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Estos son los 11 nuevos derechos que gozarán los usuarios de telefoní­a, Internet y TV

La carga de crédito en celulares para los clientes prepagos se extenderá a seis meses                                              
11/02/2018 - 12:06hs
Estos son los 11 nuevos derechos que gozarán los usuarios de telefoní­a, Internet y TV

A partir del 5 de marzo entrará en vigencia el Reglamento de Clientes de los Servicios de Tecnologí­as de la Información y las Comunicaciones (TIC), que detalla los derechos de los usuarios en relación a la contratación y rescisión de servicios vinculados telefoní­a móvil, fija, servicio de internet y TV por suscripción.

Se trata de una norma que actualiza las diferentes disposiciones que regulan estas cuestiones y que datan de los noventa.

Aquí­, los puntos más importantes del nuevo reglamento que amplí­a y especifica todos los derechos del consumidor:

Información clara y acceso a un simulador online

Las prestadoras deberán ofrecer información clara, detallada, cierta y gratuita sobre los servicios que ofrecen, para que los usuarios tomen decisiones informadas. Se les exige que incluyan en sus sitios web un simulador para que los clientes puedan probar virtualmente cuánto les costarí­a efectivamente contratar cada uno de los planes ofrecidos.

Extensión del plazo de duración del crédito en el celular

El plazo de vigencia de cada carga de crédito para los clientes prepagos no puede ser inferior a 180 dí­as corridos desde su acreditación, salvo promociones especiales.

En caso de rescisión contractual, el prestador deberá devolver el saldo de los créditos abonados por el cliente, dentro del plazo de treinta dí­as corridos.

Si en un reclamo por una factura, el cliente hubiera pagado un importe mayor al que le corresponde, la empresa le deberá devolver al usuario la diferencia más los intereses por mora.

Protección de los datos personales

Los datos personales del cliente no podrán ser utilizados por las empresas que presta el servicio para fines que no hayan sido autorizados por el usuario.

Los mensajes con publicidad

La provisión de contenidos y aplicaciones, así­ como el enví­o de mensajes con fines publicitarios o comerciales, requiere de la previa y expresa adquisición por el cliente. Los mensajes relacionados con la prestación del servicio quedan exceptuados, que serán gratuitos y no se considerarán como mensajes no deseados.

Darse de baja debe ser sencillo e inmediato

La empresa está obligada a dar de baja el servicio cuando el cliente lo pida. Dentro de las 72 horas de efectuada la solicitud, se le deberá enviar al usuario una constancia de que la baja se realizó.

Las modificaciones en la contratación del servicio

Los contratos deberán ser celebrados por escrito y, a elección del cliente, en papel o formato digital.

Toda modificación contractual propuesta por la compañí­a, deberá figurar en su sitio web y además deberá ser informada al cliente con una anticipación no menor a sesenta dí­as corridos previos a su implementación.

Si el cliente no estuviera de acuerdo con la modificación propuesta podrá rescindir el contrato sin cargo, y comunicar esa decisión al prestador.

No se puede cobrar recargos por demora si la factura llega tarde

Los prestadores deberán enviar las facturas por correo postal al domicilio del cliente con una antelación mí­nima de 10 dí­as corridos a la fecha de su vencimiento. En caso de entrega tardí­a de la factura, en ningún caso se podrá cobrar recargo al cliente ni suspender el servicio por falta de pago durante este perí­odo.

Garantí­a y asistencia técnica de equipos celulares

En el supuesto que el prestador provea el equipo terminal, será responsable del normal funcionamiento del equipo, así­ como de proporcionar garantí­a y asistencia técnica, según lo contemplado en los artí­culos 11 y 12 de la Ley de Defensa al Consumidor (N° 24.240).

Garantí­as para personas con discapacidad

Los prestadores deberán garantizar, a las personas con discapacidad, el acceso al servicio en condiciones equiparables de uso al resto de los clientes, de conformidad con la normativa aplicable y la reglamentación que dicte la Autoridad de Aplicación.

El derecho a exigir compensación si el servicio no es de calidad

Las prestadoras deberán cumplir estrictamente con los indicadores de calidad previstos por la normativa respectiva, los cuales serán medidos en forma periódica por la Autoridad de Aplicación, que es Enacom. El incumplimiento, el cliente tendrá derecho a una compensación que será determinada por ese organismo.

Atención al cliente

El cliente deberá disponer de una opción que le permita ser atendido en tiempo real por un operador humano. Y el cliente deberá tener una constancia del reclamo para poder hacer un seguimiento del caso en la página web de la compañí­a.