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ARCA, ex AFP: qué tener en cuenta al transferir dinero entre cuentas propias

En estos casos puntuales, es necesario tener en cuenta algunas normativas fiscales para evitar problemas con el organismo recaudador
Por S.A.
LEGALES - 26 de Noviembre, 2024

La digitalización ha crecido de manera exponencial y ha traído aparejada la necesidad de tener que aprender nuevas formas de organizar las finanzas personales. Por eso, la distribución de fondos a través de transferencias entre cuentas bancarias del mismo titular, ya sea para organizar pagos, aprovechar promociones o rendimientos, ya es moneda corriente.

Para los usuarios sin ingresos formales o declarados, el monto total de transferencias permitidas es de hasta $400.000 en movimientos de ingresos y egresos. Superar este monto sin un justificativo adecuado podría derivar en una inspección fiscal, donde la Agencia de Recaudación (ARCA), que reemplaza a la AFIP, solicitará documentación que respalde el origen de los fondos, tales como recibos de sueldo, facturas o constancias de ingresos.

Por otro lado, para operaciones de mayor envergadura, es decir, aquellas transferencias que superan los $700.000 sin estar respaldadas por ingresos declarados, es necesario informar previamente al organismo. Omitir esta declaración podría desencadenar investigaciones y potencialmente un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) por parte del banco o fintech a la Unidad de Información Financiera (UIF).

Transferencias entre cuentas propias: cómo justificar los fondos a la ARCA, ex AFIP

El cumplimiento con las disposiciones de la ARCA implica contar con respaldo documental para todas las operaciones, incluyendo las transferencias entre cuentas propias. En caso de no contar con ingresos formales, tanto la entidad bancaria como la ARCA pueden pedir al titular de la cuenta una explicación detallada sobre el origen de los fondos transferidos.

La documentación requerida puede incluir boletas de compra y venta, documentos que justifiquen transacciones como la venta de acciones, recibos de sueldo, facturación de los últimos meses o una constancia del monotributo. De ser necesario, un contador público podría emitir un certificado que acredite la legitimidad de los fondos.

Además, si la transferencia involucra montos en moneda extranjera o digital, como criptomonedas, es indispensable realizar una conversión al equivalente en pesos al momento de la operación. Este paso adicional facilita el monitoreo y la declaración de dichos montos, ajustándolos a la normativa nacional.

Transferencia entre cuentas propias: qué errores evitar

Si el dinero fue supervisado y controlado por las entidades correspondientes, no hay contraposiciones para moverlo con libertad, en tanto y en cuanto las operaciones sean consistentes con los ingresos declarados por el usuario. Por lo que, para evitar complicaciones mayores, resulta esencial que todos los movimientos se encuentren respaldados por registros que coincidan con las declaraciones fiscales.

Para evitar tener problemas en términos fiscales cada vez que un usuario transfiere dinero entre cuentas propias hay que tener en cuenta diferentes aspectos y prevenir errores muy comunes. Por ejemplo:

Si se trata de montos elevados, como puede ser operaciones destinadas a la compra de bienes de alto valor, es posible que tanto ARCA, como la UIF, a través de las entidades financieras, soliciten al usuario la documentación adicional que acredite el origen de los fondos transferidos para constatar que no existan diferencias entre los movimientos de dinero y las declaraciones impositivas que esta persona realizó.

Según las regulaciones del Banco Central, desde septiembre de 2024, los nuevos montos máximos mensuales para realizar una transferencia bancaria entre cuentas propias a través de Home Banking es de $400.000, tanto ingresos como egresos, en el caso de personas sin ingresos declarados.

Para evitar tener que enfrentar la justificación del origen de los fondos, el usuario tendrá que cerciorarse de que los montos transferidos coincidan con los ingresos declarados. Por otro lado, si las operaciones no están justificadas o superan el monto de $700.000, el obligatorio informar su origen.

Si una entidad financiera o la AFIP solicitara información adicional acerca de una transferencia entre cuentas propias, el usuario deberá tener la documentación requerida. Los casos más comunes es cuando un dinero ya se halla ingresado en una cuenta personal o billetera virtual y se distribuye por conveniencia.

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