POR UNA MEDIDA

Sturzenegger abre una grieta entre empresarios del transporte de carga

Una norma impulsada por el Ministro generó fuertes diferencias de opinión ya que desde un sector se la califica como positiva y desde otro se la rechaza
NEGOCIOS - 19 de Septiembre, 2024

El pasado lunes 16 de octubre, el Gobierno avanzó con una medida más orientada a desregular los diferentes sectores de la economía. En este caso, le tocó el turno al transporte de cargas a partir de la publicación del Decreto 832/2024 en el Boletín Oficial de la Nación. La norma reglamenta la ley 24.653 de transporte de cargas con dos innovaciones centrales como son cambios en el otorgamiento del llamado Registro Único del Transporte Automotor (RUTA) y el incremento del peso permitido para transporte exento del régimen. Si bien la decisión fue respaldada por Javier Milei, el "ideólogo" fue el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien anunció los cambios mediante su cuenta de la red social X (ex Twitter). Esa decisión es avalada por algunos empresarios del sector, pero no por otros.

El funcionario se quejaba sobre altos los costos de enviar un contenedor de Mendoza a Buenos Aires y lo comparaba con lo que sale llevar a cabo la misma decisión pero hacia Rotterdam.

"Hoy, con el ministro @LuisCaputoAr y el Secretario de Transporte @FrancoMogetta, comenzamos a desarmar estos costos; desregulando el transporte de cargas (y esto no termina acá)", señaló Sturzenegger desde su red social.

Federico Sturzenegger abrió una grieta entre empresarios del transporte de carga: por qué motivos

Sin embargo, la decisión del funcionario abrió una fuerte grieta entre los empresarios del sector teniendo en cuenta que desde un sector salieron en defensa de los cambios y desde otro criticaron fuertemente el avance en la desregulación del transporte de cargas.

En especial, la disputa interna se centra en la eliminación del RUTA, que para Sturzenneger es "un trámite absurdo, puramente con fines estadísticos, que era caro y engorroso de realizar".

Según la mirada oficial, haber transformado este documento en un registro digital y gratuito evita días de trabajo perdidos y le permite un fuerte ahorro de dinero a los transportistas.

Hasta la sanción del decreto, el documento era obligatorio para todo transporte con más de 700 kilos de carga, con lo cual un productor no podía mover su carga en un vehículo propio sin someterse a esta burocracia estatal.

Ahora, se elevó el peso mínimo a 3.500 kilos, lo cual permite liberar a toda la industria de fletes y cargas livianas.

A partir de estas modificaciones, la Federación Argentina de Entidades de Transporte y Logística (FAETyL), salió a respaldar al ministro Sturzenegger.

Lo hizo a través de su presidente, Juan Aguilar, quien le envió una carta funcionario en la que manifiesta su postura institucional respecto al Decreto 832/24.

"Desde su creación, la FAETyL ha promovido la desburocratización en el sector del transporte y la logística, y celebra la sanción de este decreto que incluye la gratuidad de la inscripción en el Registro Único de Transporte Automotor (RUTA) y la posibilidad de realizarla de manera digital", se detalla en la misiva.

La entidad empresaria dice representar a 130.000 empleados del sector; tener 234 empresas asociadas; operar en 23 provincias y contar con 17.000 vehículos.

Fue fundada el 21 de marzo de 2019 y entre sus objetivos se encuentran los de promover la defensa de la actividad del transporte y distribución de cargas y de la logística; actuar como órgano de unión de titulares de las empresas y adoptar medidas para la intensificación y crecimiento de la actividad y la defensa de los vastos intereses comprendidos en el sistema.

Cambios útiles para el sector: reducción de costos operativos

En este sentido, Aguilar destacó que la medida es "fundamental para reducir costos operativos y facilitar la actividad de los transportistas en el país".

Este sector al que representa Aguilar considera además que la presentación de la documentación física generaba una burocracia impropia de estos tiempos y aranceles que castigaban al transportista.

"Tal como se encontraba el RUTA no cumplía la finalidad que decía perseguir, que entendemos que es necesaria para la adopción de políticas de transporte y logística, y que los cambios que van a aplicar serán útiles en tal sentido", agregó el titular de la FAETyL.

De igual modo, subrayó la importancia de la digitalización en la documentación del sector, a lo que consideró como "un paso necesario que permitirá reducir costos a la par de combatir la marginalidad que afecta a la economía argentina".

En la misma línea, Aguilar calificó de "inconcebible" la imposibilidad que tenía el sector de implementar el remito digital.

Además, la carta plantea la necesidad de que ciertos controles médicos a conductores del transporte interjurisdiccional sean supervisados por la Autoridad de Aplicación correspondiente, a fin de preservar la seguridad vial.

La FAETyL insiste en que la seguridad de las rutas es un principio que debe ser compartido por todos los actores involucrados.

"Reiteramos nuestro apoyo a estas iniciativas y solicitamos que, desde su Ministerio, se profundice la digitalización de la documentación y procesos, sin que ello represente un aumento en los costos para los operadores del sector", concluyó Aguilar.

Decreto irresponsable

Pero a pesar de estas palabras de apoyo, desde la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC) salieron a rechazar el Decreto 832/24 por entender que, lejos de reducir los costos operativos, pone en grave riesgo la seguridad vial y fomenta prácticas que podrían incrementar la siniestralidad en las rutas del país.

La entidad fue creada el 5 de diciembre de 1967 y dice también representar al sector empresarial -a nivel nacional- que realiza servicios de transporte automotor de cargas por cuenta de terceros, siendo sus integrantes cámaras y asociaciones. A la fecha, 43 son sus entidades asociadas, con asiento en los principales centros operativos del país y de las diversas especialidades de tráfico como que transportan desde una tarjeta de crédito; clearing bancario; caudales; lácteos; perecederos; postales; cargas fraccionadas; productos esenciales para la comunidad, hasta cargas excepcionales para lo cual interviene la Ingeniería Privada del Transporte.

Al respecto, Roberto Rivero, director Ejecutivo de la entidad empresaria, calificó como "una irresponsabilidad" la eliminación de la obligatoriedad de la capacitación y el examen psicofísico.

"Lo único que logra es generar más inseguridad en rutas que ya están destruidas con un decreto que no baja costos, sólo aumenta los riesgos y teniendo en cuenta que la seguridad vial debe ser la prioridad, no una moneda de cambio en un juego de falsa austeridad".

Para este sector empresario, el texto y los considerandos de la norma no se vinculan con la reducción de costos y solamente favorece "a los que buscan evadir responsabilidades, el ‘truchaje’ del transporte de carga, aquellos que siempre encuentran un recoveco para no cumplir lo que corresponde".

De hecho, Rivero entiende que "el decreto no representa una disminución significativa en los costos del sector, sino que abre la puerta para que transportistas irresponsables eludan los requisitos esenciales, como la capacitación de los choferes y la realización de los exámenes psicofísicos, elementos clave para asegurar que los conductores estén debidamente capacitados".

El "registro Moyano"

También advierte que la medida "es una trompada a la seguridad vial al permitir que la capacitación y el examen psicofísico sean voluntarias, porque eso incrementará la siniestralidad y, por lo tanto, el costo de las pólizas de seguro. Es una actuación inconveniente que sólo vende bien para el sector informal".

El representante de (FADEEAC) asegura que la llamada Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LINTI), que en el sector se conoce como "el registro de Moyano", tiene dos componentes esenciales que son el examen psicofísico y la capacitación teórico- práctica de los conductores.

"La evaluación psicofísica se realiza en cualquier institución de salud habilitada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), y la capacitación teórico-práctica está a cargo de Formadores de las cámaras empresarias del transporte que integran diferentes Federaciones", agrega el empresario.

Ocurre que su propia entidad, por medio de la Fundación Profesional para el Transporte (FPT), dicta cursos en 89 Unidades Evaluadoras distribuidas en todo el país, y en la sede de la localidad bonaerense de Escobar.

El sistema cuenta con más de 200 aulas-taller, y más de 230 formadores que desde 1992 han dictado más de cuatro millones de capacitaciones de diferentes tipos, con simuladores de camión de última tecnología y desarrollo propio cuyo conocimiento se exporta a países de Latinoamérica.

Para Rivero, "este sistema ha sido clave para garantizar que los conductores estén preparados para enfrentar los desafíos de una actividad en constante cambio".

Por ese motivo, su cámara empresaria hace un llamado al Gobierno para que enfoque sus esfuerzos en resolver los problemas que realmente afectan los costos del transporte.

"En lugar de preocuparse por eliminar la capacitación, cuyo costo representa sólo el 0,3% del salario anual de un chofer, el Ministro debería enfocarse en eliminar la duplicidad de certificaciones cuando un transportista decide colocar/cambiar un tanque de combustible u otros cambios, certificaciones dispuesta por Disposición 1/2022 de la Subsecretaria de Transporte Automotor que arrancan en $250.000 o $300.000 dependiendo de la jurisdicción, el costo de las multas por acarreo -que hoy ascienden a $600.000-, y los exorbitantes aumentos en los peajes de los corredores viales que en lo que va del año tuvieron un incremento de 300% con rutas en pésimo estado", reclama el empresario.

Nuevos requisitos

Pero más allá de la grieta abierta en el transporte de carga, el decreto al que dio entidad el ministro Sturzenegger incorpora una serie de requisitos que necesitarán cumplir los transportes:

a) constancia de inscripción en el Registro Único del Transporte Automotor (RUTA) en formato digital o físico.

b) constancia de realización de la revisión técnica obligatoria, la que se acreditará mediante la oblea que deberá ser adherida en el parabrisas o cualquier otro instrumento que, a tal fin, determine la Autoridad de Aplicación.

c) Licencia Nacional de Conducir vigente para el tipo de vehículo que conduce.

d) documento de transporte, carta de porte o guía, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 24.653. En caso de transporte internacional la documentación determinada por los Acuerdos, Tratados y Convenios.

e) cédula de Identificación del Automotor.

f) constancia física o digital de la contratación y vigencia de los seguros obligatorios.

g) en los casos de vehículos afectados al transporte de cargas peligrosas, la documentación específica exigida por la normativa vigente en la materia.

h) en los supuestos en que el tránsito requiera de un permiso especial de circulación, el instrumento que acredite la concesión del referido permiso.

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