INSEGURIDAD

"Me voy a morir en la cárcel": se negó a declarar el motochorro detenido por matar a la psicóloga de Ramos Mejía

Alejandro Miguel Ochoa, el motochorro detenido acusado del robo y asesinato de la psicóloga María Rosa Daglio en Ramos Mejía, se negó a declarar
POLÍTICA - 24 de Marzo, 2021

Alejandro Miguel Ochoa, el motochorro de 55 años detenido acusado del robo y asesinato de la psicóloga María Rosa Daglio en Ramos Mejía, se sentó este mediodía frente al fiscal del caso, Federico Medone, titular de la UFI Temática Homicidios de La Matanza, y tras negarse a declarar por el delito de homicidio en ocasión de robo comenzó a llorar.

"Me voy a morir en la cárcel", dijo comenzaba a llorar. Ochoa, quien debería haber estado encerrado en un calabozo por el largo prontuario que carga, pero fue beneficiado por prisión domiciliaria en medio de la pandemia del coronavirus, fue arrestado por la Policía Bonaerense en su domicilio de la localidad de Castelar, tras una meticulosa investigación llevada a cabo por el fiscal Medone.

La autopsia realizada al cuerpo de la víctima lo incrimina severamente. María Rosa Daglio golpeó duramente su cabeza contra la vereda cuando intentó retener sus pertenencias. Fue trasladada de urgencia al Hospital Haedo donde luego de unas horas se confirmaría su muerte. En la autopsia realizada en la Morgue Judicial de Morón se reveló que la psicóloga murió a causa de los golpes recibidos.

En efecto, se trató de un paro cardiorrespiratorio de naturaleza traumática. La autopsia indicó la existencia de costillas rotas y lesiones en el bazo. De esta forma, el motochorro fue imputado por el delito de homicidio en ocasión de robo y este mediodía se negó a declarar.

Qué dice el fallo que se convirtió en sentencia de muerte

Alejandro Miguel Ochoa, salió de la cárcel de Batán el 29 de abril de 2020, beneficiado por las excarcelaciones extraordinarias otorgadas en el inicio de la pandemia.

Debió permanecer en prisión hasta el 16 de junio de 2024, pero su abogada defensora logró que lo liberen a través del argumento del "derecho a la salud".

Ochoa estaba cumpliendo una condena a ocho años de prisión por un hecho similar. En febrero de 2016, a bordo de una moto Raiser 200, le robó la mochila a una joven en Mar del Plata. La arrastró por el piso hasta fracturarle el brazo.

El juez Marcelo Alfredo Riquert, presidente de la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Mar del Plata, no analizó sus antecedentes penales ni su condición de reincidente.

Pese a la oposición manifesta del juez de ejecución Ricardo Gabriel Perdichizzi, el camarista le concedió el arresto domiciliario por los supuestos problemas de salud y el informe de conducta que elevó el Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB).

Alejandro Miguel Ochoa, el motochorro acusado de causarle la muerte a la psicóloga social María Rosa Daglio

Ochoa era considerado un preso ejemplar. Trabajó para una empresa privada que embotella lavandina dentro del penal y realizó tareas de mantenimiento en el sector de visitas, en cocina y maestranza de la sección vigilancia y tratamiento.

Además, entre los años 2018 y 2019, completó primer y segundo año de la secundaria y participó de talleres de yoga y teatro; fue coordinador de alcohólicos anónimos y hasta instructor de ajedrez.

El momento del ataque

El informe del SPB también se apoyó en sus problemas de salud: "De lo expuesto en el informe médico y primando razones de orden humanitario en el marco de la pandemia mundial, específicamente los antecedentes de afección respiratoria que presenta, este Departamento Técnico-Criminológico estima la conveniencia de incluir al interno en el régimen de prisión domiciliaria".

Sobre este punto, se basó el planteo que realizó Fabiana Danti, la abogada del motochorro.

"De los informes obrantes en autos, así como las numerosas resoluciones que se refieren al estado de salud de mi defendido, surge que Ochoa en reiteradas oportunidades demandó que se le brinde la atención médica pertinente en relación con los problemas urológicos que lo aquejan, siendo el propio Dr. Sapero, médico de la Asesoría Pericial Departamental, quien ratificó la gravedad de su cuadro y aún así no recibió la asistencia profesional pertinente", señaló la profesional.

"La prolongada dilación en esas gestiones corroboran una vez más que de ningún modo se le brindará al encartado, dentro del establecimiento carcelario, la atención médica que su cuadro requiere", explicó la abogada.

Danti también justificó la situación de hacinamiento en las cárceles y el riesgo a contagiarse Covid-19. "Por su estado de salud y teniendo en cuenta la gravísima situación de hacinamiento en la que se encuentran las cárceles bonaerenses, (Ochoa) requiere una protección individualizada por considerarse población de mayor riesgo ante el COVID-19"

En su decisión, el camarista Riquert explicó que el interno "padece de EPOC, complementado, a su vez, con problemas de próstata, infección en los genitales, entre otras, que derivó en la prescripción de una intervención quirúrgica que hasta el día de hoy no se practicó".

En el fallo argumentó que "el delicado estado de salud que aqueja al causante –que lo incluye dentro de la población de riesgo, en el contexto de la pandemia mundial de COVID-19-, más el informe penitenciario que aconseja el otorgamiento del régimen de prisión domiciliaria y, sumado a ello, los prometedores dictámenes tanto personales (elaborados en el marco del encierro), como familiares (en la vivienda parental) nos permiten concluir en la viabilidad del cumplimiento de pena domiciliaria, mientras se mantenga el período de vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado por el Poder Ejecutivo Nacional".

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