Primeras definiciones de la Ley de Góndolas: especificaron la superficie mínima y cómo se agruparán los productos
La Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo estableció, a través de la Resolución 110/21 publicada este jueves en el Boletín Oficial, las primeras especificaciones para la implementación de la Ley de Góndolas, que tiene como objetivo brindar una mayor oferta en las grandes cadenas de supermercados y posibilitar un trato equitativo con las pymes, cooperativas y emprendimientos de la agricultura familiar.
En esta primera resolución la Secretaría de Comercio determinó la superficie mínima que deben tener los comercios alcanzados por las disposiciones establecidas por la Ley, cuáles serán los productos y cómo estarán conformadas las categorías.
Además, se estableció que la Subsecretaría de Acciones Para la Defensa de las y los Consumidores será la encargada del control y vigilancia de esta medida.
Especificaciones
Según la Resolución 110/21, la superficie mínima de venta al público que deben tener los comercios alcanzados por la Ley será de 800 m2, medidos desde la línea de cajas, y descontando los depósitos y espacios exclusivos para su personal. Con estos criterios, se apunta a que los establecimientos comerciales alcanzados por la Ley sean aquellos de formatos de comercialización medianos e hipermercados.
Asimismo, la normativa establece que serán alcanzados por la ley todos los productos alimenticios -excepto carnes, pescados y mariscos-, bebidas, productos de higiene y cuidado personal, y de limpieza del hogar. La resolución también define cómo será el agrupamiento de esos productos en categorías -o góndolas-.
En los próximos días ambos listados serán publicados en la página web de la Secretaría de Comercio Interior y serán actualizados periódicamente, de modo que puedan ser consultados libremente.
Precios cuidados
Por último, se establece que los productos que se comercialicen bajo el programa Precios Cuidados quedan excluidos de estas especificaciones y tendrán criterios particulares de exhibición que elaborará la Secretaría de Comercio Interior.
Los comercios tienen un plazo de 90 días contados a partir del 15 de diciembre -la fecha en que se reglamentó la Ley- para adaptar sus estructuras a las condiciones que se determinan en esta resolución y así cumplir con las exigencias de la Ley.
La normativa apunta a que las grandes empresas no tengan una posición dominante en supermercados, a partir de la promoción de mayor cantidad de marcas a disposición de los consumidores. Esto es también una medida para cumplir con el objetivo de controlar el precio de los productos.
La reglamentación de la normativa había sido aprobada por el Decreto 991/2020. Según precisó el propio Poder Ejecutivo, la Ley de Góndolas busca "mantener la armonía y el equilibrio" entre los operadores económicos alcanzados por la medida "con la finalidad de evitar que realicen prácticas comerciales que perjudiquen o impliquen un riesgo para la competencia u ocasionen distorsiones en el mercado".
Ley de Góndolas: ¿qué deberán cambiar los supermercados?
"La ley de góndolas busca que los precios sean claros para los consumidores y que los consumidores puedan acceder a más productos regionales o artesanales de las micro, pequeñas y medianas empresa, productos de agricultura familiar, campesina e indígena, productos de la economía popular y productos de cooperativas y mutuales" describe oficialmente el Gobierno a la Ley 27.545.
Entre otras cosas, la Ley de Góndolas establece que los comercios alcanzados deberán ofrecer al menos 5 productos de distintos grupos económicos por categoría; que la exhibición de los productos de un mismo grupo económico no debe superar el 30% de la superficie en su categoría; que se destine al menos un 25% del espacio de exhibición para productos de pequeñas y medianas empresas; y que como mínimo un 5% del es espacio de las góndolas sea para productos de empresas de agricultura familiar, campesina, indígena y de la economía popular.
Otro punto que modificará el negocio de las promociones y las prácticas de marketing es el que prohíbe a los supermercados la venta o alquiler de espacios preferenciales, tanto en los locales físicos como en los sitios online.
Asimismo, que los productos de menor valor que en la actualidad suelen ocupar lugares marginales tiene que estar colocados a "una altura equidistante entre el primer y último estante" de la góndola y en "en la primera visualización de productos de la categoría en cuestión" en las plataformas online.