Bienes Personales: estos son los valores para las declaraciones juradas 2017
La AFIP publicó las valuaciones computables y otras informaciones complementarias necesarias para la correcta liquidación correspondiente al Impuesto sobre los Bienes Personales del período fiscal 2017 en el micrositio "Ganancias y Bienes Personales" del sitio web del organismo de recaudación.
Los valores mínimos computables corresponden a:
- Cotizaciones al 31 de diciembre de 2017 de las monedas extranjeras;
También la AFIP puso a disposición otros datos relevantes para efectuar la liquidación:
- El detalle de formato de catastro correspondiente a las distintas jurisdicciones del país.
Próximos pasos
En tanto, Sergio Rufail, Subdirector General de Servicios al Contribuyente, ya adelantó los próximos pasos que dará la AFIP.
Respecto al domicilio fiscal electrónico, Rufail aclaró que es obligatorio. "En el marco de dos o tres años las mayoría de las comunicaciones transitarán por esta vía", adelantó.
La notificación de la determinación de oficio vía domicilio electrónico va a tener que tener una serie de datos mínimos e indispensables.
En la nueva reglamentación va a haber un cronograma de adhesión obligatoria al domicilio fiscal que va a vencer en agosto de 2018. La adhesión no va a ser de oficio. "Quienes no se adhieran no van a poder acceder a la constancia de inscripción", advirtió Rufail.
A la fecha ya hay 4,5 M de contribuyentes que tienen su domicilio fiscal electrónico.
La nueva interfaz se va a dividir en notificaciones y mensajes. Las notificaciones son aquellas que tienen efectos administrativos, por ejemplo vencimiento.
Ganancias
A partir de este año, las personas humanas deberán usar la plataforma web para presentar las declaraciones juradas. También tendrá el apartado "Nuestra parte", similar a la implementada en el blanqueo.
La declaración jurada web estará dividida por capítulos, al igual que la plataforma del SIAP.
La nueva plataforma web estará disponible para su testeo desde el 3 al 12 de abril próximo. El 1 de mayo estará online la versión definitiva. Los datos que se carguen durante el ensayo quedarán guardados una vez que esté la versión web final.
Monotributo
Respecto al Monotributo, aseguró que la recategorización de julio será obligatoria. Quienes confirmen la categoría tendrán un plazo más largo y quienes modifiquen la categoría deberán hacerlo durante julio próximo. En tanto, la de mayo será optativa.
Respecto a la actualización de los parámetros (monto máximo de facturación, entre otros) se tomarán recién los índices respecto al segundo y tercer trimestre cuando estén disponibles.
"Vamos a poner un contador de facturas electrónicas y gastos para avisar cuando ddeban recategorizarse", advirtió Rufail".
"El Monotributo es un régimen simplificado y de transición", aclaró el funcionario.
"Vamos a fortalecer esta idea de movilidad tributaria hacia el régimen general", señaló Rufail.
También recordo quye desde abril, los monotributistas deben tener posnet.
Embargos
Respecto a los embargos, se podrán utilizar los fondos embargados para pagar las deudas de la AFIP, tal como lo estableció la reforma tributaria.
También recordó que los bancos tienen menos plazo para informar los saldos embargados a la AFIP. Desde julio, ese plazo será solo de 48 horas.
Por último, Rufail adelantó que en el transcurso del 2018 se va a sustituir el Régimen Informativo de Compras y Ventas por el Libro de IVA Digital.
Se podrá optar por el CITI Compras y Ventas o el Libro de IVA Digital. Si bien la medida se podría implementar en mayo, el funcionario adelantó que AFIP analiza hacerla retroactiva a enero de este año.