REMUNERACIÓN

Plus vacacional: así se calcula el pago de las vacaciones

Cuándo debe pagarse el plus vacacional según la norma vigente en la Argentina, cómo se calcula y qué pasa si el empleado enferma en las vacaciones
MANAGEMENT - 16 de Agosto, 2021

Se acerca el clima de verano y las empresas ya están organizando cómo podrán tomarse sus descansos los trabajadores y la forma de liquidar el plus vacacional.

Se trata de una remuneración que corresponde por ley a los trabajadores que prestaron la cantidad correspondiente de jornadas de trabajo que exige la Ley de Contrato de Trabajo en Argentina.

En el siguiente artículo explicamos paso a paso cómo se calcula el plus vacacional, cómo se liquida, en qué momento lo debe abonar el empleador y otros conceptos que te servirán para entender cuánto dinero tiene que llegar al bolsillo. 

¿Cuándo se debe abonar el plus vacacional?

El empleador debe pagar el plus vacacional antes de que el empleado haga uso efectivamente de sus días de vacaciones

Lo que dice al respecto de este tema la Ley de Contrato de Trabajo es que el plus vacacional deberá ser pagado antes de que el empleado efectivamente se tome sus días de vacaciones, para que cuente con este monto a su disposición una vez iniciado el período de descanso.

Puede ocurrir que se efectúe el pago antes de las vacaciones y en el recibo solo figure el monto neto, para luego en la liquidación final del mes incluirlo correctamente.

Aunque no siempre las empresas cumplen con ese requisito sobre el pago y de la misma manera tampoco exigen al trabajador avisar con 45 días de anticipación cuándo hará uso de sus vacaciones.

Sin embargo, es fundamental que el trabajador controle cuándo la empresa abona su plus vacacional y si el monto fue liquidado apropiadamente.

En el caso de las vacaciones no gozadas en el período correspondiente, en abril a más tardar las empresas suelen liquidar el monto por el año previo a los empleados.

¿Cuánto dinero corresponde por plus vacacional?

Cómo se calcula el monto que le corresponde cobrar a un empleado registrado por plus vacacional

La cantidad de dinero que tiene que llegar al bolsillo de los trabajadores formales bajo el concepto de plus vacacional tiene que ver con muchos factores.

Por antigüedad se define cuántos días de vacaciones le corresponden legalmente a cada persona. De la misma manera hay convenios colectivos de trabajo que hacen referencia a este tema.

Pero sobre todo, lo que determina cómo se calcula el monto de las vacaciones de un trabajador debidamente registrado, es la modalidad de contratación

¿Cómo se calcula el plus vacacional?

Cómo se debe calcular el monto que corresponde a cada empleado por plus vacacional de acuerdo a su remuneración

El trabajador percibirá una retribución durante el período de vacaciones conocida como plus vacacional, que corresponde con la modalidad bajo la cual está contratado.

Según el art. 155 de la mencionada ley, la remuneración del trabajador durante la licencia por vacaciones se determinará considerando en primer término los ítems habituales o fijo y luego los conceptos variables.

Lo que establece la Ley de Contrato de Trabajo respecto del pago del plus vacacional es lo siguiente:

Trabajadores mensualizados

Conforme lo establece el Art. 155 de la Ley de Contrato de Trabajo, tratándose de empleos remunerados con sueldo mensual, dividiendo por 25 el importe del sueldo que perciba en el momento de su otorgamiento.

Al dividir por 25 y no por 30 el sueldo mensual nos da un plus del 20% en el cálculo, el cual se lo conoce como plus vacacional.

Trabajadores jornalizados

Si la remuneración se hubiere fijado por día o por hora, se abonará por cada día de vacación el importe que le hubiere correspondido percibir al trabajador en la jornada anterior a la fecha en que comience en el goce de las mismas, tomando a tal efecto la remuneración que deba abonarse conforme a las normas legales o convencionales o a lo pactado, si fuere mayor.

Si la jornada habitual fuere superior a la de 8 horas, se tomará como jornada la real, en tanto no exceda de 9 horas.

Remuneración variable

En caso de salario a destajo, comisiones individuales o colectivas, porcentajes u otras formas variables, de acuerdo al promedio de los sueldos devengados durante el año que corresponda al otorgamiento de las vacaciones o, a opción del trabajador, durante los últimos 6 meses de prestación de servicios.

¿Cuándo se pueden tomar las vacaciones?

Plus vacacional: en qué momento los empleados pueden tomarse legalmente su descanso

El período para otorgar la licencia anual por vacaciones comienza el 1 de octubre de cada año y se extiende hasta el 30 de abril del año siguiente.

Adicionalmente, la normativa vigente indica que corresponde que arranquen un día lunes y, si ese día fuese feriado o día no laborable optativo y la empresa no trabajase, la licencia debe comenzar al siguiente día hábil. Hay, por supuesto, excepciones a esta regla, como la de los trabajadores de temporada.

De la misma manera, dado que el período vacacional se computa a "días corridos", los feriados que hubiere en medio de las vacaciones gozadas por el empleado se computan como parte de las mismas.

Por otra parte, las vacaciones deben ser otorgadas y no pueden canjearse por dinero. Solo en el caso de extinción del contrato de trabajo se puede canjear ese período no gozado como vacaciones por dinero.

La Ley de Contrato de Trabajo fija para el cobro del plus vacacional pautas tales como que "el trabajador tendrá que haber prestado servicios como mínimo, la mitad de los días hábiles comprendidos en el año", pero hay que aclarar en este caso que cada compañía deberá determinar los días hábiles de acuerdo con el régimen propio de trabajo (si se trabaja o no el sábado o si se realiza actividad o no los días optativos, entre otros aspectos). 

Se debe tener presente que para el cálculo del plus vacacional computan como días trabajados aquellos en que el empleado no preste servicios por gozar de una licencia legal o convencional (vacaciones, fallecimiento, exámenes, entre otros) o por estar enfermo o accidentado o por otras causas no imputables al mismo.

A fin de calcular los "días efectivamente trabajados" al definir el período de vacaciones, también se consideran como tales aquéllos en los que el trabajador no preste servicios por causas no imputables al mismo como ser:

  • Gozar de una licencia por enfermedad inculpable
  • Gozar de una licencia especial (matrimonio, por examen, etc.)
  • Gozar de una licencia por accidente o enfermedad laboral
  • Gozar de una licencia por maternidad
  • Encontrarse en período de conservación de puesto
  • Encontrarse suspendido por causas económicas
  • O por tratarse de un feriado

Y no se computan como "efectivamente trabajados" los días en los que el trabajador no preste servicios por:

  • Ausencias injustificadas
  • Permisos no retribuidos
  • Suspensiones por causas disciplinarias
  • Conservación de puesto por cargos electivos o gremiales
  • Situación de Excedencia

¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?

Plus vacacional: ¿cuántos días de vacaciones corresponden de acuerdo a la antigüedad?

Antes de intentar calcular cuánto dinero debe pagarte tu empleador, en caso de ser un trabajador registrado de manera formal, bajo el concepto de plus vacacional, tenés que saber para ello cuántos días de vacaciones te corresponden.

La cantidad de días de trabajo se relaciona con la cantidad de años de antigüedad que tenés en esa misma empresa, por lo que la antigüedad también impacta en el pago de las vacaciones que percibe el trabajador.

La Ley de Contrato de Trabajo otorga un período mínimo y continuado (días corridos) de descanso anual remunerado por los siguientes plazos:

  • Menor a 6 meses, un día de vacaciones
  • Entre 4 y 7 semanas de trabajo, dos días corridos de vacaciones
  • Entre 8 y 11 semanas de trabajo, tres días corridos de vacaciones
  • Entre 12 y 15 semanas de trabajo, cuatro días corridos de vacaciones
  • Entre 16 y 19 semanas de trabajo, cinco días corridos de vacaciones
  • Más de 6 meses y hasta 5 años de trabajo, 14 días de vacaciones
  • Más de 5 años hasta 10 años de trabajo, 21 días de vacaciones
  • Más de 10 años hasta 20 años de trabajo, 28 días de vacaciones
  • Más de 20 años de trabajo, 35 días de vacaciones

La antigüedad se computa al 31 de diciembre del año al cual corresponden las vacaciones.

Esos días en realidad no pueden ser gozados en cualquier momento del año, si bien muchas empresas no ejercen el límite que legalmente podrían ejercer al respecto.

De acuerdo a la normativa vigente, el período vacacional va del 1 de octubre al 30 de abril del año siguiente (salvo que se pacte otra fecha de común acuerdo) y es el empleador quien establecerá el período en el cual el trabajador gozará de su licencia por vacaciones, pudiendo hacer coincidir por ejemplo las vacaciones de los empleados con el período en el que cierra el establecimiento; comunicándolo con una antelación no menor a 60 días corridos.

Vale la pena mencionar también que hay empresas que dan a sus empleados más días de las que indica la Ley de Contrato de Trabajo como beneficio, y a veces también los convenios laborales de algunas actividades tienen su propio régimen de vacaciones

Algunos estatutos o convenios colectivos conceden plazos mayores, y a veces establecen además que el cómputo de plus vacacional sea por días hábiles en lugar de corridos. Por otra parte cabe aclarar que en el caso de trabajadores menores, el período mínimo es de 15 días.

¿Cómo se liquida el plus vacacional?

Cómo se debe liquidar el plus vacacional en el recibo de sueldo de los empleados

Los contadores que liquidan sueldos en las empresas deben inscribir en los recibos de sueldo el pago de las vacaciones.

Según consta en los manuales de recibo digital de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), para esto el plus vacacional se debe asociar al concepto AFIP 151000 o siguientes.

Como para el resto de los conceptos remunerativos del período, se consideran para el cálculo:

  • El monto indicado en la liquidación.
  • El "indicador débito / crédito" a fin de sumar ("C") o restar ("D").
  • El campo "cantidad de días para proporcionar tope" del Registro ‘02’ para determinar el tope máximo del período.

El cálculo del tope del plus vacacional se realiza junto al resto de los conceptos liquidados en el mes.

¿Qué pasa si me enfermo durante las vacaciones?

Si un empleado se enferma durante su licencia por vacaciones debe comunicarlo a su empleador

En caso que el trabajador se enferme durante el período vacacional, debe comunicarlo al empleador por medio fehaciente (telegrama laboral gratuito o telefonograma), a fines que éste tome conocimiento y se interrumpa el cómputo de licencia por vacaciones, puesto que en ese caso comienza a correr la licencia por enfermedad inculpable, según figura en el artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo.

La licencia por enfermedad y la licencia por vacaciones son de distinta naturaleza y de ningún modo pueden sustituirse ni compensarse entre sí. Las vacaciones tienen como objetivo el descanso y esparcimiento del trabajador, a lo que de ninguna manera podría aspirar en caso de enfermedad.

Es decir, el empleador no puede obligar al empleado a tomarse la licencia por vacaciones en caso de enfermedad para que no corra como licencia por enfermedad, por más que abone el plus vacacional.

Esto es lo que tenés que conocer en profundidad para calcular cuántos días de vacaciones al año te corresponden, cuál es el plus vacacional que debe abonarte el empleador cuando hagas uso de esos días de descanso, cuándo debe pagártelos y cómo liquidarlos en el recibo de sueldo.

También de esta manera podés reclamar por tus derechos en el caso de que tu empleador no esté cumpliendo con la normativa vigente en la Argentina. 

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