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¿Cómo es el proceso de desafuero que deberá enfrentar la expresidenta?

El actual régimen define los pasos a seguir en caso de que un juez de curso a un pedido de desafuero contra un funcionario, magistrado o legislador
07/12/2017 - 16:07hs
¿Cómo es el proceso de desafuero que deberá enfrentar la expresidenta?

El juez Claudio Bonadio pidió el desafuero contra el diputado la senadora de Unidad Ciudadana y expresidenta Cristina de Kirchner en el marco de la investigación por el Memorando con Irán.

La legisladora, por su condición, se encuentra amparada por los artí­culos 68 y 69 de la Constitución Nacional, por el cual cuenta con libertad e inmunidad de opinión y de arresto. Sin embargo, podrí­a activarse el procedimiento para realizar su desafuero y posteriormente su detención.

La solicitud pasará "de manera inmediata" al Congreso, donde será girada a la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara que corresponda. En el caso de la exmandataria, de aprobarse recaerí­a en la Cámara alta.

La comisión, presidida por Marcelo Jorge Fuentes "deberá emitir dictamen" bajo mayorí­a simple, es decir, con la mitad más uno de las firmas. 

El tiempo máximo establecido para llevar a cabo el dictamen es de 60 dí­as, señala la ley 25.320. Asimismo, reglamenta que "la Cámara deberá tratar la causa dentro de los 180 dí­as de ingresada, aun cuando no exista dictamen de comisión".

En el recinto, para que el proceso de desafuero sea aprobado serí­an necesario el voto de dos tercios de los legisladores.

En caso de que sea rechazado el pedido de desafuero, "el tribunal declarará por auto que no puede proceder a la detención o mantenerla, continuando la causa según su estado".

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