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Un ente definirá los talles de la ropa que se vende en el país: detalles y objetivos de la normativa

Se trata de un organismo conformado por funcionarios y representantes del sector que deberá definir las medidas de la indumentaria
01/09/2021 - 10:35hs
Un ente definirá los talles de la ropa que se vende en el país: detalles y objetivos de la normativa

A fines de junio pasado, y tras más de un año y medio de recibir su sanción, el Gobierno reglamentó la Ley de Talles mediante un decreto firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas.

La norma reglamentó la Ley 27.521 de Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI) que había sido aprobada por el Congreso de la Nación a finales del 2019 pero que no comenzó a regir por la pandemia del Covid-19.

La ley tiene como uno de sus principales objetivos el de actualizar la tabla de talles para la confección y venta de ropa en Argentina pensando en que más personas puedan usar vestimentas adecuadas a las formas y dimensiones del cuerpo.

La normativa también crea un ente mixto que tendrá a su cargo las definiciones sobre las medidas de la indumentaria comprendida dentro de la Ley de Talles y que funcionará bajo la órbita de la Secretaria de Comercio Interior que dirige Paula Español.

Ese organismo acaba de ser creado bajo la Resolución 878/2021 del Ministerio de Desarrollo Productivo, que dirige Matías Kulfas y que fue publicada en el Boletín Oficial de este miércoles 1 de septiembre.

Será conocido como Consejo Técnico Consultivo del Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI), y sus integrantes serán quienes coordinen la política oficial en materia de talles y establecer medidas corporales estandarizadas, para la fabricación, confección, comercialización o importación de indumentaria destinada a la población a partir de los 12 años de edad.

Según el Artículo 2° de la resolución, los miembros del Consejo Técnico serán elegidos cada cuatro años por la Secretaría de Comercio Interior a propuesta de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo.

Como representantes del Gobierno fueron designados los titulares de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo y de la Dirección Nacional de Reglamentos Técnicos.

Crean un ente para definir los talles de la ropa que se vende en el país
Crean un ente para definir los talles de la ropa que se vende en el país

A su vez, se convocó a las cámaras sectoriales del negocio de la indumentaria; a las organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la temática; a las asociaciones de consumidores y a las autoridades de aplicación locales del Consejo Federal de Consumo (CoFeDeC), para que designen representantes en el organismo.

Todos los integrantes de este Consejo Técnico Consultivo actuarán con carácter "ad honorem" y serán elegidos por acuerdo de cada sector de la siguiente manera:

  1. Dos representantes de la autoridad de aplicación, resultando el titular de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo presidente del Consejo
  2. Un representante de las cámaras sectoriales vinculadas a la indumentaria
  3. Un representante de organizaciones de la sociedad civil
  4. Un representante de las asociaciones de consumidores
  5. Un representante de las autoridades de aplicación locales
  6. Un representante de las universidades nacionales de la carrera de Diseño de Indumentaria y Diseño Textil
  7. Un representante del Ministerio de Salud y otro del INADI y del INTI.

El organismo deberá analizar la conformación de los talles con los que tendrán que confeccionarse y venderse las diferentes prendas abarcadas por la nueva ley que serán establecidos como resultado del primer estudio antropométrico organizado para establecer las medidas corporales estandarizadas sobre las cuales se basará el SUNITI.

Evaluación territorial

El encargado del estudio será el INTI que tendrá 240 días desde la publicación de la medida en el Boletín Oficial para presentar los resultados, plazo que podrá ser prorrogado.

El estudio antropométrico se realizará sobre la base de la Norma UNE-EN ISO 15535:2012 denominada "Requisitos generales para el establecimiento de bases de datos antropométricos (ISO 15535:2012)".

El relevamiento de la morfología y las medidas de los cuerpos argentinos permitirá ajustar la tabla de talles de indumentaria a la realidad de los habitantes.

La primera etapa se completó el 17 de agosto pasado en La Plata y continúa ahora en Pilar, donde se lleva a cabo un escaneo 3D para obtener referencia del tamaño de los cuerpos en la Argentina.

El objetivo es establecer una uniformidad de talles para que los consumidores puedan tener una referencia siempre que adquieran indumentaria.

l relevamiento de la morfología y las medidas de los cuerpos argentinos permitirá ajustar la tabla de talles de indumentaria a la realidad de los habitantes.
El relevamiento permitirá ajustar la tabla de talles de indumentaria a la realidad de los habitantes.

Para confeccionar una nueva tabla de talles, las principales mediciones que se utilizarán tienen que ver con largo de brazos y piernas, distancia entre hombros, busto, cuello, cadera y cintura, entre otras. Al finalizar el estudio, cada participante se llevará un registro completo de sus medidas, registradas a través de un rápido escaneo tridimensional del cuerpo.

Hasta el momento y según información oficial, se relevó aproximadamente un 60% de la muestra nacional, con mediciones tomadas en diferentes puntos del territorio para arrojar resultados representativos de los estratos de la población definidos por género, grupo etario y región del país.

Para completar el 40% restante se medirán alrededor de 6.500 cuerpos en diferentes regiones donde se emplazará el escáner que ya fue utilizado en más de 10.000 argentinos que se ofrecieron como voluntarios para los escaneos.

Los informes se toman a través de un escáner 3D que genera una imagen virtual del cuerpo completo en un lapso de entre 10 y 15 segundos mediante 16 cámaras infrarrojas que pueden realizar hasta 400 mediciones con un solo escaneo.

El Gobierno proyecta ampliar la evaluación hasta 14.000 personas para así consolidar un esquema de talles acorde a los cuerpos reales de los argentinos, aunque también se extiende a calzado y uniformes de trabajo.

En tanto quedan excluidos la indumentaria denominada de alta costura o de diseño de autor; las prendas confeccionadas a medida y, en general, aquellas que han sido realizadas de manera personalizada a pedido de los consumidores; accesorios de vestir (corbatas, bufandas, pañuelos, medias, guantes, sombreros, entre otros) y los implementos destinados a la protección personal en tareas laborales.

En lo sucesivo, los estudios antropométricos deberán completarse en el término de un año, previo al cumplimiento del plazo establecido para la actualización del SUNITI.

A su vez, el Consejo técnico establecerá las características del etiquetado que deberá llevar la indumentaria una vez que se encuentre implementado el SUNITI, mientras que los comercializadores de indumentaria deberán exhibir e informar en forma cierta, clara y detallada la tabla de medidas corporales normalizadas establecida por el SUNITI, tanto en sus locales físicos, como en operaciones fuera de los establecimientos comerciales, a distancia y por medios electrónicos.

Según la ley de talles, el cartel de exhibición que contenga la tabla de medidas corporales deberá ser de fondo blanco y letras negras destacadas de un tamaño mínimo de 1,8 mm por carácter.

La norma también obliga a ofrecer a los clientes lo que se llama trato digno y equitativo que tendrá que ser garantizado por los proveedores de indumentaria en sus establecimientos comerciales y en las operaciones a distancia y por medios electrónicos.

Quienes hayan sufrido alguna práctica contraria podrán iniciar el reclamo correspondiente ante la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo.

Además, se establecen sanciones en caso de presuntas infracciones bajo las ya establecidas en el Título II, Capítulos XI y XII de la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240 y sus modificatorias.

Si de la instrucción sumarial surge la eventual comisión de uno de los delitos establecidos, se remitirán las actuaciones al juez o a la jueza competente y se comunicará al INADI.

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