¿Cómo se deben pagar las vacaciones?: el cálculo
El tiempo de descanso de los trabajadores es un derecho regulado por la Ley de Contrato de Trabajo. Pero no todos saben cómo les deben pagar las vacaciones.
Las vacaciones pagas están reguladas por la ley para los empleados en relación de dependencia registrados en el sistema de Seguridad Social argentino. No necesariamente los empleadores que tienen empleados informales se manejan de la misma forma, pero la mayoría toma como referencia la mencionada Ley N°20.774 para saber cómo debe pagar las vacaciones.
Por eso no está demás que no solo los responsables de Recursos Humanos sino todos los trabajadores aprendan cómo calcular y cómo se deben pagar las vacaciones.
En el siguiente artículo se detalla qué dice la Ley de Contrato de Trabajo y cuál es la fórmula para calcular cuánto pagar por vacaciones a los colaboradores.
¿Cómo se calcula el pago de las vacaciones?
En la Argentina se deben pagar las vacaciones a los empleados así ellos se tomen los días de descanso o no. De hecho, las indemnizaciones incluyen también el pago de días de vacaciones no gozadas.
Lo que dice la normativa laboral en la Argentina es que cada empleado tiene una determinada cantidad de días de vacaciones pagas, que no se descuentan de su ingreso mensual.
¿Cuántos días de vacaciones tienen los trabajadores? De acuerdo a la ley, esto depende de dos factores:
- La cantidad de jornadas en las que prestó tareas el empleado o empleada
- La antigüedad o cantidad de años que lleva desempeñándose para el mismo empleador.
Entonces, para que alguien sepa cuánto le deben pagar por vacaciones como empleado en relación de dependencia en la Argentina, debe primero conocer esos dos datos: cuánto tiempo lleva trabajando en su actual empresa y cuántas jornadas de trabajo realizó.
En ese marco, lo que dice la Ley de Contrato de Trabajo es que si una persona lleva menos de 6 meses trabajando en blanco en una misma empresa, ya le corresponde un día de vacaciones pagas por cada 20 jornadas trabajadas.
A partir de los 6 meses de antigüedad en una empresa, y hasta cumplir los primeros 5 años, al empleado o empleada se le deberán pagar las vacaciones contabilizando 14 días corridos al año. Es decir, el empleador deberá abonar el pago de las dos semanas de vacaciones durante cada año hasta los 5 años de antigüedad del colaborador, se pida o no el tiempo de descanso.
A partir de los 5 años de antigüedad, a la persona le corresponden 21 días al año de vacaciones pagas, hasta los 10 años. Entonces, el empleador debe pagar las vacaciones por 28 días corridos, hasta que se cumplen 20 años de antigüedad.
A las personas que llegan a cumplir 20 años de trabajo con un mismo empleador o empresa, les corresponden 35 días corridos al año de vacaciones, según la Ley de Contrato de trabajo. Vale la pena mencionar en este punto que hay convenios colectivos de trabajo en la Argentina que disponen otro esquema para las vacaciones, con mejores condiciones para los empleados. En esos casos, aplica lo que se determina en el contrato colectivo.
Además de no descontarse del sueldo los días que las personas se toman de descanso legalmente, la ley indica que el empleador debe pagar las vacaciones de los trabajadores con una suma extra que se calcula con una fórmula, que detallaremos a continuación.
¿Cómo es el pago de las vacaciones en Argentina?
Los empleadores en la Argentina deben abonar un plus por los días de descanso a los empleados y empleadas registradas en relación de dependencia.
Ese plus se debe pagar antes de que la persona tome sus días de vacaciones. ¿Pero cómo se calcula ese monto para pagar las vacaciones?
La fórmula para pagar las vacaciones de trabajadores mensualizados en relación de dependencia es la siguiente: se divide por 25 el importe del sueldo que perciba en el momento del otorgamiento de las vacaciones y ese resultado multiplicarlo por la cantidad de días que tiene de descanso.
¿Cuándo comienzan a correr los días de vacaciones que le corresponden a las personas que trabajan en blanco? Según la Ley de Contrato de Trabajo, el empleador debe otorgar las vacaciones a sus empleados registrados dentro del período comprendido entre el 1° de octubre de un año y el 30 de abril del año siguiente.
No en todas las empresas los días de vacaciones se pueden gozar en cualquier momento del año, si bien muchas son flexibles en cuanto a esta cuestión. En ese marco, cuando la decisión sobre el momento la toma la empresa, el empleador tiene que comunicar por escrito al trabajador la fecha de inicio de sus vacaciones, con una anticipación de 45 días, y tiene la obligación de "otorgamiento por lo menos cada 3 años de un período en época estival".
Y siempre se deberían pagar las vacaciones antes de que inicie ese período de descanso. En el caso de las vacaciones no gozadas en el período correspondiente, a más tardar las empresas suelen pagar las vacaciones por el año previo a los empleados en abril.
Las vacaciones son, además, un derecho irrenunciable que el empleado o empleda no puede renunciar o canjear por un monto de dinero o indemnización.
Como se trata de días corridos y no hábiles -es decir, incluye los fines de semana- siempre el período de vacaciones debe comenzar en día lunes o el siguiente hábil si aquél fuese feriado.
En el caso de que se tratase de trabajadores que prestan servicios en días inhábiles, las vacaciones deberán comenzar al día siguiente a aquél en que el trabajador gozare del descanso semanal o el subsiguiente hábil si aquél fuese feriado. Esta es una regla muy útil por ejemplo para los trabajadores del rubro de Comercio, que en muchas ocasiones prestan tareas regularmente en días feriados o del fin de semana.