• 7/9/2024

El congelamiento tarifario K le costó más de u$s100.000 millones al país

La cifra figura en el decreto que inicia la transición tarifaria hacia subsidios focalizados y de libre interacción entre oferta y demanda
28/05/2024 - 12:15hs
El congelamiento tarifario K le costó más de u$s100.000 millones al país

Más allá de las subas tarifarias ya implementadas en las facturas de los usuarios de la electricidad, el Gobierno busca desarticular de manera definitiva el entramado de subsidios aplicados a este sector durante los sucesivos gobiernos kirchneristas y también los establecidos durante la gestión del macrismo. Se calcula que estas políticas tarifarias tuvieron un costo de u$s100.000 millones desde que Néstor Kirchner asumió la presidencia de la Nación. Es decir, a razón de u$s5.000 millones por año.

El objetivo no sólo pasa por eliminar cepos, congelamientos o subsidios innecesarios para liberar los precios del sector de acuerdo a los verdaderos costos y la impacto inflacionario, sino más que nada reducir la carga que semejante desvío de fondos representa para las arcas del Estado.

Según se asegura en el Decreto 464/2024 que también lleva la firma del ministro de Economía, Luis Caputo "la actual política de subsidios y el sistema actual de segmentación establecido por el Decreto Nº 332/22 ha llevado a que los precios mayoristas de energía no cubran los costos de abastecimiento, con lo cual el sector energético argentino ha requerido aportes crecientes del Tesoro Nacional para mantenerse, con erogaciones superiores a u$s5.000 millones anuales en promedio durante los últimos 20 años".

Para Javier Milei, el congelamiento tarifario K tuvo "consecuencias ruinosas"

Para la dupla Milei-Caputo, la política tarifaria implementada durante esos períodos combinó con una política de subsidios a nivel del precio mayorista que no reconoció el costo real de la energía, mediante la distorsión del llamado Precio Estacional de la Energía Eléctrica (PEST) y del Precio de Gas Natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte o PIST.

Estas medidas, aseguran desde el Gobierno, contribuyeron a la "opacidad" de las tarifas finales y a la confusión conceptual entre los montos efectivamente facturados a los usuarios y los subsidios, "en contra de los intereses económicos de los propios usuarios, resultando casi imposible discernir según qué conceptos y por qué importes se abona el servicio respectivo".

La situación se agravó más aún, con consecuencias consideradas ruinosas para el Fisco, por el hecho de que las políticas de subsidios se mantuvieron disociadas de la capacidad de pago de los usuarios, resultando en subsidios generalizados, y no focalizados en quienes realmente lo necesitan.

educir la carga que semejante desvío de fondos representa para las arcas del Estado.
Los cepos y congelamientos aplicados por Néstor Kirchner desde 2004  crearon un millonario desvío de fondos 

Por eso, en el Decreto se asegura que "semejante carga para el Estado Nacional ha sido consecuencia de un modelo de subsidios generalizados, que respondió a un modelo energético basado sobre precios y tarifas deprimidas, que no reflejaron el costo del abastecimiento mayorista ni el valor agregado de distribución".

Para el gobierno libertario, dicho modelo priorizó el autoabastecimiento interno para gas natural y el esquema de comprador único a través del Estado Nacional representado por Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) para electricidad, así como la dependencia de la inversión pública para la expansión del sector".

El Estado gastó cada vez más dinero por el congelamiento tarifario

Siguiendo este entramado, el artículo 1º del Decreto Nº 55/23 declaró la emergencia del Sector Energético Nacional en lo que respecta a los segmentos de generación, transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal y de transporte y distribución de gas natural, con vigencia hasta el 31 de diciembre próximo.

Entre las circunstancias que justificaron esta medida se encuentra la situación financiera del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), afectada por un sistema de retribución que para el Gobierno no refleja los costos reales de producción y una situación generalizada de deudas de agentes distribuidores con dicho mercado.

Es más, en el Decreto se estima que solo para el 2023 las transferencias de aportes del Tesoro Nacional requeridas por CAMMESA para hacer frente a ese desbalance superaron la exorbitante suma de los $ 1.400.000.000.000, con tendencia creciente debido al agravamiento de la cobranza a los distribuidores.

En ese contexto, por el artículo 2º del mismo Decreto se instruyó a la Secretaría de Energía a que elabore, ponga en vigencia e implemente un programa de acciones vinculadas a los segmentos comprendidos en la emergencia declarada.

Para el presidente Javier Milei es necesario desarmar el esquema de subsidios  creado por el kirchnerismo
Para el Javier Milei se debe desarmar el esquema de subsidios que le cuesta al Estado u$s5.000 millones por año 

El objetivo se vincula con la necesidad de establecer los mecanismos para la sanción de precios en condiciones de competencia y libre acceso, mantener en términos reales los niveles de ingresos de las prestatarias y cubrir las necesidades de inversión, para garantizar la prestación continua de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural en condiciones técnicas y económicas adecuadas para los prestadores y los usuarios de todas las categorías.

La administración que dirige el presidente Milei determina en el Decreto publicado este martes 28 de mayo que el aporte público al sector energético para mantener los precios contribuyó a profundizar los llamados déficits gemelos (fiscal y externo) que a fines del 2023 eran equivalentes a 17 puntos del Producto Bruto Interno (PBI).

La misma norma señaló la necesidad de adoptar medidas urgentes para poner fin al déficit fiscal y ordenar las cuentas públicas, a fin de revertir la situación de crisis por la que atraviesa el sector energético.

Revertir el déficit por congelamiento de tarifas, el objetivo

En este marco y de acuerdo con lo informado por la cartera que orienta el ministro Caputo, la política de subsidios generalizados y crecientes en el tiempo, implementada a través de los aportes del Tesoro Nacional, "resulta incompatible con la situación financiera por la que atraviesan las cuentas públicas, por lo cual deviene imposible el mantenimiento de tales aportes que funcionaron como un subsidio generalizado a toda la demanda de energía, según lo definido e implementado por la Administración anterior".

En este sentido, en la norma se remarca la necesidad de encarar la reversión del Balance Comercial Energético deficitario en el más breve plazo, "convirtiendo al país en un actor confiable en los mercados internacionales; que las tarifas sean obtenidas en un todo de acuerdo a lo establecido en las Leyes Nros. 24.065 y 24.076 y sus respectivas modificatorias, asegurando la sustentabilidad económico-financiera de los sectores; y que los subsidios se limiten a los sectores más vulnerables, estableciendo volúmenes máximos energéticos subsidiados".

La Secretaría de Energía analizó la situación derivada de la proliferación de regímenes de subsidios energéticos, según consta en los informes técnicos presentados en la Audiencia Pública del 29 de febrero pasado y recomendó iniciar la transición hacia un esquema de subsidios focalizados, basados en la autosuficiencia económica-financiera del sector energético, las exportaciones de gas y petróleo, la libre interacción entre oferta y demanda, y un marco de incentivos a la inversión privada en infraestructura.

Las razones de esta recomendación tienen que ver con que, siempre según el presidente Milei, los regímenes de subsidios generalizados no distinguen entre usuarios residenciales y comerciales, y benefician a quienes no necesitan tal apoyo en perjuicio de los más vulnerables, además de fomentar un consumo ineficiente y de dilapidar los recursos naturales y económicos del Estado Nacional, con emisión monetaria".

En cambio, los subsidios focalizados buscan garantizar el acceso al consumo indispensable solo a aquellos hogares que realmente lo requieran y lo necesiten, a la par que incentivan un consumo eficiente, en la medida en que el exceso al consumo indispensable se debe pagar a costo pleno, todo lo cual también redunda en eficiencias para el gasto público.

Esquemas discresionales

El Decreto también hace referencia a la existencia de regímenes considerados "híbridos" como el que se sustenta en las Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) y que para la dupla Milei-Caputo está basado en una discriminación de los usuarios por polígonos georreferenciados dentro de los cuales se asume viven individuos que no pueden afrontar el costo de sus necesidades de energía.

Si bien el mismo es de implementación más sencilla que un régimen de Canasta Básica Energética (CBE), advierten que no considera los requerimientos energéticos de cada tipo de hogar, ni las fuentes energéticas alternativas disponibles, ni la estacionalidad.

Es decir, conlleva el riesgo de convertirse en un esquema de aplicación discrecional mediante la definición política de los polígonos subsidiados, a la vez que promueve la sobre-instalación de industrias y la sobrepoblación residencial en los lugares identificados como beneficiarios.

En este sentido, la Secretaría de Energía entiende que, entre los esquemas de subsidios analizados solamente un sólo régimen como el de la Canasta Básica Energética (CBE) logrará revertir la situación de consumo ilimitado de los usuarios y del gasto del Estado que deriva de la aplicación del modelo de subsidios generalizados, "logrando así una mayor eficiencia en su asignación y una verdadera justicia distributiva".

 recomendó iniciar la transición hacia un esquema de subsidios focalizados, basados en la autosuficiencia económica-financiera del sector energético, las exportaciones de gas y petróleo, la libre interacción entre oferta y demanda, y un marco de incentivos a la inversión privada en infraestructura.
Las distribuidoras de energía no recibirán mayores fondos a partir del inicio del período de transición hacia un esquema de subsidios focalizados

Bajo esta propuesta, se aseguraría la cobertura del costo del consumo indispensable de energía a todos los hogares para los cuales el costo de esa canasta supere un determinado porcentaje de los ingresos totales de los convivientes, bajo el principio de que los usuarios son inicialmente responsables de pagar la tarifa por el servicio pleno y, sólo si no pueden, entonces el Estado los asistirá.

Además, el mecanismo garantizaría el acceso a la energía a los hogares en condiciones de vulnerabilidad, considerando su situación geográfica, los recursos energéticos disponibles, el grupo conviviente y el impacto en sus ingresos totales siempre que sus costos indispensables de energía superen el 10% de sus ingresos totales, parámetro que puede reducirse y ajustarse progresivamente a las necesidades del contexto nacional y al nivel de ingresos del hogar.

Canasta energética y correcciones

Este método, según el Decreto actual, "requiere una implementación ajustada a la realidad de los hogares y del servicio prestado en todas las jurisdicciones del país, así como una preparación de los usuarios que progresivamente migrarán del esquema de subsidios generalizados al esquema de subsidios focalizados".

Por ese motivo, se añade otra medida a la de la canasta energética como la de corregir las falencias del régimen de segmentación e implementación del Decreto Nº 332/22 al advertirse, por ejemplo, la existencia de tres regímenes de subsidios para usuarios residenciales que podrían acumularse en una misma factura: la bonificación por Tarifa Social, el cuadro tarifario correspondiente a los Niveles 2 y 3 según el Decreto Nº 332/22 y, si el usuario se encuentra en alguna de las localidades alcanzadas por la Ley Nº 27.637 de Ampliación de Zona Fría, a los que le aplican también los cuadros tarifarios con descuentos equivalentes al 50% del cuadro tarifario pleno.

Energía también detectó que los subsidios con inclusiones masivas de barrios enteros identificados por polígonos georreferenciados ha multiplicado destinatarios de la ayuda sin que la hubieren requerido y sin evaluar si efectivamente la necesitan.

Entiende en este sentido, que la segmentación tarifaria establecida en tres categorías: N1 (ingresos altos), N2 (ingresos bajos) y N3 (ingresos medios) y la aplicación de cuadros tarifarios específicos para las categorías N2 y N3 "agravaron la situación económica y de consumo".

Esto se debe a que para el segmento N2 no se contempló ningún límite al consumo subsidiado sin importar las consecuencias ambientales o económicas.

Para el segmento N3 se estableció un límite de consumo general de 400 kWh/mes, con autorización hasta 550 kWh/mes para determinadas provincias, y se fijaron límites a los volúmenes de gas subsidiados al mismo segmento.

Para Milei "resulta irrazonable e inequitativo que tales límites carezcan de aplicación al segmento N2, ya que la mayor vulnerabilidad que supone la categoría puede implicar el requerimiento de mayor sostén económico, pero no una autorización para consumir sin límite a costa del gasto público".

Recuerda además que durante la Audiencia Pública el 29 de febrero pasado se evaluó la redeterminación de la estructura de subsidios vigente a fin de asegurar a los usuarios finales el acceso al consumo básico y esencial de electricidad y gas natural, incluyendo la consideración de los subsidios destinados a quienes carecen de conexión a la red de gas natural; su incidencia sobre el precio estacional (PEST), el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) y la readecuación del esquema de subsidios previsto en el Programa de Hogares con Garrafa (HOGAR.

Así se establecieron los costos de abastecimiento de gas natural a trasladar a los usuarios finales, se aprobó la Reprogramación Trimestral de Verano Definitiva para el MEM y para el mercado eléctrico de Tierra del Fuego y se mantuvieron los subsidios para los usuarios N2 y N3 con el alcance del Decreto N° 332/22 y sus complementarias.

Transición tarifaria

A partir de todos estos hechos y hasta que se implemente un régimen de subsidios basado en una Canasta Básica Energética (CBE) que contemple las necesidades esenciales de consumo de electricidad y de gas de los hogares, para cada estación del año y según su ubicación geográfica, el Decreto considera "prudente establecer un período de transición que permita trasladar progresivamente a los usuarios los costos reales de la energía y promover la eficiencia energética, a la vez que se asegure a los usuarios residenciales el acceso al consumo indispensable de energía eléctrica y gas".

Determina también que la ayuda se limite a un volumen de energía, tanto de electricidad como de gas, "a fin de evitar consumos irresponsables y alentar la eficiencia en la administración de los recursos naturales".

Hacia un nuevo esquema

Se explica que para determinar quienes recibirán asistencia, se considerarán tanto sus declaraciones juradas como los ingresos registrados en las bases de datos oficiales.

Además se establece que el paso de un régimen generalizado de subsidios de un universo de 10 millones de hogares a uno focalizado sea realizado gradualmente a partir del 1º de junio y hasta el 30 de noviembre próximos, aunque con la posibilidad de prorrogarlo por un plazo máximo de seis meses.

En ese lapso se tratará de evitar superposiciones y no incurrir en las falencias de implementación de subsidios como las aplicadas por el kirchnerismo y de procurar su gradual convergencia con el régimen de subsidios focalizados.

En este sentido, se permitirá resolver si el pago del subsidio se realiza mediante algún mecanismo de transferencia directa a los beneficiarios o a través de las facturas de servicio.

De todos modos, la administración libertaria no abandona su propuesta inicial de aplicar un esquema que permita trasladar a los usuarios los costos reales de la energía; promover la eficiencia energética; y asegurar a los usuarios residenciales vulnerables, el acceso al consumo indispensable de energía eléctrica, gas por redes y gas envasado.

Tampoco la de dejar sin efecto los límites del impacto en las facturas que genere la corrección del componente Energía fijado como porcentaje del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año anterior.

Se explica que para determinar quienes recibirán asistencia, se considerarán tanto sus declaraciones juradas como los ingresos registrados en las bases de datos oficiales.
Luis Caputo explica que para determinar quienes recibirán asistencia, se considerarán sus declaraciones juradas y los ingresos registrados 

Se establecerán también topes a los volúmenes de consumo subsidiados en todas las categorías y segmentos residenciales, tanto para electricidad como para gas. Para establecer los volúmenes máximos subsidiables, la Autoridad de Aplicación deberá contemplar el criterio de consumo indispensable, a cuyo efecto podrá considerar la zona bioambiental en la que se ubica el consumo y la época del año. En una primera etapa, la Autoridad de Aplicación podrá extender a los usuarios del Nivel 2 los límites de consumo que ya rigen para los usuarios del Nivel 3.

Se le aplicarán a los usuarios de las categorías Nivel 2 y Nivel 3 descuentos sobre el componente Energía que se traslada a las tarifas finales correspondientes a la categoría residencial.

Se revisarán periódicamente los volúmenes de consumo máximo a subsidiar, así como los montos o porcentajes de los descuentos sobre el componente Energía, teniendo en cuenta la adquisición progresiva de hábitos de consumo eficiente por parte de los usuarios.

Se modificará la denominación y/o el criterio de segmentación de las categorías de usuarios residenciales, incluyendo la revisión de los indicadores patrimoniales de manifestación de ingresos, así como la posibilidad de su unificación para establecer una única categoría de usuarios residenciales que requieran asistencia para acceder al consumo indispensable de energía.

Se determinarán los mecanismos de compensación de los menores ingresos de las licenciatarias o concesionarias de servicios de distribución por aplicación de las bonificaciones establecidas durante la vigencia del Período de Transición.

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