• 20/10/2024

¿Cuánto tarda un juicio por expensas?

Con una suba considerable en las expensas en los últimos meses, debido al incremento de los costos, los consorcios enfrentan problemas para cobrar
Por IM
19/10/2024 - 18:36hs
juicio por expensas

La recesión económica y el aumento de los servicios públicos, entre otros, ha generado dos hechos simultáneos: un menor ingreso en muchas familias, producto de la menor actividad económica, despidos, entre otras cuestiones, y un incremento en las expensas.

¿Cuánto se demora en cobrar un juicio por expensas?

El tiempo que suele demorar un juicio por el cobro de expensas depende de varios factores, como la jurisdicción en la que se tramita, la congestión del sistema judicial y la estrategia legal adoptada por ambas partes.

Sin embargo, por lo general, un juicio ejecutivo de este tipo suele ser mucho más rápido que un juicio ordinario, ya que está basado en un título ejecutivo, expensas impagas, que simplifican la prueba de deuda.

En situaciones óptimas, un juicio ejecutivo puede resolverse en un año o menos, aunque, por lo general, la demora promedio es de dos años. Todo depende de cómo el abogado del consorcio gestione el reclamo judicial, la verificación de la deuda y, en parte, de la cooperación del deudor.

Si bien no es lo común, en casos excepcionales, debido a variables procesales, puede prolongarse por años. Por ejemplo, si el deudor presenta oposición o recurre a instancias legales adicionales. En el caso de que el proceso judicial se prolongue, los costos asociados al mismo (como honorarios de abogados y tasas judiciales) suelen incrementar el monto total que el deudor deberá abonar.

¿Qué puede hacer el consorcio durante el juicio?

Durante el transcurso del juicio, el consorcio puede solicitar medidas cautelares, como el embargo de bienes o cuentas bancarias del deudor, para asegurarse de que existan fondos disponibles al momento de ejecutar la sentencia. Estas medidas no siempre se conceden de inmediato, ya que dependen de la evaluación del juez sobre la situación financiera del deudor y de la justificación que presente el consorcio.

Si bien el consorcio tiene derecho a cobrar los intereses generados durante el juicio, es importante recordar que, como mencionamos anteriormente, estos intereses suelen ser simples, lo que no compensa del todo la demora en el cobro de la deuda.

Alternativas al juicio

Si bien el juicio ejecutivo es una herramienta útil para el cobro de expensas, no siempre es la mejor opción para los consorcios, debido a los costos y la duración del proceso. En muchos casos, los administradores del consorcio intentan evitar el litigio recurriendo a otras vías, como la mediación o acuerdos extrajudiciales.

Estos acuerdos le permiten al deudor pagar la deuda en cuotas o buscar otras alternativas de pago que resulten más accesibles. De esta forma, se evita un proceso judicial prolongado y costoso para ambas partes.

Como los propietarios no quieren perder su inmueble o los inquilinos ser desalojados, es muy probable llegar a un acuerdo antes de que el problema escale. Cabe aclarar que, si bien en los alquileres el inquilino es la persona que abona las expensas, la responsabilidad sigue siendo del dueño. En otras palabras, el consorcio siempre inicia acciones legales contra el propietario y no contra el inquilino.

En caso de deudas, una comunicación temprana con la administración del consorcio suele generar mejores negociaciones u acuerdos de pagos. Lo más común es que el consorcio ofrezca un plan de pagos al propietario razonable.

Si bien suele ser difícil para el propietario, ya que si no pudo pagar sus expensas en tiempo y forma, más complicado será abonar la obligación del mes sumado a la cuota del acuerdo. Por este motivo, en muchas ocasiones, especialmente si la persona es "pagadora", no incluyen intereses u ajustes por inflación, mientras que aquellos generados con anterioridad suelen reducirse.

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