• 15/12/2024

Cambiemos buscará aprobar la Responsabilidad Penal Empresaria la semana próxima

La bancada oficialista en Diputados planea firmar el dictamen del proyecto de ley con los cambios realizados por Senadores. Se podría aprobar el miércoles
31/10/2017 - 23:28hs

La bancada oficialista Cambiemos de la Cámara de Diputados buscará el martes firmar el dictamen sobre el proyecto de Responsabilidad Penal Empresaria avalando los cambios introducidos por el Senado, con el objeto que pueda convertirse en ley en una sesión especial que serí­a convocada para el dí­a siguiente.

De esta manera, Argentina cumplirá con el requisito de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), que pidió la sanción de una norma que apunte a la arista empresaria de la corrupción, dado que, actualmente, el Código Penal contempla penas para personas fí­sicas pero no para personas jurí­dicas, con lo cual una empresa involucrada en un hecho de corrupción puede seguir operando sin ninguna consecuencia.

Fuentes parlamentarias señalaron que la intención del oficialismo es transformar en ley la próxima semana este proyecto, que establece la aplicación desde multas hasta la quita de la actividad por un plazo máximo de diez años y la suspensión de participar en las licitaciones convocadas con el Estado Nacional, a aquellas empresas involucradas en delitos contra la administración pública.

De hecho, la propia presidenta de la Comisión de Legislación Penal, Gabriela Burgos, confirmó ese objetivo al indicar que el martes a la tarde se emitirá dictamen favorable al proyecto para penalizar la corrupción empresaria porque "la intención es poder convertir en ley el proyecto con los cambios introducidos por el Senado en la sesión del miércoles".

En la misma sesión especial que serí­a convocada para el miércoles de la próxima semana, el oficialismo buscarí­a dar también sanción definitiva a la iniciativa que prorroga por cuatro años la suspensión de desalojos de las tierras que ocupan comunidades originarias.

Diputados avalará los cambios introducidos por el Senado, que eliminó el artí­culo que establecí­a la imprescriptibilidad de estos delitos, equiparándolos con los de lesa humanidad, y limitó las causales por los cuales podí­an ser investigados funcionarios y empresarios.

En ese sentido, estableció que se podrá realizar una investigación los delitos de cohecho (pago de coimas); tráfico de influencias nacional o transnacional; negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas; concusión (exacciones ilegales); enriquecimiento ilí­cito de funcionarios y empleados, y falsificación de balances.

De esta manera, las empresas serán responsables por esos delitos cuando "hubieren sido realizados, directa o indirectamente, con su intervención o en su nombre, interés o beneficio", y quedarán exentas "sólo si la persona humana que cometió el delito hubiere actuado en su exclusivo beneficio y sin generar provecho alguno" para la compañí­a.

La multa para la compañí­a se establece en dos a cinco veces la ganancia que logre a partir de su conducta delictiva. La pena se irá incrementando hacia la suspensión parcial o total de la actividad, que no podrá exceder los diez años, la suspensión para participar de concursos de servicios públicos, también por diez años, y la disolución de la personerí­a cuando hubiese sido creada al solo efecto de la comisión del delito.

Habrá eximición de pena cuando concurran tres cuestiones: que espontáneamente la empresa haya denunciado un delito previsto en la ley como consecuencia de una actividad de detección interna, que se hubiera implementado un sistema de control adecuado conocido como programa de integridad o "compliance" y que se hubiera devuelto el beneficio indebido obtenido.

El proyecto también prevé un acuerdo de colaboración eficaz que podrá ser celebrado entre la persona jurí­dica y el Ministerio Público Fiscal, por el cual la empresa se obliga a cooperar a través de la revelación de detalles para el esclarecimiento de los hechos.

Sin embargo, no estará exenta de pagar una multa igual a la mitad de lo establecido en el valor más bajo de la escala penal mencionada anteriormente.