• 22/12/2024

Impiden la construcción de torres en tres barrios emblemáticos de la Ciudad: los motivos

El gobierno porteño acaba de refrendar una norma que prohíbe grandes desarrollos inmobiliarios para protección paisajística, urbanística y arquitectónica
27/09/2022 - 11:07hs
Impiden la construcción de torres en tres barrios emblemáticos de la Ciudad: los motivos

Tres importantes zonas de la Ciudad de Buenos Aires no podrán ser utilizadas por los desarrolladores inmobiliarios para proyectos de edificios de altura. Se trata de los emblemáticos barrios Parque General Belgrano (River Plate); Lomas de Nuñez y Nuevo Belgrano, pertenecientes a la Comuna 13, que tendrán desde ahora protección paisajística, urbanística y arquitectónica.

Por lo menos así surge de la Ley 6564 aprobada por la Legislatura porteña que acaba de ser refrendada por un decreto publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de este martes 27 de septiembre con la firma de Horacio Rodríguez Larreta.

La norma intenta frenar los permisos de obra que el gobierno porteño otorgó a desarrolladores inmobiliarios para levantar edificios que no se ajustan a la característica morfológica de las restantes construcciones, las cuales no superaban los nueve metros.

De hecho, se sancionó a pedido de los vecinos de ambos barrios que se canalizó mediante un proyecto de la diputada Manuela Thourte (UCR) y otros legisladores de su bancada para modificar disposiciones del Código Urbanístico que permitan preservar la identidad barrial desde lo paisajístico, patrimonial y arquitectónico.

Según los dos primeros artículos de la ley se desafectan de las condiciones de edificabilidad del artículo 6.2.5 Unidades de Sustentabilidad de Altura Baja 2 (U.S.A.B.2) del Código Urbanístico, el polígono delimitado por el eje de la calle Vedia, vías del ferrocarril Mitre, eje de la calle Vilela y eje de la calle Cuba hasta su intersección con el eje de la calle Vedia.

Además, se aprueban las normas urbanísticas del Área de Arquitectura Especial AE-31-Lomas de Núñez del Código Urbanístico para el polígono delimitado por el eje de la calle Vedia, vías del Mitre, eje de la calle Vilela y eje de la calle Cuba hasta su intersección con el eje de la calle Vedia.

Por lo menos así surge de la Ley 6564 aprobada por la Legislatura porteña que acaba de ser refrendada por un decreto publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de este martes 27 de septiembre con la firma de Horacio Rodríguez Larreta.
La zona cercana a la cancha de River Plate también estará incluida en la nueva ley para evitar que se levanten torres de más de nueve metro de altura.

En otras palabras, se establecen limitaciones de altitud para las construcciones edilicias en 94 hectáreas o manzanas de ambos barrios, donde no se podrán superar los nueve metros, además de impedimentos para levantar grandes torres, permitiéndose solamente viviendas colectivas en las parcelas superiores y mayores.

Identidad en peligro

El objetivo de la norma es permitir la edificación sustentable; conservar lo que se conoce como cota de barranca; establecer retiros de frentes de tres metros; preservar centros libres de manzana; cuidar las especies arbóreas, mantener la identidad patrimonial e histórica; prohibir publicidad en la vía pública que genera contaminación visual y el "englobamiento" de parcelas.

La decisión de proteger estos barrios fue tomada debido al incremento de la capacidad constructiva realizada por el Código Urbanístico aprobado en el 2018 que, en el caso de Núñez este va desde un 400% hasta un 1000% en algunas manzanas impulsado por la eliminación del FOT (metros cuadrados construibles por parcela) y la disminución de los pulmones de manzana.

Por eso ahora los edificios no podrán superar los nueve metros y se cataloga con Nivel de Protección Cautelar a los inmuebles ubicados en Arcos N° 4050-52 y Arcos N° 4202 – Ruiz Huidobro N° 2115-19.

Los vecinos del barrio entendieron que dichos cambios en la normativa urbanística generaron un proceso acelerado de renovación inmobiliaria que puso en peligro la identidad residencial de casas bajas de Nuñez.

Por eso denunciaron los impactos negativos del nuevo Código Urbanístico y propusieron una modificación sustancial de la normativa, además de presentar un amparo colectivo para frenar las edificaciones de altura.

La nueva norma fue impulsada a partir de los reclamos de los vecinos por el fuerte incremento de la capacidad constructiva

En el caso de Nuevo Belgrano, comprendido entre las calles Migueletes, Monroe, Ramsay, Cazadores, Mendoza, Dragones, Juramento, Húsares, Echeverría, Ramsay y Sucre, se impide la construcción de grandes torres; se preservará su característica residencial, respetando los comercios actuales pero no se autorizarán nuevos locales comerciales ni ampliaciones de los existentes.

Otros barrios alcanzados por la normativa

Del mismo modo, tomaron medidas para el barrio Parque General Manuel Belgrano, más conocido como barrio River Plate por su proximidad con el estadio de esa entidad deportiva y que se ubica entre las avenidas del Libertador; Udaondo; Figueroa Alcorta; Sáenz Valiente y las calles Sargento Romero y Monroe.

En todos los casos, existen fuertes frenos a los cambios de cara de los tres barrios a partir de ahora como en el caso de las llamadas parcelas mayores, que deberán cumplir con dos condiciones: superar los 450m2 y hasta 1.500m2 para las superficies mínimas, con un frente no menor a los 14 metros.

El el caso de las parcelas superiores debe tener una fuperficie mínima mayor a los 1.500m2 y un frente mínimo de 25 metros.

En el caso de la altura máxima de los edificios entre medianeras o perímetro semilibre es de nueve metros. Sobre esa altura, generando un volumen exento separado tres metros, se podrá alcanzar el plano límite de 17,40 metros.

Los usos del suelo comerciales, de servicios y de educación se permiten solo en las parcelas que cuenten con planos de registro en etapa de proyecto; plano de permiso de ejecución; habilitación; o autorización.

La norma también permite reformas, renovaciones y obras de mantenimiento en los locales donde funcionen las actividades existentes habilitadas o autorizadas, siempre que no impliquen ampliaciones.

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