Ley argentina: qué pasa si hay un feriado en mis vacaciones
A más de una persona le ha ocurrido, pedir los días en el trabajo, comprar los pasajes, organizar todo, solo para luego darse cuenta de que hay un feriado en sus vacaciones.
¿Significa eso que pierde la persona su día de descanso?¿O es que ese día no se descontará de su período de vacaciones?¿Cómo cuenta entonces un feriado en medio de mis vacaciones en Argentina?
La Ley de Contrato de Trabajo (N° 20.744) es la que determina qué pasa cuando un feriado cae en medio de las vacaciones de una persona en la Argentina. A continuación, las respuestas a todas esas preguntas.
¿Qué pasa si un feriado cae dentro de las vacaciones?
Si hay un feriado dentro de las vacaciones que pide un trabajador o trabajadora en la Argentina, el mismo queda subsumido al período vacacional. Es decir, se descuenta de todas maneras de los días de licencia anual, como ocurre con los francos o días del fin de semana.
Es, además, un feriado en el que no se prestarán tareas, debido a estar en medio de las vacaciones, y por lo tanto el día se abonará como jornada simple. Por eso los trabajadores y trabajadoras tratan de tomarse las vacaciones sin días feriado en medio del período.
No obstante, las vacaciones no pueden iniciar en un día feriado. Por la Ley de Contrato de Trabajo, tienen que sí o sí hacerlo en día laboral. El texto dice que las vacaciones deben iniciar en un día lunes, o en el caso de que esa fecha fuese feriado, al primer día hábil siguiente.
Esto es así porque es necesario tomar las vacaciones en días corridos y eso quiere decir que no se cuentan solo los días hábiles, salvo que el convenio colectivo de la actividad en cuestión determine algo diferente.
En términos simples, para el trabajador o trabajadora esto significa que la Ley le pide iniciar sus vacaciones en un día lunes o primer día hábil del año -salvo que la jornada tradicional del empleado o empleada sea en días inhábiles- y retomar el trabajo también un día lunes. De esta manera, el período vacacional incluirá en los días de goce de la licencia tanto los fines de semana como días no laborales o feriados.
¿Cómo se cuentan los festivos en las vacaciones?
Como mencionamos, si el día festivo cae dentro del período de vacaciones, se cuenta como un día de licencia más.
Las diferencias por los feriados en vacaciones es que:
- No se puede iniciar el período vacacional en un día feriado
- En el caso de que el empleado o empleada preste tareas regularmente los feriados y en ese caso se encuentre de vacaciones, por ese feriado que en realidad no trabajó cobrará jornada simple y no doble, como si hubiese prestado tareas.
¿Cuándo se puede interrumpir las vacaciones?
Como la licencia anual o vacaciones es un derecho irrenunciable por ley, destinado a lograr la recuperación psicofísica del trabajador o trabajadora con la fatiga que origina el trabajo, es posible suspender el período de vacaciones otorgado por enfermedad inculpable.
En aquellos casos en que el trabajador se encuentre gozando de su licencia anual por vacaciones cuando apareciera una enfermedad inculpable, se puede interrumpir un período vacacional hasta tanto el trabajador se encuentre en condiciones de salud para realizar sus tareas habituales. Recién con el alta médica, la licencia por vacaciones se reanudará hasta completar el tiempo que le restaba gozar antes de que apareciera la enfermedad.
Esto es así porque el derecho de vacaciones es irrenunciable y se entiende que la persona afectada por una enfermedad inculpable no habría alcanzado en el periodo solicitado de vacaciones lograr la recuperación psicofísica vinculada con la fatiga que origina el trabajo.
Para que esto se haga efectivo, el trabajador que se encontraba de vacaciones y contrae una enfermedad inculpable deberá notificar al empleador indicando además el lugar en el que se encuentra a fin de que éste pueda, en caso de considerarlo necesario, ejercer sus facultades de control y constatar la enfermedad.
¿Qué son las enfemedades inculpables? Son aquellas no generadas por causas vinculadas al trabajo -por ejemplo, las virales, anginas, altas fiebres, etc.-que le hubieran impedido al empleado o empleada continuar prestando tareas normalmente en su trabajo en el caso de no haber estado de vacaciones.
Hay también convenios colectivos de trabajo que tienen indicaciones sobre cuándo se puede interrumpir las vacaciones, aunque ninguno de ellos tiene que ver con tener un día feriado en medio del período de descanso.
En el caso de Suteba, por ejemplo, el acuerdo paritario de 2009 habilitó a que "la licencia anual obligatoria o vacaciones podrá interrumpirse por enfermedad de largo tratamiento, enfermedad crónica, maternidad y/o duelo, debiendo usufructuarse inmediatamente cesada la causa de su interrupción".
¿Qué dice la ley 20.744 sobre las vacaciones?
Según la Ley de Contrato de Trabajo, ley n° 20.744, el empleador debe otorgar las vacaciones a sus empleados registrados entre el 1° de octubre de un año y el 30 de abril del año siguiente. Y debe garantizarle cad 3 años como mínimo que pueda tomar su descanso en período estival. Asimismo, la mencionada normativa establece el pago de un plus vacacional.
Sobre los feriados en las vacaciones, lo único que determina la ley es que no se puede iniciar el período vacacional en feriado, sino que tienen que comenzar el día lunes o el primer día hábil después de éste en el caso de que ese lunes sea día festivo.
Además, como establece que las vacaciones se gocen en días corridos, también determina que en caso de caer en el período vacacional un día feriado o no laborable, queda subsumido al período vacacional. Se descuenta igual de los días de vacaciones como si fuera una jornada regular, y consecuentemente también se paga como jornada simple ese día.