• 18/9/2024

Despidos flexibles y acuerdos empresas-gremios: claves de Sturzenegger para reglamentar la reforma laboral

El ministro de Desregulación anunció que el capítulo de reforma laboral incluido en la Ley Bases será reglamentado esta semana. Qué contendrá
09/09/2024 - 10:19hs
Federico Sturzenegger

El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, anunció que el capítulo correspondiente a la reforma laboral incluido en la Ley Bases será reglamentado esta semana. Esta medida es considerada clave por el Gobierno nacional para reducir los costos empresariales. Entre otras cuestiones, permitirá despidos más flexibles y propondrá el acuerdo entre empresas y gremios para la implementación del Fondo de Cese

"Hay un artículo en ley bases que lleva el título de Fondo de Cese que dice que las partes pueden salirse de la Ley de Contrato de Trabajo en lo que refiere a los despidos, un tema medular de la relación laboral. Pero en la reglamentación -que espero salga esta semana- a nivel convenio colectivo van a poder diseñar el esquema que quieran, con la flexibilidad que quieran, a nivel empresa grande, mediana o chica", dijo Sturzenegger ante empresarios.

El ministro detalló que la reglamentación permitirá a las partes acordar a nivel de convenios colectivos el sistema de despidos que prefieran, desde mantener la indemnización por ley hasta establecer fondos individuales o colectivos similares a los utilizados en la industria de la construcción. Sin embargo, advirtió que si una empresa o un trabajador no acepta el acuerdo, el sistema de Fondo de Cese no se aplicará.

Reforma laboral: cuáles son los nuevos cambios que impulsará el Gobierno nacional, según Federico Sturzenegger

"Vamos a estar presentando una reforma laboral muy profunda la semana que viene, como resultado de la Ley Bases", indicó Sturzenegger en su discurso. "Hay un artículo que lleva el título de sistema de cese, que permite diseñar a los empresarios junto con los trabajadores su propio sistema laboral", explicó el ministro.

En ese sentido, el funcionario indicó que "se podrá regular entre la patronal y el sindicato cómo será el sistema de despidos, por fuera de la Ley de Contrato de Trabajo. Para inventarlo ustedes". Y aclaró: "Lo que ustedes decidan, no va a ser obligatorio para las empresas. El empleador y los trabajadores pueden prescindir si no les conviene. Solo funcionará si es bueno para el trabajador y para el empresario".

En otro tramo de su alocución, Sturzenegger se refirió a lo que definió como uno de los mayores problemas del país. "No creemos en el Estado como modernizador de la economía", señaló el ministro, al tiempo que hizo hincapié en que "el gobierno está en tres batallas, una es la cultural, que señala que el Estado es la fuente de todos los problemas; el segundo plano es la batalla de la macro, que tiene como eje central el equilibrio fiscal; y la tercera es la batalla contra la casta".

"Todos somos un poco víctimas de la casta, pero todos somos un poco casta también", sostuvo el funcionario. Allí ejemplificó que "hay casta sindical, casta empresaria", aunque dejó fuera de esta última al sector agropecuario y las pymes. Y remarcó: "El peronismo es el gran gestor de las castas. El sindicalismo se lleva el 3% de la masa salarial de los trabajadores".

Mientras el Gobierno se prepara para publicar esta semana la reglamentación de la reforma laboral incluida en la Ley Bases, la Confederación General del Trabajo (CGT) -que rechazó formar parte de una mesa tripartita-, con bajo perfil negocia las condiciones, para limitar el alcance de algunas modificaciones, y el sector empresario presiona para que la letra chica dé mayor libertad para la contratación y el despido de trabajadores.

Lo que viene para trabajadores independientes con colaboradores

El régimen del trabajador independiente con colaboradores también está de reglamentación.

Este esquema permitirá que un trabajador autónomo contrate hasta 3 trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo, sin que se configure una relación de dependencia, y en tanto se encuentren ausentes las notas típicas de la relación laboral que son la dependencia técnica, la jurídica o la económica, recuerdan Mancino y Tellado.

Si bien la norma refiere en su aplicación a un "emprendimiento productivo", luego se aclara que tampoco habrá relación de dependencia del trabajador independiente y sus colaboradores con las personas contratantes de los "servicios u obras", por lo cual se espera que la reglamentación pueda terminar de zanjar el ámbito de aplicación de esta figura, sostienen.

La retención de pagos a contratistas e intermediarios

La ley establece que los trabajadores contratados por contratistas o intermediarios tendrán derecho a solicitar a la empresa principal para la que presten servicios o ejecuten obras, que retengan los importes adeudados en concepto de remuneraciones, indemnizaciones u otros derechos apreciables en dinero provenientes de la relación laboral, señalan Mancino y Tellado.

La AFIP deberá establecer en el plazo de 90 días de sancionada la Ley Bases, el mecanismo para efectivizar la retención de los importes que los contratistas o intermediarios adeuden a los organismos de seguridad social con motivo de la relación laboral mantenida con los trabajadores contratados por estos, sostienen.

Así, se espera la reglamentación del blanqueo laboral para decidir si conviene o no más que la moratoria para regularizar aportes y contribuciones.

Qué dice la Ley Bases sobre intermediación laboral

La Ley Bases introdujo una importante modificación al establecer que el trabajador será considerado empleado directo de quien registre la relación laboral (empresa intermediaria), sin perjuicio de haber sido contratado a efectos de ser destinado a prestar tareas a otra empresa, la usuaria, afirma Piatti.

Por lo tanto, actualmente los empleados contratados por terceros para ser asignados a otras empresas serán considerados empleados directos de quien registre el vínculo laboral (empresa intermediaria) y no de la empresa usuaria, enfatiza.

Todo esto permite afirmar que desaparece el riesgo de reclamo laboral del empleado a la empresa usuaria por ausencia de registración laboral en forma directa.