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Aguinaldo diciembre 2024: qué pasa si estoy en el periodo de prueba del trabajo

Cuando un empleado o empleada está en el período de prueba en el trabajo, ¿le corresponde cobrar el medio aguinaldo?¿Qué dice la ley al respecto?
Por PK
MANAGEMENT - 18 de Diciembre, 2024

Todos los trabajadores registrados en la Argentina, así como los jubilados y pensionados, tienen derecho a cobrar el aguinaldo. Esto es así incluso para los que se encuentran en el período de prueba por haber ingresado hace poco tiempo a un nuevo trabajo. 

El perídoo de prueba es algo que está en discusión actualmente, ya que el gobierno nacional mediante la "Ley de Bases y Punto de Partida para la Libertad de los Argentinos" aprobada en julio de este año, extendió dicho período de tres a seis meses o más.

Entonces, el aguinaldo también deberá ser pagado a los empleados que estén bajo ese período de prueba previo a ser efectivizados. 

Qué cambió del período de prueba en el trabajo

La Ley de Bases (N°27.742) se publicó el 8 de julio en el Boletín Oficial de la Nación Argentina. Por eso, los cambios que estableció para la Ley de Contrato de Trabajo (N°20.774) se volvieron vigentes a partir del 9 de julio último. 

Entre esos cambios, en el capítulo de Modernización Laboral, apartado iid, consigna lo siguiente sobre el período de prueba: 

  • La Ley Bases introduce cambios al período de prueba de la relación laboral previsto en el art. 92 bis LCT. El nuevo texto legal establece un período de prueba de 6 meses, el que podrá ampliarse a 8 meses en empresas de 6 a 100 empleados, y a 12 meses en empresas con hasta 5 empleados.
  • La Ley Bases aclara que este período será aplicable también a los casos de trabajo agrario. Se contempla además que el empleador no podrá contratar al mismo empleado más de una vez utilizando el período de prueba, ya que en caso de hacerlo se considerará que el empleador ha renunciado al período de prueba.

En ese marco, una persona podrá estar hasta un año trabajando para la misma compañía sin ser empleado efectivo. Entonces, ¿le corresponde cobrar aguinaldo? 

La respuesta es si, porque la únic diferencia que hace al período de prueba es que es un plazo en el que cualquiera de las partes podrá extinguir la relación laboral sin expresión de causa y sin derecho a indemnización con motivo de la extinción. Es decir, no se genera el vínculo de la relación de dependencia. Esa es la única diferencia respecto del trabajo efectivo, no el pago del aguinaldo u otros beneficios. 

¿Qué dice la Ley de Bases sobre el aguinaldo en período de prueba?

Esta Ley de bases no modifica la normativa respecto del pago de aguinaldo y las fechas en las que corresponde que los empleadores lo abonen. Por el contrario, deja bien en claro que el trabajador a prueba cuenta con los mismos beneficios y cobertura de seguridad social que el trabajador registrado en relación de dependencia. 

"Las partes tienen los derechos y las obligaciones propias de la relación laboral, con las excepciones que se establecen en este artículo. Tal reconocimiento respecto del trabajador incluye los derechos sindicales", indica el texto. También dice que las partes están obligadas al pago de los aportes y contribuciones a la seguridad social, con los beneficios establecidos en cada caso.

"El trabajador tiene derecho, durante el período de prueba, a las prestaciones por accidente o enfermedad del trabajo. También por accidentes o enfermedades inculpables, que perdurará exclusivamente hasta la finalización del período de prueba si el empleador rescindiere el contrato de trabajo durante ese lapso," añade. Y luego determina que el período de prueba se computará como tiempo de servicio a todos los efectos laborales y de la seguridad social, y que el empleador deberá registrar al trabajador desde la fecha de inicio de la relación; caso contrario, se considerará que ha renunciado al período de prueba.

Por lo tanto, el empleador tendrá también la obligación de pagar el aguinaldo 2024 a los empleados que estén en período de prueba, así como lo hace con sus empleados ya efectivizados. 

Cómo calcular el proporcional de aguinaldo

Puede ocurrir que, como se trata de un trabajador relativamente nuevo en la empresa, a la persona que está en período de prueba no se le pague el aguinaldo completo sino el proporcional de tiempo efectivamente trabajado.

Es decir, el aguinaldo es un sueldo anual complementario (SAC) que se paga mitad en julio y mitad en diciembre de cada año. Cada una de esas mitades corresponde al 50% de la mejor remuneración devengada al empleado en cuestión en los últimos seis meses antes del pago.

Si éste no trabajó ya seis meses a prueba en la compañía, cobrará un proporcional del aguinaldo que se corresponda con el tiempo que lleva en la empresa. El monto se calcula con la siguiente fórmula: 

  • (salario / 12) x cantidad de meses trabajados.

Otro tema a definir para el pago de aguinaldo va más allá de los meses trabajados en período de prueba, y tiene que ver con los ítems del sueldo que son remunerativos y que cuentan para ese cálculo. Es posible que algunos beneficios y sumas no remunerativas logradas por el sindicato en paritarias no computen para el aguinaldo y sean no remunerativas. 

El aguinaldo proporcional lo cobran todos los trabajadores en relación de dependencia formales, es decir, que estén "en blanco" en el sector público o privado con contratos a tiempo indeterminado y no eventuales. Esto incluye a quenes están en período de prueba. También cobran aguinaldo los jubilados y pensionados, y las personas que se desempeñan en regímenes especiales de trabajo, como los trabajadores rurales y el personal de casas particulares. 

Los que no cobran aguinaldo ni pueden reclamarlo son los que trabajan bajo esquemas informales o están registrados como independientes o autónomos. En esos casos, los trabajadores dependerán de la buena voluntad del empleador, si éste desea o no abonar una suma como una suerte de aguinaldo en junio y diciembre. 

Fuera de esos casos, todos los trabajadores registrados en el sistema de seguridad social, así se encuentren transitando el período de prueba, tienen derecho a percibir su aguinaldo correspondiente y los empleadores la obligación de disponer de los recursos para pagarlos. 

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