EXPEDIENTE

La justicia autorizó el concurso de Créditos al Rio, firma vinculada a Wenance

La Sala II de la Cámara de Apelaciones de San Isidro autorizo la apertura del concurso de Créditos Al Rio, que canalizaba inversiones para Fintech Wenance
LEGALES - 19 de Julio, 2024

Durante el mes de marzo del corriente año, la Sociedad Créditos al Rio S.A., vinculada a la firma Wenance S.A., había presentado su concurso preventivo ante el Juzgado Civil y Comercial N° 9 de San Isidro, en carácter de garante de la Fintech.

En primera instancia, la Jueza Dra. Gabriela Paladin, luego de cumplirse una serie de pedidos y diligencias, resolvió que había operado el vencimiento de los plazos para formalizar la petición ante la justicia, por lo cual considero extemporánea la presentación y rechazo la apertura del concurso.

Como consecuencia de la apelación presentada por Créditos al Rio, la cuestión quedo en mano de la Sala II de la Cámara de Apelación de San Isidro.

En segunda instancia se consideró que "los plazos se computan los días hábiles judiciales, salvo disposición expresa en contrario", por lo cual se ordenó el dictado de un nuevo fallo de primera instancia que deberá admitir el concurso solicitado.

El expediente es girado al juzgado de primera instancia, para que una vez reanudada la actividad judicial luego del periodo de feria, se dicte un nuevo fallo que admita el concurso solicitado, el cual tramitara en conjunto con el concurso presentado anteriormente por Wenance, pero en expedientes separados.

La vinculación entre ambas empresas

Si bien Créditos Al Rio denuncio en el expediente judicial ser garante de las obligaciones de la concursada Wenance, con lo que justificaría su propio concurso, tanto los acreedores afectados como las autoridades judiciales son conocedoras de una relación mucho más estrecha.

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En el caso concreto ambas compañías revisten el carácter de "Proveedores No Financieros De Crédito", una categorización establecida por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), que les autoriza únicamente a otorgar financiamiento en esta plaza comercial, pero que a diferencia de las Entidades Financieras, mantiene vedada para ellas la posibilidad de captar el ahorro público.

Para superar esta limitación, según se desprende del análisis realizado por la Jueza Paladin, ambas sociedades participaban del negocio de Wenance mediante la captación de inversiones y administración de los diferentes Fideicomisos, de manera tal generaban recursos para los préstamos Fintech.

Del entramado de Sociedades y Fideicomisos que servían de vehículo al negocio de los préstamos digitales, la juez a cargo de ambos concursos tiene en claro que ambas sociedades resultaban ser "Fiduciantes" y también "Agente de Cobro", en los fideicomisos por ellas constituidos.

De allí que considerara que esta maniobra "sería ilegal en tanto se produce una captación de ahorro público para ser prestado al público, en tanto al mantener el control de los fondos que recibía de los deudores y decidir si los depositaba o no en la cuenta fiduciaria materializaba en los hechos un fideicomiso vacío, irregular o unilateral".

Tampoco quedaría a salvo el "Fiduciario", quien a criterio de la misma magistrada "no podía ser ajeno a la cuestión y la estructura misma de la operación, y a posteriori las noticias relativas a las supuestas dificultades financieras del estructurador (Wenance, Créditos al Rio) y su inacción, hablan de fallas en la "debida diligencia" ("due diligence"), en el cumplimiento adecuado de su deber in vigilando o directamente en complicidad por omisión con Wenance y Créditos al Rio."

Un nuevo golpe a los acreedores de la Fintech

Sin dudas, esta resolución es un nuevo golpe a inversores, proveedores y acreedores de Créditos al Rio, quienes deberán esperar a la apertura del concurso para presentar a verificación sus créditos, bajo el proceso determinado por la Ley de Concursos y Quiebras.

La apertura del concurso absorberá los diferentes reclamos contra esta sociedad y también dejará sin efecto las medidas cautelares solicitadas contra Créditos al Rio.

En cualquier caso, los acreedores de la garante de la Fintech deberán esperar a la publicación de un nuevo fallo que determine el cronograma y fechas previstas para las diferentes etapas del concurso, como así, la designación de una sindicatura que se presume que será colegiada por la magnitud del concurso.

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