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Revolución en el Régimen Sancionatorio de la UIF: la nueva Resolución 90/2024

La resolución marca un hito en la reglamentación del procedimiento sumarial para la aplicación de sanciones y el sistema de notificaciones
19/06/2024 - 10:55hs
Revolución en el Régimen Sancionatorio de la UIF: la nueva Resolución 90/2024

La reciente resolución 90/2024, aprobada por la Unidad de Información Financiera (UIF) en el marco de la Ley 25.246, marca un hito en la reglamentación del procedimiento sumarial para la aplicación de sanciones y el sistema de notificaciones y tramitación electrónica de expedientes.

Publicada el 18 de junio del corriente año, esta resolución introduce varias novedades:

  • Alineación con Recomendaciones Internacionales: Basada en la Recomendación N° 35 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), la resolución asegura una gama de sanciones eficaces, proporcionales y disuasivas, aplicables a personas físicas y jurídicas.
  • Mejora de Procedimientos: Aprovechando la experiencia acumulada, se busca una mayor celeridad, economía y eficacia en los procedimientos sancionatorios, especialmente en aquellos de menor gravedad.

Procedimiento Sumarial

El procedimiento será dirigido por un Instructor sumariante, cuya independencia es crucial. Este contará con el apoyo de un profesional y tendrá la autoridad para realizar todas las diligencias necesarias para investigar los hechos, determinar responsabilidades y sugerir sanciones o acciones correctivas. Sus funciones incluyen:

  • Investigación de hechos
  • Reunión de pruebas
  • Determinación de responsabilidades
  • Notificación de resoluciones
  • Fijación de audiencias
  • Elaboración de un informe final

Las notificaciones se cursarán al domicilio electrónico registrado ante la UIF, utilizando el Sistema de Notificaciones y Tramitación Electrónica de Expedientes.

Iniciado el sumario, el presidente de la UIF dictará una resolución con la formulación precisa de los cargos, identificando claramente los hechos que originan los presuntos incumplimientos. El sumariado tendrá 10 días para presentar su descargo, y el período probatorio será de 20 días. Concluido este plazo, los autos estarán disponibles para alegar durante 10 días, tras lo cual el Instructor Sumariante elaborará un informe final, concluyendo el proceso ordinario con la resolución final.

Trámite Abreviado

En casos de incumplimiento del artículo 21 de la Ley 25.246, el proceso seguirá un trámite abreviado.

Sistema de Notificaciones y Tramitación Electrónica

Las notificaciones cursadas a través del sistema surtirán efecto a partir de las 0:00 horas del día siguiente a la disponibilidad de la providencia o resolución para el usuario. Los sumariados podrán realizar presentaciones digitales con plena validez.

En resumen, la resolución 90/2024 busca acelerar los procesos de investigación mediante la incorporación de herramientas digitales, garantizando una mayor eficiencia y efectividad en el régimen sancionatorio de la UIF.

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