SALARIO

El Gobierno convocó a debatir el Salario Mínimo, Vital y Móvil para 2025

El 19 de diciembre será la reunión donde empresarios y gremialistas definirán una actualización del Salario Mínimo, Vital y Móvil
MANAGEMENT - 06 de Diciembre, 2024

La Secretaría de Trabajo del gobierno de Javier Milei convocó para el 19 de diciembre a una sesión del Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil para fijar una actualización de los ingresos de empleados así como los montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo.

La reunión será presidida por Alexandra Biasutti, designada recientemente como Presidenta Alterna del Consejo y de la Comisión del Salario Mínimo, Vital y Móvil. El plenario tendrá lugar de forma virtual a las 16:30, con una posible segunda convocatoria a las 18:00 en caso de no alcanzar el quórum en la primera instancia.

De cuánto es el salario mínimo

Según la última resolución tomada en el Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil, vigente desde el 1 de octubre de 2024, el salario mínimo para trabajadores mensualizados con jornada completa se estableció en $271.571,22 por mes, mientras que el pago para los trabajadores jornalizados se fijó en $1.357,86 por hora.

En el orden del día del 19 de diciembre se incluirá la designación de dos consejeros por sector para firmar el acta y la consideración de las propuestas elevadas por la Comisión del Salario Mínimo, la cual sesionará previamente el mismo día a las 14:30.

Entre los temas a tratar, destacan las modificaciones necesarias para cumplir con lo establecido en la Ley de Contrato de Trabajo y la Ley de Empleo, que establecen al Salario Mínimo como herramienta clave para garantizar condiciones laborales dignas y equitativas.

De acuerdo al artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo (N° 20.744), el Salario Mínimo, Vital y Móvil es definido como "la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión".

A a vez, este sueldo básico es utilizado como referencia para los montos que se abonan por asignaciones sociales, así como en el cálculo de las contribuciones de los miembros asociados al capital social de una cooperativa.

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