¿Cuántos días son la licencia por paternidad en Argentina?
Los trabajadores varones que están formalizados en la Argentina tienen derecho a gozar de una licencia por paternidad cuando reciben en su famila un nuevo un hijo o hija.
Por ley, hoy la licencia por paternidad en la Argentina consta de solo dos días que son además consecutivos al nacimiento. Por eso muchos padres se ven obligados a utilizar sus días de vacaciones cuando quieren quedarse en casa adaptándose a la nueva realidad de su familia.
La ley que rige en esta materia, al menos hasta el día de hoy, no contempla tampoco adopciones, familias monoparentales, ni enfermedades del infante o de la madre, complicaciones del parto, etc. Por eso, muchas compañías ya tienen en sus reglamentos internos licencia por paternidad extendida, para dar a sus empleados un beneficio extra.
Pero las cosas están cambiando: ya en la administración pública hay una extensión de la licencia por paternidad y se debate un proyecto de ley para cambiar la legislación en esta materia también.
¿De cuántos días es la licencia por paternidad?
En la Argentina la ley que regula la licencia por paternidad es la número 20744, conocida como la Ley de Contrato de Trabajo.
En el artículo 172 de la mencionada ley se hace referencia a la licencia por paternidad como una licencia especial, igual a la que se da, por ejemplo, al contraer matrimonio.
En ese texto se otorga a aquellos trabajadores varones en relación de dependencia privada, 2 días corridos por nacimiento de hijo, ello sin perjuicio de los beneficios existentes en los diversos Convenios Colectivos de Trabajo.
Es decir que a un padre le corresponden dos días de licencia remunerada por paternidad inmediatamente consecutivos a la fecha de nacimiento de cada hijo o hija. No se contemplan casos de adopción ni de familias monoparentales, ni necesidades especiales del infante o la madre.
Vale la pena recordar que también existen Convenios Colectivos de Trabajo que amplían o mejoran el otorgamiento de la licencia por paternidad o agrega otras no contempladas en el marco legal general que es la Ley de Contrato de Trabajo. Por caso, la Ley de Trabajo Agrario reconoce una licencia por paternidad paga de 30 días corridos.
Asimismo, para subsanar algunas de estas deficiencias se está tratando en el Congreso de la Nación un proyecto de ley para extender el beneficio de la licencia por paternidad.
Proyecto para extender la licencia por paternidad
Como mencionamos, la Ley de Contrato de Trabajo no contempla la licencia por paternidad en casos de adopción, y no se extiende a matrimonios igualitarios ni parejas del mismo género, no contempla excepciones por casos de enfermedad o complicaciones de salud, etc.
Y claro que todos los beneficios laborales, incluyendo la licencia por paternidad, solo están garantizados para los empleados formalizados. Es decir, para aquellos que están inscriptos en el sistema de seguridad social, así se desempeñen en el sector público o privado en relación de dependencia.
Por este motivo, un informe del Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC) registró que solo el 51% de las trabajadoras en la Argentina goza de licencia por maternidad y el 47% de los trabajadores reciben licencia por paternidad.
Algunas de estas falencias que generan desigualdades y también inequidad de género se propone subsanar un proyecto de Ley que ya ingresó al Congreso de la Nación.
Extender las licencias por paternidad fue una promesa de campaña del presidente Alberto Fernández. Ahora fue el oficialismo quien presentó el proyecto "Cuidad en igualdad".
Los principales cambios que introduciría esa normativa son los siguientes:
- modifica la licencia por maternidad (de 90 a 126 días)
- crea licencias por paternidad y adopción (de 90 días)
- dichas licencias pasan a ser para trabajadores, empleadas domésticas y monotributistas
De aprobarse el proyecto de ley, los padres no gestantes tendrán permiso por 15 días en el primer año de vigencia de la ley y, progresivamente, llegarán a 90 días en el octavo año de vigencia. La licencia por maternidad y paternidad de los monotributistas será por los mismos períodos y consistirá en un salario mínimo vital y móvil.
Quiénes tienen licencia por paternidad extendida
Más allá del mencionado proyecto de Ley en el Congreso de la Nación, ya hay en la Argentina trabajadores formalizados que gozan de licencia por paternidad extendida.
Por caso, en la Ciudad de Buenos Aires los empleados del gobierno porteño tienen hasta 45 días libres de licencia por paternidad remunerados desde fines de 2018. Y pueden tomarse otras 30 jornadas por el mismo motivo en cualquier momento dentro del primer año de vida del nuevo hijo o hija.
Asimismo, varias decenas de grandes empresas nacionales y filiales de multinacionales extendieron la licencia por paternidad de sus empleados en el país. Solo por nombrar algunas de ellas:
- Diageo: cuatro semanas con goce de sueldo por nacimientos, adopción (a partir de la fecha de la sentencia judicial) durante el primer año de vida del niño o niña.
- Procter & Gamble (P&G): licencia equitativa para todos sus empleados, con un estándar mínimo de ocho semanas totalmente remuneradas para padres biológicos, padres adoptivos, padres de parejas del mismo sexo y padres por subrogación.
- Randstad: licencia por paternidad para empleados a 21 días corridos, e incluye también los casos de adopción.
- RED LINK: ofrece en la Argentina un mes de licencia por paternidad a sus colaboradores.
- Santander Rio: 30 días de licencia por parternidad por nacimiento, adopción y para parejas de matrimonio igualitario.
- Avon: licencia por paternidad de 15 días corridos con regreso paulatino al trabajo (puede extenderse por hasta 3 meses posteriores al nacimiento).
- KPMG: madres y padres adoptivos y/o no gestantes, o cónyuges de los mismos, licencia de 15 días; además de ofrecer una reducción en la jornada laboral. También podrán gozar de una excedencia de 30 días sin goce de sueldo durante el primer año de vida del hijo o hija.
Borrar el criterio biologicista de solo reconocer como madrea a aquella persona gestante y dejar de hablar de estas licencias especiales y pasar a hablar de licencias familiares, es una forma de que los trabajadores cuenten con los derechos que necesitan para conformar su familia sin tener que resignar su carrera profesional. Asimismo, ayuda a equilibrar la cancha y luchar contra los sesgos de género en las empresas.
El actual esquema de licencia por paternidad refuerza la idea de que "el padre está para ayudar" a la madre tras el alumbramiento, y que es ella quien tiene bajo su responsabilidad el cuidado del nuevo hijo o hija. Las diferencias, no solo dejan afuera quienes no tienen hijos de manera tradicional, sino que refuerzan estereotipos y no favorecen que el padre pueda desarrollar un vínculo con su hijo o hija.
Por eso, además de incluir a los trabajadores que no se encuentran en relación de dependencia, las licencias familiares deben además dejar de lado el criterio biologicista y que los padres adoptantes tengan las mismas condiciones, derechos y obligaciones que los padres biológicos.