Uno por uno: ¿cómo son los protocolos para que las Pyme reabran en la Ciudad?
El gobierno de la Ciudad de Buenos Aires aprobó esta semana los protocolos para que las Pyme de las actividades que estarán exceptuadas de la cuarentena, puedan volver a operar bajo condiciones de seguridad e higiene exigidas por las autoridades de Salud.
Será una reapertura parcial, ya que los locales no podrán atender presencialmente al público pero podrán vender mediante Internet o a puertas cerradas, según consta en la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación N° 524-APN-JGM/20.
En el marco de esta reapertura, que se oficializó el lunes en el Boletín Oficial porteño, hay varios rubros que van a poder realizar ventas y producir de una manera segura dentro de los nuevos protocolos establecidos.
Entre los comercios se destacan:
- Indumentaria
- Calzado
- Marroquinería
- Electrónica
- Juegos y juguetes
- Cuidado personal
- Pinturerías
- Venta de materiales y para la construcción o decoración
También quedaron exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio las escribanías, las aseguradoras, las ópticas y los locales de cobro extrabancario en donde se abonan compras y servicios.
Otro de los puntos a destacar es que con el fin de garantizar el distanciamiento social en el viaje al trabajo, promover los medios necesarios para que todos los empleados puedan acceder al lugar de trabajo caminando, en bicicleta, o a través de algún otro medio de transporte individual. También muchos de los empleadores de estos sectores se comprometieron a abonar a los empleados que cumplan tareas presenciales los gastos de transporte en los que incurran.
De este modo se implementan para cada caso protocolos de seguridad e higiene adaptados a cada rubro especifico.
Comercios minoristas, pinturerías y corralones
Según consta en la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación N° 524-APN-JGM/20, quedaron exceptuadas ya del cumplimiento del "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y pueden circular por la Ciudad de Buenos Aires (entre otras jurisdicciones) las personas afectadas a actividades de comercio, mencionadas anteriormente.
No será "business as usual" ya que solo se podrá efectuar "venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes, y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística".
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"En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público", detalla la norma.
En ese marco, el gobierno porteño aprobó un protocolo de seguridad e higiene que detalla las normas que deberán seguir los comercios en la siguiente fase de la cuarentena obligatoria.
El mismo diferencia al comercio minorista de indumentaria, calzado, marroquinería, electrónica, electrodomésticos, juegos y juguetes y cuidado personal de la Ciudad de Buenos Aires, que podrán vender mercadería ya elaborada a través de diversas plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con los compradores y mediante entrega a domicilio. Por otra parte, para las pinturerías y locales de venta de materiales para construcción y decoración de la Ciudad, no se establece el límite de mercadería ya elaborada.
Luego, en ambos casos, los comercios deberán cumplir con los siguientes 18 puntos, de acuerdo al documento que firmó el Ministro de Desarrollo Económico y Producción de CABA, José Luis Giusti:
- En ningún caso los comercios minoristas podrán abrir sus puertas al público.
- Se establece que la actividad no podrá dar inicio antes de las 10:00 AM.
- Se entiende que la venta online no implica contacto directo ni personal con el cliente final.
- Se deberán priorizar las ventas online y ofrecer mecanismos de entrega por mensajería para minimizar el contacto.
- Se verificará que al salir a la calle los distribuidores domiciliarios cuentan con kit de alcohol en gel, cubre bocas y pulverizador de alcohol para desinfección.
- El proceso de entrega asegurará la distancia establecida por la OMS entre el distribuidor y el destinatario, evitando el primero cualquier tipo de contacto con superficies del domicilio (picaportes, rejas) que no sean fundamentales para realizar el contacto.
- En el caso de aquellas visitas en las que el destinatario informe que está en cuarentena por posible contagio se los identificará y retendrá el envío en sucursal, hasta tanto pueda retirarlo o reprogramar el envío.
- Se habilitará una línea especial para que los distribuidores informen aquellos domicilios que requieran mayores medidas de prevención y seguridad.
- Se reforzararán los canales de comunicación y atención con los destinatarios (notificaciones, comunicaciones telefónicas, redes sociales, correo electrónico), a fin de brindar una experiencia segura.
- Se debe brindar un servicio de soporte y asistencia remota a través de herramientas de videollamada.
- Todos los empleados que puedan desarrollar su tarea desde el hogar lo realizarán desde allí.
- Se debe brindar un servicio técnico y muestra de productos de manera remota.
- Se debe asegurar un canal de venta telefónica para aquellos que no tengan plataformas digitales.
- Aun trabajando de manera remota, se promoverá la rotación del personal.
- Los paquetes y envoltorios de encomiendas deberán descartarse en un cesto específico destinado al material contaminado y luego proceder a desinfectar el contenido.
- Es obligatorio que el repartidor presente el permiso oficial de tránsito.
- Se promoverá el uso de medios de cobro online, coordinando con el cliente la entrega en su puerta a efectos que no haya contacto alguno.
- Con el fin de garantizar el distanciamiento social en el viaje al trabajo, promover los medios necesarios para que todos los empleados puedan acceder al lugar de trabajo caminando, en bicicleta, o a través de algún otro medio de transporte individual.
Ópticas
Una situación similar a la de los comercios se vivirá en las ópticas que decidan reabrir en el período de aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Esta reapertura parcial y comienzo de la "cuarentena administrada" definió que queda exceptuado de la prohibición de circular el personal de las ópticas, que podrán atender con sistema de turno previo. La excepción es válida para locales de este tipo que atiendan a pacientes con prescripción médica o para reparación, situados en la CABA.
En ese marco, el protocolo aprobado por la Ciudad reconoce que "la labor profesional dentro de la óptica (sección óptica, consultorios de lentes de contacto, baja visión, prótesis oculares, audiología) implican un contacto directo con el público y los pacientes, muy próximo y sostenido en el tiempo, de tal manera que aumenta significativamente el riesgo de contagio entre el/la profesional y el/la paciente, si no se disponen de los medios de protección".
Es por eso que el documento recomienda mascarillas y/o gafas de protección, soluciones hidroalcohólicas así como elementos de desinfección para las distintas áreas de atención, los utensilios, maquinarias y los productos.
Pero eso es solo el comienzo para una serie de medidas que el protocolo establece, y que van desde la recomendación de promover los "medios necesarios para que todos los empleados puedan acceder al lugar de trabajo caminando, en bicicleta, o a través de algún otro medio de transporte individual", pasando por medidas de limpieza y desinfección general, y de atención comercial y manejo en el local.
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Este protocolo tiene también apartados para la atención de especialidades y para laboratorios y fabricantes de insumos. También operarán en un horario reducido de 20 horas semanales y atenderán únicamente con turnos, lo que garantiza la atención esencial.
El documento luego entra en detalle sobre cómo se debe tomar contacto con las monturas y lentes de los clientes, cómo se deben descartar los residuos, las distancias mínimas a mantener entre personas, etc.
Y respecto de las responsabilidades laborales indica que el propietario del establecimiento o su director técnico "deberá implementar todas las normas de bioseguridad recomendadas a fin de preservar en el ámbito laboral, a los trabajadores y a las personas que a él acudan, lo cual quedará registrado a través de la firma del consentimiento informado a modo de declaración jurada, que deberá presentar ante la autoridad de aplicación".
También es necesario desafectar a los mayores de 60 años, embarazadas y otro personal que pertenezca a grupos de riesgo de contraer covid-19, y se sugiere rotar al personal cada 15 días.
Pagos y servicios
Pudieron reabrir sus puertas en la Ciudad de Buenos Aires los locales de cobro extrabancario; es decir, aquellos donde los clientes pueden abonar servicios, impuestos y compras que han realizado por Internet, cargar su tarjeta SUBE o su celular, enviar o recibir dinero, etc.
Se aprobó un protocolo que utilizarán los locales de este tipo de empresas afiliadas a la Cámara Argentina de Empresas de Cobranza Extrabancaria de Impuestos y Servicios (CAECEIS).
En principio, en estos locales se debe atender exclusivamente sin abrir las puertas al público, dando prioridad a los mayores y a los grupos de riesgo, y respetando el calendario de atención que utilizan los bancos, de acuerdo al número de Documento Nacional de Identidad (DNI) del cliente. Cada persona podrá abonar por día un máximo de 8 facturas en estos locales, de acuerdo al número en el que finalice su DNI.
Además del contacto con las personas en esos locales se incrementarán las medidas de seguridad para el manejo de dinero en efectivo, señalizaciones para que las personas mantengan normas de seguridad e higiene, y para evitar las aglomeraciones.
Por último, el documento detalla los siguientes 8 puntos para que sigan los locales de cobro extrabancario:
- Se empleará personal de seguridad, o personal propio para ordenar las colas donde sea necesario y mantener la distancia recomendada de 1,5mts.
- Los clientes dentro de los locales no deben superar la medida de 1 persona por cada 4 mts2 de superficie destinada a atención y deberán llevar elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón para ingresar o permanecer en el local.
- El personal estará con cubre bocas o protección similar separada de sus compañeros por 1,5 metros de distancia como mínimo.
- Informará inmediatamente a su superior ante la presencia de síntomas compatibles con caso sospechoso. No se quitará el cubreboca. El superior contactará a la cobertura del empleado y éste abandonará el puesto de trabajo.
- Se considerará contacto estrecho del caso sospechoso o confirmado a todo/s aquellos que han estado a menos 1.5 m durante más de 15 minutos.
- En cada puesto de trabajo el personal contará con alcohol en gel y medidas que le garanticen la permanencia de acuerdo a lo recomendado por el Ministerio de Salud de la Ciudad de Buenos Aires
- Los horarios de atención se acomodarán en la medida de las posibilidades de cada local para que el personal no viaje en "horas pico" de tránsito.
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Escribanías
La flexibilización de la operatoria de las escribanías corresponde a aquellas que pertenecen al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. En las mismas se trabajará con personal reducido, en el horario de 9:30 a 15:30, y se atenderá por turnos.
Para observar medidas de distancia social los puestos de trabajo se distanciarán dos metros uno del otro, no se compartirán ni bebidas, alimento, mates ni elementos de escritura, entre otros. Se permitirá el ingreso al colegiado y/o terceros únicamente con asignación de turnos, según establece el protocolo para esta actividad.
"Se establece el uso obligatorio (tanto para el personal como para terceros) de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón para ingresar o permanecer en el lugar de trabajo, como así también en cada sector se contará con solución a base de alcohol al 70%. Se requerirá el cambio regular del elemento de protección del personal como mínimo cada 90 minutos", dice el documento aprobado por la administración de Horacio Rodríguez Larreta.
Asimismo, a quienes ingresen al Colegio se les proporcionará alcohol en gel y se les realizará una breve encuesta –que tendrá valor de declaración jurada- sobre viajes al exterior y contacto estrecho con personas que hayan salido del país o hayan tenido síntomas de covid-19.
"Cada hora el personal deberá lavarse las manos con agua y jabón en forma completa, ese procedimiento tiene que durar por lo menos 40 segundos. También deberán higienizar sus elementos de trabajo, como así también, teclados de computadoras", determinó el Colegio, entre otras medidas que tienen que ver con la seguridad del personal.
Aseguradoras
La siguiente fase de la "cuarentena administrada" prevé también que retomen las actividades parcialmente los "peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias".
"En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes", advierte la norma a nivel nacional.
Fue así que la Ciudad de Buenos Aires aprobó un protocolo para empresas de la actividad de Seguros, Reaseguros, Capitalización y Ahorro y Préstamos para la Vivienda situadas en la CABA.
Más allá de exigir el respeto a las normas de aislamiento social y preventivo, y de excluir de las actividades a quienes pertenezcan a grupos de riesgo, las aseguradoras se comprometieron a mantener a todo el personal que pueda seguir trabajando a distancia en modalidad de teletrabajo. Pero a fin de "flexibilizar ciertas funciones mínimas e indispensables consistentes en tareas relacionadas con la cobranza, atención a clientes (remota), liquidación de siniestros (Peritos y Liquidadores) y tecnología", algunos de los empleados concurrirán a sus lugares de trabajo habituales.
Para ellos, las medidas mínimas de prevención incluyen la prohibición de atención al público en los locales, procedimientos de limpieza y desinfección con "turno de lavado de manos" cada una hora, entrega de elementos de protección individual y capacitación sobre su uso y manejo, toma de temperatura a los trabajadores, campaña de afiches, señaladores, propaganda en medios tendientes al uso racional de las tecnologías a distancia, entre otras.
"La jornada laboral presencial no podrá extenderse en más de 4 horas diarias y 20 horas semanales, sin que ello implique modificación salarial alguna. Los trabajadores podrán seguir cumpliendo tareas en forma remota, aun encontrándose dentro de la nómina de trabajadores presenciales, siempre garantizando el límite de jornada del contrato de trabajo conforme lo establece en Convenio Colectivo de la Actividad", sentencia el documento.