• 20/12/2024

Qué pasa si el progenitor que debe abonar cuota alimentaria tiene un trabajo informal

El pago de la cuota alimentaria es una obligación que tanto el progenitor como la progenitora no deben dejar de cumplir bajo ninguna circunstancia
Por BN
21/04/2024 - 06:28hs
La cuota alimentaria se calcula en base a los ingresos y cuando el progenitor tiene un trabajo informal el porcentaje se calcula de otra forma

La cuota alimentaria comprende todo lo necesario para cubrir los gastos del hijo o hija, y se calcula en mayor parte de acuerdo a los ingresos del progenitor o progenitora. Muchas personas en Argentina tienen un trabajo informal y esto complica la manera de hacer el cálculo de lo que cada uno debe abonar. 

Llegar a un acuerdo por la cuota alimentaria suele ser un problema para los padres separados, y en muchas oportunidades uno de los dos no paga lo que le corresponde. Esto afecta en su mayoría a las madres, ya que casi siempre tiene la tenencia del menor, y en este sentido, cuando el padre no abona puede ser una forma de violencia económica. 

No osbtante, hay varias razones por las cuales el progenitor se retrasa con el pago de las cuotas, lo cual es una obligación y su incumplimiento puede ser duramente sancionado.

En algunos casos, puede suceder que quiera ocultar sus ingresos adrede para no pagar el porcentaje que debería, mientras que en otros casos puede pasar que el ingreso varíe de mes a mes, siendo aveces más bajo que lo que puede costear los gastos del hijo o hija. 

En esta nota te contamos qué pasa si el progenitor que tiene que abonar la cuota alimentaria tiene un empleo informal, y qué se puede hacer si no cumple. Esta información es sumamente útil para aquellas madres que no saben qué hacer para reclamar ante incumplimientos o que no les alcance para sostener la crianza de su hijo o hija.

Qué pasa si el progenitor que tiene que abonar la cuota alimentaria tiene un trabajo informal

Muchos progenitores que deben abonar la cuota alimentaria tienen un trabajo informal.
Muchos progenitores que deben abonar la cuota alimentaria tienen un trabajo informal.

Ninguno de los progenitores está eximido de abonar cuota alimentaria en beneficio de su hijo bajo ninguna circunstancia. En el caso de que el progenitor/a que debe abonar la cuota alimentaria no tenga empleo o esté trabajando en negro, se fija un porcentaje del Salario Mínimo Vital y Móvil.

No existe un porcentaje igual para todos los casos, sino que se debe establecer una relación entre las necesidades del niño/niña/adolescente con los ingresos de sus progenitores.

Si el progenitor se queda sin trabajo y no puede cumplir con el pago de la cuota alimentaria debe comunicarlo al juez o tribunal encargado. En ese caso el alimentante puede pedir una reducción de la cuota en el juzgado que interviene en la causa.

Deberá probar que está sin trabajo y esta reducción será provisoria hasta que la situación del progenitor mejore. Pero, aún estando desocupado, no podrá dejar de pagar la cuota.

Cómo se fija la cuota alimentaria

Es importante destacar que, con el contexto inflacionario la cuota alimentaria no se pacta en un monto fijo, pues de ser así perdería valor mes a mes. Por tal motivo, se busca fijar un porcentaje del ingreso. Generalmente, si el progenitor/a que debe abonar cuota alimentaria tiene trabajo registrado, y por lo tanto, un ingreso fijo, se establece un porcentaje de dichos ingresos, que generalmente es del 20 o 30 por ciento.

En primer lugar, corresponde que los o las progenitores/as se pongan de acuerdo en los montos y modo de pago de la cuota alimentaria de los/as hijos/as. En caso de que no exista acuerdo entre ellos/as será un juez o una jueza quien lo determine.

  • Los alimentos pueden pagarse en dinero o en especie (pago del colegio, club, etc);
  • La cuota se fija teniendo en cuenta las necesidades del hijo/a y las posibilidades económicas de los progenitores;
  • Las tareas cotidianas que hace el padre o la madre que cuida a los/as hijos/as tienen también un valor económico y se deben tener en cuenta al fijar los alimentos.

Cómo obtener la cuota alimentaria

En primer lugar, para obtener la cuota alimentaria se puede intentar llegar a un acuerdo mediante una mediación comunitaria, con la intervención de un Centro de Acceso a la Justicia (CAJ), al que la parte damnificada puede dirigirse. También, con asistencia de una abogada o abogado, se le puede pedir un juez o jueza que fije la cuota alimentaria, que se debe abonar en forma mensual, anticipada y sucesiva.

Si la cuota alimentaria fue fijada por el Poder Judicial es una obligación y debe cumplirse. En caso de que la otra madre o el otro padre no cumpla con su obligación de alimentos, se pueden pedir medidas sobre sus bienes, ingresos o sueldo.

Qué pasa si el progenitor que debe abonar la cuota alimentaria no cumple con el pago

Si el progenitor o la progenitora no cumple con la cuota alimentaria, ya sea acordada por las partes (y homologada por un juez) o fijada directamente por el Tribunal, hay varias formas para lograr que el deudor cumpla con lo que le corresponde.

La ley sobre la cuota alimentaria deja librado al arbitrio judicial las medidas para asegurar el cumplimiento de la obligación alimentaria. El juez puede imponer medidas razonables para garantizar la eficacia de la sentencia, como:

  • Sanciones valuadas en dinero contra el deudor que demora el cumplimiento de una orden judicial, y que son requeridas por el juez a razón de una suma de dinero por cada día, cada semana o cada mes en que un deudor retarda el cumplimiento de una obligación determinada mediante una resolución judicial. Estas sanciones pueden ser pecuniarias o ejecutables.
  • La inscripción del alimentante en los registros de deudores alimentarios morosos (leyes 269 de la CABA y sus correlativas provinciales): el damnificado deberá demostrar que el padre o madre no ha pagado las cuotas correspondientes y tramitarlo a través de un juez que solicite la inscripción del deudor en el registro. Si el deudor es incripto en dicho registro se le pueden aplicar sanciones legales como la retención de ingresos, la inhabilitación para conducir, entre otras medidas coercitivas.
  • La prohibición de salida del país por tiempo limitado.

Además, el juez puede:

  • Impedir el acceso del deudor de cuota alimentaria a eventos musicales y deportivos;
  • La caducidad de sus tarjetas de crédito y débito a través de notificación al Banco Central;
  • Imponer la inscripción en el Veraz de la deuda alimentaria;
  • Decretar la imposibilidad de renovación del pasaporte y el documento nacional de identidad del deudor.

Existe también la posibilidad de realizar una denuncia penal por el delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar. Tal delito acarrea una pena de prisión de un mes a dos años o multa.

En conclusión, el pago de la cuota alimentaria es una obligación que debe cumplirse de acuerdo a lo pautado, cálculo que se hace en base al ingreso del progenitor y a las necesidades del hijo o hija. Si el padre que debe abonar tiene un trabajo informal, se deberá tomar un porcentaje del salario mínimo vital y móvil, pero bajo ningún punto de vista podrá dejar de cumplir con lo acordado. 

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