho días para la entrada en vigor de una normativa establecida por decreto, el propio DNU, o en este caso una segunda versión del mismo, puede acelerar su implementación.

El documento que dio a conocer Milei, además, debe ser aprobado por la Justicia y por el Congreso de la Nación, donde los diputados y senadores definirán si aprueban o rechazan las medidas del Ejecutivo.

El presidente Javier Milei dará a conocer otro DNU
El presidente Javier Milei dará a conocer otro DNU

Los próximos pasos del DNU de Javier Milei

Cada uno de los DNU promulgados por el poder Ejecutivo deben tener un paso previo por el Congreso. A lo largo del proceso, donde los legisladores analizarán si aprueban o no la medida, mantendrá fuerza de ley.

Una vez que el jefe de Gabinete presente el texto en el recinto legislativo, la Comisión Bicameral debe elevar un dictamen que cuente con la firma de la mayoría absoluta de sus miembros a ambas cámaras, también dentro de 10 días.

En este dictamen, la Bicameral deberá expedirse sobre la validez o invalidez del decreto y sobre la procedencia formal y la adecuación a las bases de la delegación y al plazo fijado para su ejercicio.

Cuando el documento ingrese a cada Cámara, los diputados y senadores únicamente tendrán la posibilidad de aprobar o rechazar el DNU, ya que, no hay instancias de suspensiones, agregados o cualquier tipo de modificación a la norma.

En tanto, la aceptación o el rechazo del decreto debe contar con el voto de la mayoría absoluta de los miembros presentes.

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