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¿Cuáles son las lí­neas de crédito que un paí­s puede solicitar al Fondo?

Para acceder a la línea, el país debe rendir un examen del derecho de acceso al cabo del primer año. Si se usan los fondos, se repagan hasta en 5 años
08/05/2018 - 13:33hs
¿Cuáles son las lí­neas de crédito que un paí­s puede solicitar al Fondo?

En la actualidad existe un conjunto de lí­neas de crédito destinadas a los paí­ses miembro.

La primera que se destaca es la Lí­nea de Precaución y Liquidez (LPL). Este instrumento está destinado a paí­ses con polí­ticas y fundamentos sólidos, y una trayectoria de implementación de esas polí­ticas.

Los paí­ses habilitados para activar la LPL quizás enfrenten vulnerabilidades moderadas y no se ajusten a los criterios establecidos para acceder a la LCF, pero no necesitan los mismos ajustes sustanciales de las polí­ticas que normalmente están asociados a los Acuerdos de Derecho de Giro.

La LPL combina criterios de acceso (semejantes a los de la LCF pero menos estrictos) con condiciones focalizadas para reducir las vulnerabilidades remanentes. Los acuerdos enmarcados dentro de la LPL pueden ser de seis meses o de 1-2 años; estos últimos están sujetos a exámenes semestrales.

El acceso en el marco de acuerdos de seis meses está limitado a 125% de la cuota en épocas de normalidad, pero ese lí­mite puede incrementarse a 250% de la cuota en circunstancias excepcionales en la cuales las necesidades de balanza de pagos se deben a shocks exógenos, por ejemplo los causados por una agudización de las tensiones regionales o internacionales.

Los acuerdos a 1-2 años están sujetos a un lí­mite de acceso anual de 250% de la cuota, y todos los acuerdos en el marco de la LPL están sujetos a un lí­mite acumulativo de 500% de la cuota. Existe flexibilidad para utilizar la lí­nea de crédito o para tratarla como un instrumento precautorio. El plazo de reembolso es el mismo que el de los acuerdos Stand-By.

También existe otra lí­nea, denominada Lí­nea de Crédito Flexible (LCF).

Según surge de los documentos que emite el Fondo Monetario Internacional, la Lí­nea de Crédito Flexible (LCF) fue creada para atender la demanda de préstamos de prevención y mitigación de crisis proveniente de paí­ses con marcos de polí­tica e historiales económicos muy sólidos.

Este instrumento se diseñó en el marco del proceso de reforma emprendido por el FMI para modificar los mecanismos que utiliza para prestar dinero a los paí­ses que atraviesan una escasez de liquidez, con la idea de adaptar sus instrumentos de préstamo a las diversas necesidades y circunstancias de los paí­ses miembros.

Hasta la fecha, tres paí­ses -Polonia, México y Colombia- han utilizado la LCF. Si bien hasta ahora ninguno de estos tres paí­ses ha efectuado un giro en el marco de esta lí­nea, la LCF ofrece a estos paí­ses un valioso mecanismo de apoyo y ayuda a reforzar la confianza del mercado en perí­odos de intensificación de los riesgos.Flexibilidad para atender las necesidades de los paí­ses

Un objetivo fundamental de la reforma consistió en reducir el aparente estigma que supone obtener crédito del FMI, e incentivar a los paí­ses a solicitar asistencia antes de que enfrenten una verdadera crisis.

Los paí­ses con una tradición de polí­ticas y fundamentos económicos muy sólidos pueden solicitar una LCF cuando encuentren presiones potenciales o efectivas de balanza de pagos. La flexibilidad que brinda la LCF significa que el FMI puede atender una amplia gama de necesidades de los paí­ses:

Los paí­ses habilitados gozan de flexibilidad para utilizar la lí­nea de crédito en cualquier momento dentro de un perí­odo predeterminado o para tratarla como un instrumento precautorio.

La LCF garantiza a los paí­ses habilitados acceso amplio e inmediato a los recursos del FMI sin condiciones continuas, gracias a la solidez de sus marcos de polí­tica.

La LCF funciona como una lí­nea de crédito renovable que puede usarse inicialmente por uno o dos años con un examen del derecho de acceso al cabo del primer año. Si un paí­s decide utilizar la lí­nea de crédito, los reembolsos deben efectuarse a lo largo de un perí­odo de 3¼ a 5 años.

La LCF opera sin lí­mite de acceso a los recursos del FMI, y la necesidad de recursos se evalúa individualmente.

Ayuda de bajo costo para las épocas difí­ciles

El costo de endeudamiento en el marco de la LCF es el mismo que en el marco de los Acuerdos Stand-By tradicionales del FMI y la Lí­nea de Precaución y Liquidez (LPL).

Comisión reembolsable. Cuando el acceso a los recursos del FMI es de carácter precautorio, los paí­ses pagan una comisión de compromiso que se reembolsa prorrateada si deciden utilizar esos recursos durante el perí­odo pertinente.

La comisión de compromiso aumenta junto con el nivel de acceso disponible a lo largo de un perí­odo de 12 meses (15 puntos básicos para montos comprometidos de hasta 115% de la cuota, 30 puntos básicos para montos comprometidos de entre 115% y 575% de la cuota y 60 puntos básicos en montos superiores a 575% de la cuota).

Tasa de préstamo. Al igual que con otros acuerdos de préstamo del FMI, la tasa de interés de los préstamos comprende 1) la tasa de interés de los Derechos Especiales de Giro (DEG) determinada por el mercado más un margen (actualmente, 100 puntos básicos), que juntos representan la tasa de cargos básica, y 2) sobretasas, que dependen del monto y el plazo de reembolso del crédito.

Se paga una sobretasa de 200 puntos básicos sobre el monto del crédito pendiente que supere el 187,5% de la cuota. Si el crédito permanece por encima del 187,5% de la cuota al cabo de tres años, la sobretasa se eleva a 300 puntos básicos. Las sobretasas basadas en el nivel de recursos y el plazo tienen por objeto desalentar el uso excesivo y prolongado de los recursos del FMI.

Cargo por servicio. Sobre cada monto utilizado se aplica un cargo por servicio de 50 puntos básicos. Condiciones para acceder

Los criterios de habilitación son la esencia de la LCF y tienen por finalidad demostrar la confianza del FMI en las polí­ticas del paí­s en cuestión y en su capacidad para tomar medidas correctivas en caso necesario. El elemento crucial del proceso de habilitación es una evaluación de que el paí­s miembro cumple las siguientes condiciones:

- Cuenta con variables económicas fundamentales y marcos institucionales de polí­tica económica muy firmes.

Está aplicando y tiene un historial sostenido de aplicación de polí­ticas muy sólidas.

Mantiene su compromiso de seguir aplicando estas polí­ticas en el futuro. 

Además de la evaluación muy positiva de las polí­ticas del paí­s en las consultas del Artí­culo IV más recientes, los criterios que se utilizan para evaluar si un paí­s reúne los requisitos para un acuerdo con el marco de la LCF son los siguientes:

- Una posición externa sostenible.

Una cuenta de capital en la que predominen los flujos privados.

Un historial de acceso soberano estable a los mercados internacionales en condiciones favorables.

- Cuando el acuerdo se solicite con carácter precautorio, un nivel de reservas que se mantenga relativamente holgado, a pesar de las presiones potenciales de balanza de pagos que justifiquen la asistencia del FMI.

Finanzas públicas sólidas, incluida una situación sostenible de la deuda pública.

- Un nivel de inflación bajo y estable, en el contexto de un marco sólido de polí­tica monetaria y cambiaria.

- Un sistema financiero sólido e inexistencia de problemas de solvencia que puedan plantear una amenaza a la estabilidad sistémica.

- Una supervisión eficaz del sector financiero.

- Integridad y transparencia de los datos.

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