Paradojas argentinas: ¿argumentos de Cristina harán caer la denuncia contra Sturzenegger?
La denuncia judicial contra el ex presidente del Banco Central (BCRA), Federico Sturzenegger, trajo otra vez a primer plano el debate respecto de hasta dónde las decisiones de política económica son materia de decisión personal de los funcionarios y a partir de qué punto pueden pasar a ser materia judiciable.
Y, paradojas de la Argentina, los mismos argumentos que en su momento utilizaron Cristina Kirchner, Axel Kicillof y Alejandro Vanoli en la causa "dólar futuro", podrían ser los que ayuden a Sturzenegger ante el embate judicial por su actuación durante la corrida cambiaria de las últimas semanas.
Sturzenegger fue denunciado ante la Justicia federal por el diputado del FpV- PJ Rodolfo Tailhade por diversos delitos en el marco del fuerte proceso devaluatorio que ocurrió en el país desde principios de mayo.
El legislador kirchnerista indica que a la financiera internacional JP Morgan se le permitió retirar "1.500 millones de dólares a 20 pesos", que después posicionó a la divisa estadounidense en torno a los 25 pesos a fines de mayo.
En su denuncia, el diputado solicita que, además, se dicte una medida cautelar que obligue al ex titular del BCRA a presentarse ante la Justicia cada vez que intente salir del país.
La denuncia acusa a Sturzenegger de múltiples delitos:
- Administración fraudulenta en perjuicio de la Administración Pública Nacional;
- Abuso de autoridad;
- Incumplimiento de los deberes del funcionario público;
- Asociación ilícita;
- Cohecho pasivo y activo;
- Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública;
- Tráfico de influencias:
Tailhade también solicitó que se investigue si esas conductas constituyeron "delitos contra el orden económico" por haber provocado el alza del precio del dólar en un 25 por ciento. Para justificar su pedido, el diputado indicó que la autoridad monetaria "no acudió a ninguna herramienta o instrumento" financiero para evitar esa corrida.
La presentación alcanza también a todos los miembros del directorio del BCRA, a los representantes del JP Morgan en Argentina, y al extitular del ministerio de Finanzas y nuevo titular de la entidad monetaria, Luis Caputo.
También pedirá que se los cite a brindar declaraciones testimoniales y además que se analice el registro de audiencias y reuniones del Presidente y del Directorio del BCRA durante el período denunciado, así como también registros e información del JP Morgan.
El diputado estimó que en tres meses, entre marzo y mayo de 2018, se fugaron al menos u$s 10.000 millones por permisos laxos. "La combinación de desregulación cambiaria, alta inflación y un dólar barato, fruto del propio modelo económico, gestaron el ambiente propicio para la fuga de capitales", sostuvo.
Tailhade agregó que, "en lo que respecta al mercado monetario y cambiario, el Gobierno –y particularmente el BCRA- ha promovido un esquema de desregulación financiera y cambiaria que ha alentado fuertemente la especulación y la obtención de ganancias millonarias por parte de sectores estrechamente vinculados a quienes hoy dirigen la economía, a la vez que ha dejado a nuestro país expuesto frente al movimiento de esos capitales".
En ese sentido, el legislador resalta no es posible soslayar "el enorme beneficio económico que esos fondos especulativos han obtenido en razón de la eliminación de las restricciones al ingreso y salida de capitales así como de la ejecución desmesurada de una operatoria de 'carry trade' alentada por las siderales tasas de interés de las Lebac.
Esas políticas, sumadas a la eliminación de los plazos para que los exportadores liquiden sus divisas – es decir, la renuncia al ingreso genuino de dólares-, constituyeron la columna vertebral de un sistema de fuga de capitales".
Decisiones políticas
En este caso volverá a tomar relevancia el concepto de "decisión política no justiciable". Es decir, si se trató de un acto que está fuera del análisis de los jueces, ya que se trató de una maniobra gestada en la independencia de poderes.
Un caso similar ocurrió con la presentación efectuada en 2016 contra la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner en la denominada causa "dólar futuro", en las que el incremento de las operaciones de dólar futuro en el Mercado a Término de Rosario (ROFEX) y el Mercado Abierto Electrónico (MAE) obedeció, según argumentó la exmandataria, "a la decisión política de sostener un tipo de cambio, garantizando la estabilidad de la moneda nacional y el correcto desarrollo de la economía".
Para defenderse, la exmandataria sostuvo que "el presunto desacierto o error de la política monetaria y cambiaria emprendida por las autoridades del BCRA no puede ser sometido a revisión judicial y mucho menos comprender la base de imputación de un reproche jurídico penal".
Esto se debe a que la Corte Suprema, al judicializar esta clase de decisiones políticas no sólo atenta contra el principio republicano de gobierno, sino en la sustitución del régimen democrático por una "dictadura del Poder Judicial".
Los defensores de este tipo de separación sostienen que la división de poderes sólo tiene sentido en la medida en que los tres vértices del gobierno operen como frenos y contrapesos entre sí.
í‰sa es la única razón de ser de tal separación, y ella se vería traicionada si, cada vez que los jueces deben jugar su papel, terminan escabulléndose con la excusa de que la materia no los involucra.
La causa ya fue elevada a juicio y la expresidenta aguarda que se confirme la fecha en que se sentará en el banquillo. Aquí se da una paradoja porque si es absuelta, junto a 14 de sus exfuncionarios, Sturzenegger también podría utilizar ese caso como precedente e indicar que también se trató de una decisión no justiciable.
En cambio, si es condenada, el camino del extitular del BCRA podría ser el mismo.
De acuerdo a los especialistas, en estas situaciones, puede suceder que, desde la perspectiva del reclamante, se verifique la aparente lesión de un derecho, pero que el cumplimiento del deber por parte del organismo público obligado no sea revisable por los jueces, en razón de su carácter político-discrecional.
De esta manera, consideran que debe existir un verdadero conflicto entre partes, donde la intervención del juez se dirija a resolver sobre "lo debido" por una de ellas a la otra, donde lo que esté en discusión sea reconducible, estrictamente, a una cuestión de justicia.
Y la no judicialización de este tipo de decisiones políticas evita la indebida intromisión de los magistrados en ámbitos privativos de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, cuyos representantes son designados en virtud del sufragio popular.