El Gobierno propone ley de "etiquetado energético" para electrodomésticos, vehículos y hasta viviendas
El oficialismo apunta en la Cámara de Diputados, durante el segundo semestre del año, avanzar con el debate de promoción del GNL y abrir también la discusión sobre hidrógeno verde, dos iniciativas que el Poder Ejecutivo envió a fines de mayo. Pero, en los últimos días, mientras arrancaba el habitual receso invernal parlamentario, el Gobierno giró un nuevo proyecto denominado "ley nacional de eficiencia energética".
El texto declara de "interés nacional el uso racional y eficiente de la energía, con el fin de contribuir a la seguridad energética, a la competitividad de la economía nacional, a la descarbonización y a la transición energética y de proteger el derecho de los y las habitantes establecido en el artículo 41 de la Constitución Nacional, en el marco del desarrollo sostenible".
A lo largo de los 38 artículos que contiene, se propone la creación de un Sistema Nacional de Etiquetado de Eficiencia Energética, un Sistema Nacional de Información de Eficiencia Energética, un Sistema Consultivo de Participación Multisectorial y un régimen especial de promoción para proyectos de inversión.
Asimismo, se destacan también "los sistemas de gestión de la energía para que cada industria o empresa pueda tomar las mejores decisiones en la materia, la implementación de medidas de ahorro costo-efectivas en los usuarios y las usuarias de las distribuidoras de energía, la clasificación energética de las viviendas para su comercialización, el desarrollo de contenidos educativos y comunicacionales para lograr mejoras en los hábitos de consumo de la energía y la existencia de estándares de eficiencia en el equipamiento consumidor de energía o con incidencia en su uso", detalló el Poder Ejecutivo.
Energía propone aplicar etiquetas a electrodomésticos y vehículos
El proyecto dispone la creación de un "Sistema Nacional de Etiquetado de Eficiencia Energética", que deberá promover la adopción de equipamientos, bienes de uso y viviendas eficientes en los consumidores energéticos; comunicar de manera clara y efectiva la eficiencia energética; e instar a los productores y comercializadores a mejorar la eficiencia energética de los productos ofrecidos.
Esto alcanzará a aparatos eléctricos y aparatos a gas natural de uso doméstico; automotores, camionetas, camiones, y otros medios de transporte terrestre por carretera; viviendas, aberturas, materiales constructivos y otros elementos de la construcción; y cualquier otro bien de uso o inmueble que la Secretaría de Energía -que será la autoridad de aplicación-considere oportuno incluir.
Beneficios fiscales para quienes presenten proyectos de inversión energética
De acuerdo a la iniciativa, las personas humanas o jurídicas que propongan proyectos de inversión en adquisiciones de bienes y/u obras en inmuebles, tendientes a optimizar el uso de la energía eléctrica, podrán acceder a un régimen que contará con un conjunto de beneficios fiscales.
Entre ellos, se plantea un certificado de crédito fiscal que "podrá ser aplicado al pago de impuestos nacionales, por un valor a establecer a través de la reglamentación (de la ley), el que no podrá superar el 30% del monto de la inversión total realizada, neta del Impuesto al Valor Agregado (IVA), gastos financieros y de descuentos y/o bonificaciones".
Este crédito será nominativo, podrá ser cedido a terceros una única vez y podrá ser utilizado por los sujetos beneficiarios o los cesionarios para el pago de la totalidad de los montos a abonar en concepto de impuesto a las Ganancias, IVA e impuestos internos.
También se prevé una devolución anticipada IVA por "la compra, fabricación, elaboración o importación definitiva de bienes muebles (incluyendo bienes de capital) y/o la realización de obras en inmuebles" que les hubiera sido facturado a los responsables del gravamen. Dicha devolución será efectuada luego de transcurridos como mínimo tres períodos fiscales contados a partir de aquel en que se hayan realizado las respectivas inversiones", aclara el texto.
Otro de los beneficios será la amortización acelerada en el impuesto a las Ganancias, que tendrá dos opciones: en el caso de inversiones en bienes muebles (incluyendo bienes de capital) adquiridos, elaborados, fabricados o importados, como mínimo en 2 cuotas anuales, iguales y consecutivas; o en el caso de inversiones en obras en inmuebles, como mínimo en la cantidad de cuotas anuales, iguales y consecutivas que surja de considerar su vida útil reducida al 50% de la estimada.
Los beneficios de amortización acelerada en el impuesto a las Ganancias y de devolución anticipada del IVA no serán excluyentes entre sí, permitiéndose a los beneficiarios acceder en forma simultánea a ambos tratamientos fiscales.
En los argumentos del proyecto, el Ejecutivo resaltó que "el esquema de fomento necesario permite cubrir fallas de mercado y traccionar inversiones que sistémicamente poseen un repago virtuoso". En ese sentido, explicó que "por cada dólar invertido en eficiencia por parte del Estado Nacional, retornan cuatro al circuito de la economía nacional".
"Las mejoras sistémicas generadas a partir de la eficiencia energética impactan directamente en la reducción de costos de la matriz energética, en los incrementos de productividad, en la seguridad energética y en la reducción de gases de efecto invernadero", señaló el Gobierno.
Y defendió que "la necesidad de contar con una ley nacional en dicha materia radica en la relevancia que ha tomado para el futuro del sistema energético y la transición energética. Se requiere un marco de políticas que abarque la temática de manera integral y potencie con mayor fortaleza sus objetivos e instrumentos para superar una serie de barreras culturales, económicas, técnicas, regulatorias y de información".
"La adopción de una política firme para desarrollar el uso eficiente de la energía contribuirá significativamente a aumentar la sostenibilidad energética del país", agregó en los fundamentos.