Empleada doméstica: cuándo se paga el aguinaldo de fin de año
La empleada doméstica tiene el mismo derecho de todos los trabajadores a cobrar aguinaldo, y por tanto en diciembre le corresponde recibir el medio Salario Anual Complementario o SAC.
Claro que se trata de las empleadas domésticas que tienen su vínculo laboral registrado. Aquellas que no están regularizadas ante la entidad de seguridad social (ANSES) y fiscal (ARCA/exAFIP) no tienen garantizado el cobro del aguinaldo, y en todo caso dependerá de la voluntad de su empleador o el acuerdo al que hayan llegado.
Muchos empleadores que no cumplen con la ley y tienen de manera informal una empleada doméstica, de todas maneras cumplen con las buenas prácticas de abonarle el medio aguinaldo en tiempo y forma.
Por otra parte, muchas personas piensan que porque la empleada doméstica está registrada pero bajo el Régimen de Trabajo en Casas Particulares, no le corresponde cobrar el aguinaldo. Pero esto es un error. El aguinaldo es un salario extra por año, que cobran en dos pagos -uno en junio, el otro en diciembre- los trabajadores registrados que se desempeñan en el sector público o privado, las empleadas domésticas y el personal de casas particulares, los jubilados y pensionados.
Solo quedan por fuera del pago del aguinaldo las personas que se desempeñan de manera independiente (monotributistas) o autónoma. Pero las empleadas domésticas que están regularizadas si reciben aguinaldo, vacaciones, licencia por maternidad, y todos los beneficios laborales que corresponden a las leyes en la Argentina.
No hay motivo por el cual no se le deba abonar el medio aguinaldo de diciembre 2024 a la empleada doméstica en Argentina, sin importar si trabaja con o sin retiro del hogar en el que presta servicio, o si se desempeña por horas o está mensualizada. Siempre le corresponde percibir el aguinaldo.
Cómo se calcula el aguinaldo de la empleada doméstica
El cálculo para el aguinaldo de la empleada doméstica se realiza con la misma cuenta que se hace para los trabajadores de otras actividades.
El aguinaldo de una empleada doméstica se calcula tomando el 50% del mejor sueldo del semestre en junio y en diciembre. En conjunto, los dos medios aguinaldos conformarán el Salario Anual Complementario.
Cada medio aguinaldo de la empleada doméstica será el 50% de la mejor remuneración percibida en los 6 meses anteriores al pago del SAC.
Según aclaró el ARCA, si la empleada doméstica prestó servicios al actual empleador por un período menor a seis meses, se le debe pagar un proporcional del aguinaldo, al igual que lo indica la Ley de Contrato de trabajo. Por ejemplo, si solo trabajó 4 de los últimos 6 meses, corresponderá abonarle como SAC el 66,67% (4 meses / 6 meses) del 50% del mejor sueldo de los últimos 4 meses.
Una forma más fácil de calcular ese porcentual del aguinaldo es tomar la mejor remuneración que tuvo en el período de servicio menor a 6 meses la empleada doméstica, dividirlo por 12 y luego multiplicar el resultado por la cantidad de meses trabajados efectivamente. El resultado será el porcentaje de aquella mejor compensación que se debe abonar como aguinaldo.
Ahora bien, se dice que el aguinaldo de la empleada doméstica es el 50% de la mejor remuneración, pero para determinar cuál fue esa compensación -así se desempeñe por horas o esté mensualizada- es necesario saber qué ítems entran en el pago y cuáles son.
Según la Unión de Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP), para el cálculo de aguinaldo entran los ítems de salario básico, los adicionales -en el caso de la empleada doméstica, el pago de víaticos, por ejemplo- y las remuneraciones en especie, como prestaciones por habitación.
También hay cuestiones que pueden descontar del aguinaldo, como por ejemplo, cuando la prestación de tareas de la empleada doméstica sufrió suspensiones no merecedoras de remuneración. Por ejemplo, la licencia por maternidad, ya que es ANSES la que abona el sueldo durante la licencia. Estos períodos no se computan como trabajados para el cálculo del aguinaldo, que se debe estimar de manera proporcional al tiempo trabajado. Sin embargo, sí se toman en cuenta aquellos períodos del semestre que fueron remunerados por el empleador, por ejemplo: vacaciones, licencias por enfermedad y otras licencias legales pagas.
Cuándo se paga el aguinaldo de la empleada doméstica
Nuevamente, a la empleada doméstica se le debe pagar el aguinaldo en los mismos plazos y términos que establece para todos los trabajadores la Ley de Contrato de Trabajo.
En el caso de diciembre, la legislación laboral argentina determina que el aguinaldo debe abonarse a más tardar el 18 de diciembre. Este plazo se pensó para que las trabajadoras cuenten con el dinero en su bolsillo a la hora de hacer frente a los gastos típicos de las Fiestas de Fin de Año.
Esto es diferente para el medio aguinaldo de junio, que se puede pagar hasta el día 30 de ese mes, siendo siempre el 50% de la mejor remuneración percibida por la empleada doméstica en los seis meses inmediatamente anteriores.
No obstante, los empleadores tienen cuatro días hábiles más de gracia para hacer frente a esa obligación, sin que pueda mediar ningún reclamo, multa o sanción por no haber pagado antes de esa fecha.
Por lo tanto, en el caso de diciembre de 2024, el límite es el miércoles 18 de diciembre, pero no habrá ningún problema si pagan el aguinaldo hasta el martes 24 de diciembre inclusive, el día de la Nochebuena.
Otro dato no menor es el recibo que el empleador debe proporcionar a la empleada doméstica cuando le paga cada medio aguinaldo. Si el aguinaldo se abona el último día laboral del mes, como es el caso del SAC de junio, se puede incluir con el sueldo y entregar todo en un mismo comprobante de pago. Si se paga por separado, se puede entregar un recibo de sueldo individual y otro por el del aguinaldo.
Los empleadores que se atengan a estos plazos y cálculos podrán pagar correctamente el aguinaldo de su empleada doméstica cuando llegue el momento de hacerlo en diciembre de 2024.