• 5/11/2024

Por decreto, Nicolás Posse estará a cargo del futuro de empresas del Estado

El jefe de Gabinete será quien decida los nombres de los ejecutivos que representarán al Gobierno en cada una de las 41 sociedades con capital oficial
05/01/2024 - 16:44hs
Por decreto, Nicolás Posse estará a cargo del futuro de empresas del Estado

El futuro de las 41 empresas en las cuales el Estado tiene participación accionaria total o mayoritaria quedó bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Es decir de Nicolás Posse, quien a partir de ahora será el que controle las actividades de estas compañías y designe a los representantes y autoridades oficiales en los respectivos directorios.

Así lo estableció el Decreto 19/2024 del ente oficial que lleva las firmas del propio Posse y del presidente Javier Milei que fue publicado en el Boletín Oficial de la Nación de este viernes 12 de enero.

La norma establece los mecanismos para designar autoridades en empresas y sociedades del Estado y aclara que los postulantes deben ser propuestos por la flamante Secretaría de Empresas y Sociedades del Estado, aunque la última palabra la tendrá el propio Milei ya que en los considerandos se sostiene que "si fuera necesario el Gobierno nominará un nuevo candidato" para el cargo que se necesita cubrir.

La normativa marca que "la designación de directores o interventores de sociedades estatales, sociedades con participación estatal o cualquier otra forma empresaria donde el Estado, en uso de sus derechos de participación o representación", que deban designar autoridades, tendrán que contar "con la previa y expresa intervención de la Secretaria de Empresas y Sociedades del Estado de la Jefatura de Gabinete de Ministros".

La medida se enmarca en las disposiciones que le dieron a Posse la posibilidad de intervenir de manera previa en la designación de los directores que actuarán en representación del Estado nacional en las empresas y sociedades que operan bajo la órbita de los Ministerios y Secretarías que conforman la Administración Pública Nacional.

También tiene en cuenta que el Decreto Nº 45 del 14 de diciembre de 2023, modificó el Decreto Nº 50/19, estableciéndose dentro del Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada, en el ámbito de la Jefatura de Gabinetes a la Secretaría de Empresas y Sociedades del Estado.

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En el decreto recientemente publicado se señala que le corresponde a dicho organismo "asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la intervención previa a la señalada designación de los directores que actuarán en representación del Estado en las empresas y sociedades oficiales".

En ese marco, también establece un procedimiento para las designaciones de las máximas autoridades, interventores y directores de organismos descentralizados con la previa intervención y acuerdo del ministro Posse.

Con este objetivo, se aplicará un procedimiento para su intervención previa en la aprobación o modificación de presupuestos de gastos o inversiones, planes estratégicos, compras, contrataciones y licitaciones, así como en la solicitud de transferencias de recursos desde el Tesoro Nacional y en la aprobación o modificación de cualquier otro tipo de proceso en las sociedades estatales, sociedades con participación estatal o cualquier otra forma empresaria estatal donde el Estado tenga derechos de participación o representación.

Los ministerios o entes bajo los cuales funcionen estas empresas deberán remitir a la Secretaría de Empresas y Sociedades del Estado, para su intervención previa y con una anticipación mínima de 10 días a los postulantes, junto a la fundamentación de la designación propiciada, a la que se deberá acompañar el Curriculum Vitae del candidato y la información que resulte pertinente para acreditar la idoneidad que el caso amerita.

"Si fuera necesario, el organismo nominará un nuevo candidato", cuando los propuestos no cumplan con los requisitos necesarios y adecuados que impone en gobierno de Milei.

Del mismo modo, todas las dependencias tendrán 10 días para informar las nominaciones que ya hicieron y se encuentren vigentes y en caso de que el organismo bajo control de Posse no ratifique las designaciones informada dentro de los 20 días de comunicada, la misma será dejada sin efecto.

Las empresas del Estado, bajo "la lupa"

Las acciones a encarar en las compañías con participación estatal se encuentran enmarcadas en la bautizada "Ley de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos", que el presidente Milei envió al Congreso de la Nación su Ley ómnibus.

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Entre sus 664 artículos propone la privatización de 41 empresas estatales, alguna de ellas las más emblemáticas del país como Aerolíneas Argentinas, AySA, el Banco Nación, la Casa de la Moneda, la petrolera YPF y Ferrocarriles Argentinos, entre otras.

Del mismo modo, se suman todos los medios públicos como la agencia de noticias Télam, la TV pública, Radio Nacional, además del Correo Argentino, Fabricaciones Militares y los Puertos.

El proyecto de ley asegura que "atendiendo la necesidad de concentrar la actividad del Estado en sus funciones esenciales, se dispone la privatización de determinadas empresas públicas, en el marco de la normativa al efecto vigente de la Ley N° 23.696 de Reforma del Estado, con el fin de generar mayor competencia y eficiencia económica, reducir la carga fiscal, mejorar la calidad de los servicios, promover la inversión privada y profesionalizar la gestión de las empresas".

A su vez, se declaran "sujetas a privatización", en los términos y con los efectos de la Ley N° 23.696 de Reforma del Estado, "las empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria estatal enumeradas" que llegan a 41 empresas estatales.

También se propone la derogación del artículo 35 de la ley 24.804, que establece que "Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (Nucleoeléctrica Argentina S. A.) o la sociedad que se constituya con el objeto de ejecutar la privatización autorizada por el artículo precedente mantendrá hasta un 20 % de su capital y una acción como mínimo en poder del Estado nacional, correspondiendo su tenencia así como el ejercicio de los derechos societarios al Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos de la Nación".

La frase se refiere a la empresa generadora de energía eléctrica que administra Embalse, Atucha I y Atucha II. Además, y la norma pide derogar el artículo 37 de la misma ley que fija que el "Estado nacional tendrá una acción como mínimo con derecho a veto en las decisiones que impliquen el cierre de la actividad".

Además de las empresas ya mencionadas, también se propone privatizar la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales S.A. (ArSat); el Banco de Inversión y Comercio Exterior S.A. (BICE); Contenidos Públicos S.E.; Corredores Viales S.A.; Construcción de Viviendas para la Armada Argentina S.E; Dioxitek S.A.; Educ.Ar S.E.; Empresa Argentina de Navegación Aérea S.E. (Eana); Energía Argentina S.A; la Fábrica Arfentina de aviones "Brig. San Martín" S.A; Fabricaciones Militares S.E.; Intercargo S.A.U.; Belgrano Cargas y Logística S.A.; Yacimientos Carboniferos Fiscales Empresa del Estado y Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio (ymad), entre otras.

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