¿Cuándo puedo cambiar de obra social y cuánto tiempo tiene que pasar?
La obra social, junto con las prepagas, son una de las opciones más populares en Argentina para acceder a una prestación médica. Dentro de estas existen una gran cantidad, por lo que es común que, con el paso del tiempo, algunas personas decidan cambiar de obra social.
¿Cuánto tiempo tiene que pasar para cambiarme de obra social?
Para los nuevos trabajadores, incluyendo monotributistas, deberá pasar 1 año con la obra social escogida para poder realizar el respectivo cambio.
Es decir, que los trabajadores en relación de dependencia deberán estar 1 año en la obra social de su actividad, mientras que los monotributistas deberán permanecer un año en la obra social escogida. Pasado dicho lapso, podrás cambiarte de obra social.
Cabe aclarar que solamente se puede cambiar de obra social una vez por año, por lo que, si ya cambiaste de obra social, deberás esperar 365 días desde ese cambio para volver a cambiarte.
¿Cómo saber si puedo cambiarme de obra social?
Para cambiarte de obra social simplemente deberás cumplir con los siguientes requisitos:
- No haber realizado un cambio de obra social en los últimos 12 meses
- Saber cuál es tu obra social actual y desde cuando la tenés
Por otra parte, existen algunos grupos que no pueden cambiar la obra social:
- Aquellas personas que hayan finalizado su contrato de trabajo. Cabe recordar que cuentan con 3 meses de cobertura por la obra social que tenían mientras estaban trabajando
- Las personas que tengan un sueldo inferior a 2 jubilaciones mínimas
- Las personas que estén gozando de una licencia por maternidad y/o en situación de excedencia
- Las personas que integren las Fuerzas Armadas, de Seguridad, del Servicio Penitenciario, del Poder Judicial, del Poder Legislativo, de Obras Sociales Provinciales o cualquier beneficiario que pertenezca a obras sociales que no integren el Sistema Nacional de Obras Sociales
Por otra parte, es importante tener en cuenta que los jubilados y pensionados solo podrán elegir entre el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP) y las obras sociales inscriptas en el Registro creado por el art. 10 del Decreto 292/295. Además, el personal de dirección o fuera de convenio se gestiona ante ANSES.
¿Cómo es la nueva Ley de obra social?
El nuevo decreto establece que, a partir del 1 de febrero del 2023 y por un lapso de 18 meses, el incremento del valor de las cuotas de las prepagas de los contratos de adhesión voluntaria que deberán abonar las personas afiliadas a las distintas entidades de salud, incluyendo los casos en los que se accede al servicio por derivación de sus aportes obligatorios del Sistema de Obras Sociales.
En este caso, el tope es el máximo un 90% del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del mes inmediato anterior publicado. Dicha medida se aplicará a los titulares contratantes que tengan ingresos netos inferiores a 6 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.
¿Cuándo puedo cambiar de obra social a prepaga?
Al igual que el cambio de obra sociales, para pasarte de una obra social a una prepaga deberás haber estado en tu obra social durante 1 año. En el caso de haberlo hecho, no tuviste que haber realizado un cambio en los últimos 12 meses.
Si cumplís con esos requisitos, podrás derivar tus aportes a una prepaga. Es importante que tengas en cuenta que deberás esperar 12 meses entre el cambio de aportes.
¿Cómo hago para completar el formulario de la obra social para evitar el aumento?
En el caso de que desees completar el formulario de obra social/prepaga para evitar el aumento deberás realizar los siguientes pasos:
- Ingresar en la página web de la Superintendencia de Salud. Es importante recordar que, para acceder a este, deberás contar con clave fiscal de nivel 3 o superior, además de haberte adherido al servicio en la página oficial de AFIP
- Hacer clic en la sección "Declaración Jurada para Usuarios de Prepagas"
- Confirmar los casilleros que dicen "Declaro que poseo ingresos netos inferiores a 6 SMVM" como también la sección en la que dice "Autorizo a la Superintendencia de Salud a validar los datos ingresados con otros organismos"