¿Cómo calcular la indemnización?: las cuentas que debés saber
Al dejar un trabajo por renuncia o por despido, una de las principales cuestiones a resolver es sobre cómo calcular la indemnización que corresponde al trabajador.
Es importante destacar que ciertas actividades (construcción, empleadas domésticas, bancarios, periodistas, etc.) tienen un régimen específico para calcular la indemnización, que varía en algunos aspectos de aquello dispuesto por la Ley de Contrato de Trabajo (20.744).
La liquidación final es, básicamente, el último pago que debe abonar el empleador, correspondiente a la relación laboral que lo vinculaba. Es un dato vital para calcular la indemnización.
Sin importar si es por renuncia o por despido del trabajador, con o sin causa, debe ser pagada en un plazo no mayor a 4 días hábiles del cese de los servicios prestados por el empleado.
Este plazo de 4 días para calcular la indemnización debe ser contado desde el día siguiente en el que el empleado recibió su telegrama de despido, o bien, desde el momento en el que se envíe el telegrama de renuncia si ese fuera el caso.
Por ejemplo, para calcular la indemnización, si un trabajador recibe en su domicilio el telegrama un lunes 13 de noviembre, contarán los días a partir del martes 14, y la indemnización deberá estar saldada antes del lunes 20 de ese mes. En el caso de que no suceda, el martes 21 de noviembre, el empleador está en un incumplimiento del plazo legal de pago.
Calcular la indemnización: ¿qué debe pagarse con la liquidación final?
Por ser la última liquidación que debe cumplirse con la persona, debe incluir todos los rubros o conceptos adeudados en cualquier momento. Si se trata de una renuncia del trabajador o de un despido con causa, para calcular la indemnización el pago de esta liquidación debe incluir:
- Salario proporcional mes en curso (días trabajados)
- Sueldo anual complementario (S.A.C - Aguinaldo) proporcional
- Vacaciones no gozadas
- Horas extras adeudadas de los últimos dos años
- Comisiones adeudadas de los últimos dos años
- Bonus o premios adeudados
- Cualquier concepto adeudado de los últimos dos años
- Aguinaldo sobre vacaciones no gozadas y horas extras
- Aguinaldo sobre otros conceptos adeudados
En el caso de que el trabajador sea despedido sin causa o sin justificación, para calcular la indemnización el empleador tiene que pagar, además de todos los ítems del punto anterior, los siguientes:
- Indemnización por antigüedad
- Mes de integración de despido
- Indemnización sustitutiva del preaviso no otorgado
- Aguinaldo sobre mes de integración, preaviso e indemnización por antigüedad
¿Cómo calcular la indemnización por antigüedad?
Para calcular la indemnización, se extrae del cálculo de que el empleador debe abonar 1 sueldo completo por año trabajado al empleado. Además, si trabajó una fracción de más de 3 meses, debe computarse como año completo. Es decir, si una persona trabajó 4 años y 5 meses, deben tomarse como 5 años completos trabajados.
¿Qué es el mes de integración del despido para calcular la indemnización?
El mes de integración del despido corresponde cuando el empleado es notificado un día diferente al último día del mes (30 o 31 según el mes). Si esto sucede, el empleador debe abonar todos los días restantes del mes entre el día del despido y el último día.
Por ejemplo, para calcular la indemnización, si alguien es notificado el día 14 de junio, deberá abonarse todos los días restantes hasta el 30 de junio, como si hubiese trabajado el mes completo.
Pago de indemnización fuera de plazo
Si el plazo legal mencionado de 4 días luego del despido o la renuncia se cumplieron y el pago sigue sin efectuarse, el empleado está en condiciones de intimar al empleador mediante un telegrama, exigiendo la regularización de su situación.
¿Cómo considerar cada concepto de la liquidación final?
Estos son los cálculos que hay que realizar para saber cuánto corresponde por vacaciones no gozadas, aguinaldo y salario proporcional.
Salario proporcional del mes en curso para calcular la indemnización
Son los días trabajados durante el mes en el que el trabajador renunció al empleo. Hay que dividir el salario bruto por 30 y luego multiplicarlo por los días trabajados en el último mes.
Ejemplo para calcular la indemnización: cobrando un salario mensual de $50.000 y trabajando hasta el 10 de abril del año 2021:
- $50.000 / 30 = $1.666,66
- $1.666,66 x 10 días = $16.666,66
Si este fuera el caso, corresponde al empleado un salario proporcional del mes en curso de $16.666,66.
Vacaciones no gozadas para calcular la indemnización
Al dejar un trabajo (por despido o por renuncia) corresponde para calcular la indemnización que se liquiden las vacaciones pendientes al momento del cese de actividades. A diferencia del salario proporcional, en este caso, la cuenta para calcular la indemnización es dividir el salario bruto mensual y dividirlo por 25 días (no 30) y luego multiplicarlo por los días de vacaciones correspondientes que le resten a la persona.
Siguiendo el mismo ejemplo de un trabajador con un sueldo de $50.000 con 14 días de vacaciones restantes y no gozadas, para calcular la indemnización:
- $ 50.000 / 25 = $ 2.000
- $ 2.000 x 14 días = $ 28.000
En ese caso, la persona deberá cobrar la suma de $28.000 por las vacaciones no gozadas.
Aguinaldo proporcional para calcular la indemnización
Sueldo Anual Complementario (SAC), o mejor conocido como aguinaldo se va generando con cada día trabajado del empleado. Es decir que incluso con 1 sólo día trabajado, ya corresponde el cobro de un proporcional del aguinaldo.
Sacar la cuenta del aguinaldo proporcional para calcular la indemnización implica dividir el mejor salario bruto del año en curso en 365 (por los días) y después multiplicarlo por todos los días trabajados durante el semestre en que finalizó la relación laboral (renuncia o despido).
Para contabilizar el mejor salario bruto, para calcular la indemnización, deben incluirse aquellos en los que el empleador haya cobrado horas extra o cualquier bonus que se haya incluido como concepto en el recibo de sueldo.
Para el caso de alguien que cobra $ 50.000 y dejó de trabajar un 9 de octubre, para calcular la indemnización es:
- $ 50.000 / 365 = $ 136,98 (aguinaldo proporcional diario)
- $ 136,98 x 100 días = $ 13.698,63 (del 01/07/2020 al 09/10/2020 hay 100 días)
Por lo tanto, corresponde al empleador abonar la suma de $13.698,63, en concepto de aguinaldo proporcional de ese semestre.
Doble indemnización
El Gobierno prorrogó por todo el año la doble indemnización, aunque en este último caso con un tope para el recargo. Un dato clave para calcular la indemnización
La veda para producir cesantías o suspensiones sin causa rige en la Argentina desde poco después de la declaración de la cuarentena y el aislamiento obligatorio (ASPO) y se prorrogó en iguales términos a lo largo del año.
Para el Gobierno fue una herramienta eficaz para frenar una oleada de despidos en actividades particularmente afectadas por el parate obligado de la cuarentena, y también en aquellos sectores que, sin haber sufrido en ese nivel, podrían haber visto una oportunidad para renovar sus plantillas de personal.
Mientras que la doble indemnización fue implantada antes, a poco de la asunción de Alberto Fernández y como coletazo de la sanción de la ley de Emergencia Económica que le otorgó a la administración del Frente de Todos resortes de política económica excepcionales.
En este caso, y a diferencia de las prórrogas que mantuvieron la medida sin cambio, en el Ejecutivo se resolvió estirarla hasta fin de este año con un valor tope de $500.000 para el recargo. Un dato clave para calcular la indemnización.
El DNU establece que si un trabajador, a partir de los años de desempeño y rango ocupado, hubiera tenido que recibir al ser cesanteado una indemnización total de 400 mil pesos antes de la vigencia de este instrumento, a la hora de su desvinculación el costo final para el empleador deberá ser de 800 mil pesos. Una cifra a tener en cuenta para calcular la indemnización
Pero para calcular la indemnización de un trabajador que hubiese percibido en circunstancias normales una indemnización de 600 mil pesos, no operará por completo la duplicación y su monto final, en caso de ser despedido, será de 1,1 millón de pesos (su monto original de $ 600 mil y el recargo de $500 mil).
De cuánto es el Salario Mínimo, Vital y Móvil 2021
A fines de abril de 2021 en el Consejo del Salario se acordó un incremento del 35% anual del Salario Mínimo, Vital y Móvil 2021.
Esto llevará el Salario Mínimo, Vital y Móvil 2021 de 21.600 pesos mensuales a 29.000 pesos mensuales en septiembre, cuando el organismo deberá volver a reunirse para negociar nuevas alzas de acuerdo a la inflación proyectada en ese momento.
Esta última suba que se definió, se concretará en siete pagos, bajo el siguiente esquema:
- abril 9% hasta los $23.544
- mayo 4% hasta los $24.408
- junio 4% hasta los $25.272
- julio 3% hasta los $25.920
- agosto 5% hasta los $27.000
- noviembre 5% hasta los $28.080
- febrero de 2022 el restante 5% hasta los $29.160
A quiénes corresponde
Esa definición del Salario Mínimo, Vital y Móvil 2021 quedó fijada para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744, en el Régimen de Trabajo Agrario, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos del Estado Nacional que actúe como empleador, excluidas las asignaciones familiares. Son variables claves para calcular la indemnización,
Además, en la misma resolución para calcular la indemnizaciónse ratificó el aumento de los montos mínimo y máximo de las prestaciones por desempleo, que de este modo fueron fijados en 6.000 pesos y 10.000 pesos respectivamente para este año.
¿Qué es el Salario Mínimo, Vital y Móvil 2021?
El salario mínimo, vital y móvil se define en la Ley Nacional de Empleo como "la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión".
La misma Ley establece que "todo trabajador mayor de 18 años, tendrá derecho a percibir una remuneración no inferior al salario mínimo, vital y móvil que se establezca, conforme a la ley y por los organismos respectivos."
El salario mínimo vital y móvil es además inembargable, salvo por deudas alimentarias.
Cómo y quién define el Salario Mínimo, Vital y Móvil 2021
Para calcular la indemnización, el monto final y la modalidad de pago del Salario Mínimo, Vital y Móvil 2021 se define, como todos los años, en negociaciones entre representantes del Gobierno, los sindicatos –en representación de los trabajadores- y las empresas.
Ellos conforman el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario, Mínimo Vital y Móvil (CNEPSMVM) que incluye a 48 miembros en total, 16 por cada uno de los mencionados grupos representados.
Este organismo tiene además un presidente que es nombrado por el Ministerio de Trabajo, entidad que tiene también la obligación de convocar a reuniones de este Consejo cuando considera que es necesaria una actualización del Salario, Mínimo Vital y Móvil.