• 23/12/2024

Posibles reformas jubilatorias: ¿cómo deberían implementarse los cambios?

El potencial cambio de la fórmula de movilidad jubilatoria o su periodicidad plantea una serie de interrogantes. Qué aconseja la experta de Mercer
26/12/2023 - 08:01hs
Posibles reformas jubilatorias: ¿cómo deberían implementarse los cambios?

En las últimas semanas han circulado diversos rumores en torno a la implementación de una reforma jubilatoria en Argentina. Hasta el momento, estas informaciones son meras especulaciones y carecen de bases concretas, ya que no se han presentado proyectos de ley ni decretos al respecto.

La incertidumbre en torno a posibles cambios en el sistema previsional ha generado debate y preocupación entre nuestros clientes. Ante esta situación, consideramos que es crucial mantenerse informado y analizar con cautela cualquier novedad que surja al respecto, por lo que realizamos un breve resumen de los principales temas que se plantean.

Jubilaciones Existentes

Las jubilaciones existentes no pueden ser quitadas o eliminadas, ya que son un derecho adquirido. Sin embargo, los sucesivos aumentos o la frecuencia de estos pueden sufrir modificaciones, lo cual será explicado en el apartado de "Movilidad Jubilatoria".

Jubilaciones y Pensiones Futuras

Hasta la fecha, no se han presentado proyectos de ley que evalúen la modificación de los requisitos para acceder a los beneficios jubilatorios.

Por lo tanto, actualmente es necesario acreditar como mínimo 30 años de servicios con aporte, y tener 60 años de edad las mujeres y 65 años de edad los hombres.

Cualquier cambio hipotético en este sentido debería realizarse mediante ley y, siguiendo el ejemplo de reformas anteriores, debería implementarse de manera gradual.

Jubilaciones: qué puede modificar el Gobierno por DNU
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Se menciona también la posibilidad de cambiar la fórmula de cálculo del haber inicial. Es decir, que las nuevas jubilaciones y pensiones se calcularían de una forma distinta a las actuales.

Movilidad Jubilatoria

La movilidad jubilatoria está garantizada por el artículo 14bis de la Constitución Nacional, que establece que las jubilaciones deben ser móviles. Esto significa que siempre debe haber ajustes en los montos de las jubilaciones.

Sin embargo, la periodicidad o la fórmula de la movilidad jubilatoria podría modificarse o suspenderse, como ya ha sucedido en el pasado (entre 2004 y 2009, y en 2020), y fue otorgada mediante decretos.

Cualquier modificación en la movilidad jubilatoria debería realizarse mediante ley. En el pasado, se han promulgado varias leyes al respecto, como la ley 26417 (2009), la ley 27426 (2018) y la ley actual 27609 (2021).

Según lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, no existe un derecho adquirido a mantener una fórmula específica de movilidad, pero cualquier modificación no puede afectar los derechos ya adquiridos ni ser retroactiva. Además, no debe ser confiscatoria para no ser inconstitucional.

Moratorias Previsionales

Las moratorias previsionales son instrumentos que permiten regularizar períodos de aportes faltantes, y así poder completar los 30 años de servicios requeridos para poder acceder a un beneficio previsional.

Actualmente existen dos moratorias previsionales vigentes, las cuales podrían ser derogadas por ley sin afectar a los jubilados actuales ni a aquellos que tienen planes en curso.

Qué moratorias están vigentes para acceder a la jubilación
Qué moratorias están vigentes para acceder a la jubilación

La ley 24476 establece una moratoria de carácter permanente, es decir, que no tiene fecha de vencimiento. Por otro lado, la ley 27705 vence en 2025, por lo cual no sería necesaria su derogación, aunque podría ser prorrogada su vigencia.

Regímenes especiales

Los regímenes especiales son aquellos que otorgan ciertas prerrogativas a determinadas actividades o trabajadores para acceder a beneficios previsionales. Algunos ejemplos son los docentes, investigadores, docentes universitarios y miembros del poder judicial, entre otros.

Estos regímenes podrían modificarse o derogarse por ley sin afectar a los jubilados actuales. En algunos casos puntuales, como el caso de Luz y Fuerza o los docentes, podrían ser modificados o derogados mediante resoluciones o decretos, siempre y cuando se evalúe su constitucionalidad.

Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU)

Se ha hablado mucho sobre la posibilidad de que todos estos cambios se realicen mediante Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU). Los DNU son una especie de norma que, aunque es sancionada únicamente por el Poder Ejecutivo, tiene validez de ley. Una vez promulgado un DNU, el Congreso tiene la facultad de analizarlo y determinar si continúa vigente o no. Este tipo de legislación está contemplado en el artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional.

Sin embargo, los DNU deben dictarse solo en situaciones excepcionales, cuando resulta imposible seguir los trámites para sancionar leyes a través del Congreso.

Además, no pueden dictarse decretos que legislen sobre materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos.

Por lo tanto, la respuesta es sí, las reformas podrían llevarse a cabo mediante DNU, pero posteriormente deberán ser analizadas por el Congreso para su validez, ya que de lo contrario quedarían sin efecto.

Recomendaciones de Mercer

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Mercer y el Instituto CFA han lanzado por 15º año consecutivo el Mercer CFA Institute Global Pension Index (MCGPI). Según este índice, Argentina se encuentra en la última posición del ranking (47/47), habiendo descendido con respecto al año anterior. El país obtiene una calificación D, lo que significa que el sistema previsional argentino presenta algunas características deseables, pero también importantes deficiencias u omisiones que deben ser subsanadas.

Sin las mejoras necesarias, la eficacia y sostenibilidad del sistema son dudosas. Al analizar los subíndices, se destaca que, en cuanto a la integridad, Argentina se encuentra en la posición 45, lo que resalta la importancia de mejorar la confianza en el sistema jubilatorio.

Esto pone de manifiesto la necesidad imperante de llevar a cabo reformas legales y regulatorias para mejorar la integridad del sistema de pensiones y garantizar que los fondos se utilicen de manera adecuada y transparente.

Actualmente, el sistema previsional argentino ha experimentado una transformación, pasando de un sistema basado en aportes y requisitos para acceder a prestaciones, a un sistema asistencial de subsidios. Según datos del Ministerio de Trabajo hasta diciembre de 2022, el 61,39% de los beneficiarios de jubilaciones y pensiones provienen de moratorias, mientras que solo el 38,61% ha aportado para obtener una jubilación. Si se excluyen las pensiones, solo el 34,56% correspondería a jubilaciones que cumplieron con los requisitos de edad y aportes.

Sin embargo, al igual que en el resto del mundo, el principal desafío radica en la sostenibilidad del sistema. Argentina se encuentra en la posición 43 en este aspecto, lo que refleja un desafío persistente para garantizar que el sistema jubilatorio actual perdure en el tiempo. El envejecimiento de la población argentina ejerce presión sobre el sistema, ya que cada vez hay más jubilados en relación con la población activa.

Además, el sistema de pensiones enfrenta desafíos financieros debido a la falta de contribuciones suficientes para mantener el pago de beneficios a largo plazo.

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En términos de adecuación, Argentina se encuentra en la posición 34, lo que señala la necesidad de fortalecer el sistema para asegurar que los jubilados tengan acceso a ingresos adecuados. Las jubilaciones, en proporción al salario promedio, suelen ser bajas, lo que afecta la capacidad de los jubilados para mantener su nivel de vid previo a la jubilación.

Es imperativo recordar que, hasta que no se emitan sanciones y se publiquen oficialmente las modificaciones, cualquier información al respecto debe ser considerada como provisional. La prudencia y la paciencia se vuelven virtudes esenciales en estos momentos, ya que solo a través de la confirmación oficial podremos comprender el alcance real de cualquier ajuste en el sistema jubilatorio.

La sociedad debe permanecer alerta a los comunicados oficiales y a las fuentes confiables para obtener información precisa y veraz. La espera de sanciones efectivas proporcionará la claridad necesaria para comprender las implicaciones concretas de cualquier cambio en el marco previsional.

En conclusión, mientras persistan las especulaciones, es fundamental abstenerse de tomar decisiones precipitadas y mantener una actitud vigilante ante los desarrollos futuros.

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