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Reglamentan nueva Ley de Defensa de Competencia con penas más duras

Lo hizo a través del Decreto 480/2018. La norma apunta a combatir las prácticas de abuso de posición dominante y modifica el sistema de multas
24/05/2018 - 10:14hs
Reglamentan nueva Ley de Defensa de Competencia con penas más duras

El Gobierno reglamentó la Ley 27.442 de Defensa de la Competencia, aprobada el 9 de mayo pasado, y dispuso que la Autoridad Nacional de la Competencia, creada por el artí­culo 18 de la norma, funcione bajo la órbita del Ministerio de la Producción.

Lo hizo a través del Decreto 480/2018, publicado este viernes en el Boletí­n Oficial, con la firma del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete Marcos Peña y el ministro de la Producción, Francisco Cabrera.

La norma mencionad apunta a combatir las prácticas de abuso de posición dominante, que incorpora la figura del arrepentido, modifica el sistema de multas y crea un programa para detectar carteles económicos o empresarios.

Además, crea la Autoridad Nacional de la Competencia (ANC) como organismo descentralizado del Poder Ejecutivo, dentro del cual funcionarán el Tribunal de Defensa de la Competencia, la Secretarí­a de Instrucción de Conductas Anticompetitivas y la Secretarí­a de Concentraciones Económicas.

Al respecto, el artí­culo 2 del decreto dispone que la ANC funcione el ámbito del Ministerio de la Producción.

Principales puntos- Creación de la Agencia de Defensa de la Competencia: ya no será un funcionario polí­tico el que resuelva sobre multas y Daños y perjuicios en ley de Defensa de la Competencia sanciones, sino que habrá un Tribunal y dos Secretarí­as –la de Concentraciones Económicas y la de Investigación de Conductas Anticompetitivas- cuyos miembros serán elegidos por concurso.

- Sanciones: los valores de las multas regí­an a valores de 1999, la máxima era de $ 150.000.000. Se establecieron diferentes criterios para calcular la sanción económica, la norma fija un tope monetario que se ajuste por inflación y que hoy asciende a los $ 4000 millones.

- Programa de clemencia: especie de "ley del arrepentido", aplica para todas aquellas empresas que participan de carteles y quieren aportar evidencia que los exima (u obtengan una reducción) de la sanción correspondiente. Quien primero se presente puede liberarse del 100% de la sanción.

- Notificaciones: subieron los umbrales para notificar operaciones. Con al nueva ley, un grupo económico debe facturar un mí­nimo de $ 2000 millones, criterio que también se actualiza por inflación. Para el aviso de una compra o fusión, la operación debe alcanzar al menos $400 millones.