Cómo registrar una empleada doméstica por hora
El rubro de empleada doméstica tiene su propio régimen de trabajo en la Argentina y corresponde registrar en la autoridad fiscal el vínculo laboral incluso si la persona trabaja pocas horas a la semana en el domicilio.
Muchas personas obvian el hecho de que deben registrar a la empleada doméstica que trabaja en sus casas debido a que no se trata de un empleo full time. Pero esto no es correcto.
El Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares se rige por la Ley nacional 26.844, que fue promulgada en 2013. Regula la situación laboral de personas que se desempeñan como empleada doméstica de acuerdo a su categoría de trabajo y a si es bajo modalidad mensualizada o por hora.
Por eso no solo es posible sino que corresponde registrar en la Administración de Ingresos Públicos a la empleada doméstica que trabaja por hora.
¿Cuánto cuesta dar de alta a una empleada de hogar por horas?
Independientemente de si la empleada doméstica cobra por mes o por hora, es obligación del empleador registrar la relación laboral en AFIP. El trámite es online y gratuito.
Pero sí es cierto que el trámite de registrar a la empleada doméstica requiere que el empleador pague por adelantado la cobertura de riesgos del trabajo o ART de la persona a registrar. El costo, entonces, dependerá de la empresa proveedora del servicio que se elija.
La primer cuota de ART se paga por adelantado, es una cuota mensual. Por lo tanto, las subsiguientes cuotas se realizan junto con el pago de aportes y contribuciones mensuales por la empleada doméstica. Ambas cifras dependen de la cantidad de horas que trabaje la persona en el domicilio correspondiente.
En caso de que el empleador no opte por una ART al comienzo de la relación laboral, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo le asignará una.
Más allá del costo de registrar a la empleada doméstica y elegir la empresa de ART, el empleador debe tener también clave fiscal nivel 2 o superior para operar en el sistema online de AFIP. Si no cuenta con ella, puede pedirla gratuitamente mediante la web de la entidad.
Y el sistema para registrar a la empleada doméstica también le requerirá los siguientes datos de la persona para darle de alta a la relación laboral:
- N° de CUIL.
- Nombre y apellido.
- Fecha de nacimiento.
- Domicilio real.
- Obra social
- Si es una persona jubilada.
- CBU (en caso de ya estar bancarizada).
- Número telefónico.
- Correo electrónico.
Con estos datos y con los pasos anteriores cumplimentados, el empleador o empleadora se encuentran en condiciones de realizar el trámite gratuito para registrar a la empleada doméstica en AFIP.
Paso a paso para registrar a la empleada doméstica en AFIP
1. Ingresar en la web de AFIP con la clave fiscal correspondiente.
2. En el área de relaciones laborales, ingresar el número de CUIL de la empleada doméstica y hacer click en el botón "Buscar". El sistema mostrará automáticamente, en la siguiente pantalla, los datos que AFIP tiene asociados a ese número de registro.
Se mostrarán los datos que ya se tienen, y es importante al registrar a la empleada doméstica en AFIP que éstos coincidan con los que tiene el empleador. Hay algunos campos que se deberán completar con los datos listados anteriormente, al menos en los casos en los que son datos requeridos y no opcionales.
3. Ingresar el domicilio del trabajador o trabajadora si no figura ya en el sistema. El empleador podrá seleccionar de una lista desplegable los domicilios que AFIP tiene registrados para esa empleada doméstica, o se podrá agregar uno nuevo en caso de que corresponda.
4. En el siguiente paso, el empleador deberá completar las características y modalidad que corresponden a la relación laboral:
- Tipo de trabajo.
- Cantidad horas semanales.
- Modalidad de liquidación.
- Remuneración.
- Modalidad de trabajo.
- Fecha de ingreso.
- Si el trabajo es temporal o fijo.
5. Completar los datos del domicilio laboral en donde la trabajadora doméstica realizará sus tareas. Se podrá seleccionar un domicilio de la lista (domicilios laborales ya dados de alta por el mismo empleador) o ingresar uno nuevo.
6. El último paso es la confirmación de los datos ingresados. El sistema mostrará en una sola pantalla la información ingresada y seleccionada en los pasos anteriores. Si es correcta, se debe confirmar el registro. En caso de no serlo, se puede volver atrás para modificar la información.
7. Al confirmar los datos, el sistema te muestra la pantalla de alta exitosa con los pasos obligatorios a seguir: descargar constancia de alta y pagar ART. La constancia de alta es el documento que prueba la relación laboral. Debés descargarla, imprimirla y entregarle una copia firmada al trabajador. Este documento lo necesitará para verificar su registro, acceder a la obra social, etc.
¿Cuándo es obligatorio registrar una empleada doméstica?
Siempre que una persona trabaje para otra como empleada doméstica, es obligación del empleador dar de alta la relación laboral en la plataforma digital de AFIP.
Esto es obligatorio por ley en todos los casos, incluso si la persona se desempeña por pocas horas a la semana en ese domicilio.
En la misma plataforma también es posible dar de baja la relación laboral cuando ya no se cuente con los servicios de esa empleada doméstica.
¿Cuántas horas tiene que trabajar una empleada doméstica para tener obra social?
Según figura en la página web de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), para contar con cobertura de la obra social, una empleada doméstica debe tener aportes al sistema iguales o mayores a la cuota establecida para la categoría correspondiente por 16 horas semanales o más.
En el caso de que sus aportes no lleguen a completar ese monto pero la empleada doméstica quiera acceder igual a la obra social de la actividad, puede completar de su bolsillo la diferencia o también puede asumirlo su empleadora o empleador.
La Obra Social del Personal Auxiliar de Casas Particulares se le asigna automáticamente a las personas que están registradas en esta actividad, pero el beneficiario o beneficiaria puede elegir otra distinta realizando el trámite de cambio en la sede o delegación de la obra social elegida.