Trabajar en el exterior: paso a paso para sacar la visa de trabajo en Estados Unidos
Miles de argentinos aspiran a hacer realidad el "sueño americano", o mudarse y trabajar en Estados Unidos.
Es el segundo destino más elegido, luego de España, entre quienes buscan nuevos horizontes, indicó Clarín.
Pero solicitar la visa de trabajo en Estados Unidos para los argentinos no es tan sencillo, menos aún lo es obtenerla.
En esta nota te contamos cuáles son los requisitos para sacar la visa de trabajo en Estados Unidos desde Argentina.
Sacar la visa de trabajo en Estados Unidos
El primer paso para obtener la visa de trabajo consiste en contar con una empresa de Estados Unidos que le asegure al aplicante un puesto de trabajo.
Es decir, antes que nada, alguien -un sponsor- debe respaldar la presentación de empleo ante el Departamento de Trabajo (Department of Labour, o DOL) y el servicio de Inmigraciones y Ciudadanía (United States Citizenship and Inmigration Services, USCIS).
El sponsor deberá justificar que necesita de ese determinado talento extranjero para cumplir determinada tarea.
Llegado a este punto, conviene aclarar que Estados Unidos otorga 75 tipos diferentes de visas; 21 de ellos referidos a viajes, trabajo y estudio. Por eso, antes de embarcarse en un mar de formularios y requisitos, conviene investigar bien qué tipo de visa corresponde.
También hay que destacar que existe un cupo anual. Para los trabajadores temporales de todo el mundo (no inmigrantes) hay unas 66.000 visas disponibles y para los permanentes, unas 140.000.
Por eso, para emigrar hacia el Norte como trabajador es fundamental que el futuro empleador deberá solicitar el permiso de trabajo ante el USCIS (formulario I-129). Una vez aprobado, recibirá el formulario I-797 emitido en Estados Unidos.
La visa para trabajadores temporales solo habilita a desempeñarse en ocupaciones específicas por un período limitado (en general, tres años). La del aplicante familia podrá vivir allá, incluso estudiar, pero no trabajar. Incluso, si el período de empleo se extiende (por ejemplo, más allá de los tres años), la familia deberá regresar a la Argentina.
Tipos de visa de trabajo en Estados Unidos
En Estados Unidos los tipos de visas están agrupados según códigos de letras y números. Las visas H abarcan a trabajadores con experiencia de la mayoría de las industrias y los servicios, aseguró Clarín.
Quienes tienen habilidades extraordinarias en ciencia, arte, educación, negocios, deportes, o quienes se han destacado en el cine o la televisión pueden aplicar a la visa O.
En tanto, determinados deportistas, como jugadores de béisbol, y artistas, como grupos musicales profesionales, pueden calificar para las visas P.
Las Q son para quienes participan de intercambios culturales y; las R, para trabajadores religiosos.
Existen las visas L, para personal transferido por empresas de la Argentina a Estados Unidos. Y las visas E1 y E2, para comerciantes e inversionistas, que permiten desarrollar e incluso dirigir una empresa en la que hayan realizado una inversión considerable.
La entrevista para la visa de trabajo
Una vez establecida la categoría de visa correspondiente, el siguiente paso consiste en completar la Solicitud Electrónica de Visa de No Inmigrante e imprimir el formulario de confirmación DS-160, todo en la página oficial del Departamento de Estado de Estados Unidos.
Luego, pedir una cita para una entrevista personal en la Sección Consular de la Embajada de Estados Unidos en la Argentina, con bastante anticipación, incluso, sin reservar pasajes ni alojamiento porque la visa puede ser denegada. Cabe aclarar que hoy en día la Embajada solo otorga entrevistas para situaciones de emergencia. El arancel es de la misma es de US$190.
Para solicitar la entrevista hay que crear una cuenta de usuario en el sitio web de la Embajada, completar el registro, ingresar el número de confirmación DS-160, dar una dirección para recibir los documentos que enviará la Sección Consular, abonar el arancel de solicitud de visa de no inmigrante y concertar la cita.
A la entrevista personal hay que llevar pasaporte válido (si corresponde, también pasaportes anteriores visados por Estados Unidos); la página de confirmación del DS-160 y una foto color, reciente, de 5x5 cm.
Aún así, no siempre el trámite resulta satisfactorio. Los artículos 221g y 214b de la Ley de Inmigración son los más citados para el rechazo. También las autoridades pueden requerir más documentación o que completemos alguna información faltante.
En este caso, si la enmienda se realiza dentro del año de la presentación, no hay que volver a abonar el arancel. Pero si las autoridades ponen objeciones insalvables es muy probable que no haya reembolso alguno.