Alerta por suba de la medicina prepaga: la Justicia creó un expediente para definir si frena aumentos
Uno de los aspectos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el presidente de la Nación, Javier Milei, impacta de lleno en el rubro de medicina prepaga donde ya se notificó del incremento abrupto de precios a sus usuarios. Ante esta situación, el abogado Eduardo Santiago Wilson, quien dijo ser asociado de Swiss Medical S.A, presentó una acción de amparo en el fuero Civil y Comercial Federal, concretamente el juzgado 3 a cargo de Juan Stinco.
En su presentación apunta a que se frene la vigencia de los cambios introducidos desde la semana pasada por dos artículos del DNU: el 267 y el 269.
El primero de ellos deroga varios artículos de la ley 26.682 de 2011 que prevé un marco regulatorio de la medicina prepaga aplicable a todas las empresas y los planes de adhesión voluntaria. Su artículo quinto establece que la Autoridad de Aplicación es la que autoriza los valores de las cuotas y sus modificaciones y también fiscalizará y garantizará la razonabilidad de los valores.
El 269 se refiere a que las prepagas "pueden establecer precios diferenciales para los planes prestacionales, al momento de su contratación, según franjas etarias con una variación máxima de tres (3) veces entre el precio de la primera y la última franja etaria". Es decir, libera el control estatal sobre el valor de las cuotas tal cual venía sucediendo.
Según el asociado, hay una vulneración del derecho a la salud y al vida y el Estado Nacional debe intervenir para "garantizarlo". "El derecho a la salud, por naturaleza, es un derecho de incidencia colectiva, un bien colectivo compartido por el universo de usuarios de los servicios que prestan las Empresas de Medicina Prepagas", acotó.
El Juzgado decidió inscribirlo como "amparo colectivo", es decir, que lo resuelto aplicará a la totalidad de asociados de empresas de medicina prepaga e inscribirlo en el Registro Público de Procesos Colectivos.
El Juzgado que concentra todos los amparos
El juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal 2 es donde se están concentrando muchos de los amparos presentados contra el DNU de Javier Milei. Su titular es Esteban Furnari, pero, durante el receso judicial de verano, queda a cargo de Enrique Lavié Pico.
Ese juzgado es el que recibió el primer amparo del Observatorio del Derecho a la Ciudad y que Furnari decidió inscribirlo como "amparo colectivo", esto es que, lo que se resuelva aplicará a todos y, en ese sentido, tiene que definir si es o no constitucional el DNU 70/2023.
Algunos juzgados federales del interior o bien de la provincia de Buenos Aires como ser La Plata o Lomas de Zamora decidieron, al recibir presentaciones, girarlas al juzgado Contencioso Administrativo Federal 2.
Es que la normativa de amparos colectivos implica que se concentren en un sólo Juzgado para evitar estar desparramados en varios, debido a que se corre el riesgo de haber resoluciones contradictorias: que un juez diga es constitucional y paralelamente otro diga que no lo es.
El expediente sobre las prepagas
El juzgado Civil y Comercial 3 por ahora resolvió también inscribir el planteo contra las prepagas en otro proceso colectivo paralelo. Por ahora, no hay una definición sobre si tramitará la causa durante la feria judicial de enero.
Al expediente caratulado "Wilson, Eduardo Santiago c/ Estado Nacional Poder Ejecutivo Nacional s /Amparo", ahora se le suma otro reparo en lo que hace a la cuota de las prepagas. Mariana Fernández se presentó ante la Justicia porque cree que el DNU "vulnera el ejercicio del derecho a la salud y propiedad, en tanto que modifica la cobertura de su medicina prepaga".
En ese sentido, acusa que, de forma "indiscriminada", se habilita la suba de cuotas y sin que haya autoridad de aplicación que regule las mismas. Pero, ante la presentación de Fernández, es que el juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal 10, en lugar de acumularlo con el 2 de Furnari, optó por hacerlo con el Civil y Comercial donde se había presentado Wilson.
Es que el juez Walter Correa, si bien tuvo presente el amparo inscripto como colectivo por su colega Furnari, consideró que el mismo es sobre "aspectos formales y materiales" del DNU, en tanto que en esta otra se discute respecto a la modificación implementada por conducto del Decreto N° 70/23 sobre el bien jurídico "salud", el cual constituye un bien colectivo (al ser de toda la comunidad, es indivisible y no admite exclusión)".
Así, el juzgado Civil y Comercial 3 ya acumula dos amparos contra la suba de cuotas de medicina prepaga. "Es una acción colectiva que alcanza a todos los interesados y por tal motivo, también a la señora Fernández", según el Juzgado.
"Adoptar una solución distinta, podría aparejar el riesgo cierto de que se dicten sentencias contradictorias, en tanto que, en caso de corresponder, lo que resuelva el juez del colectivo no puede ser declarado para algunos afectados y rechazado para otros", justificó.
"La amparista plantea un control de legalidad del decreto relacionado con el Derecho a la Salud y la intervención de un organismo especializado en la determinación del precio que una parte de los agentes del sistema de salud nacional fijen para sus servicios", tal cual la presentación.
Ninguna definición en la Corte y varios Juzgados
Las presentaciones contra el DNU fueron variadas, algunas contra un aspecto en particular del mismo y otras sobre todos. Una de ellas por haber sido presentada una demanda del Gobierno de La Rioja contra el Estado Nacional, recaló en la oficina de juicios originarios de la Corte Suprema de Justicia.
Antes de terminar el año, la Corte Suprema de Justicia ya aceptó su análisis, lo giró para que opine previamente el Procurador General de la Nación y ya anticipó que no es un asunto para tratar en la feria de enero. Ese expediente, recién comenzará a tomar movimiento los primeros días de febrero y, hasta que la Corte esté en condiciones de resolver, hay una serie de procedimientos previos, con lo cual no será inmediata la resolución.
Mientras tanto, aún hay otros tribunales que debaten si habilitan o no la feria judicial para resolver y tampoco parece haber una definición a corto plazo sobre si se frena o no el DNU ya vigente.
Desde los Tribunales el mensaje es que la solución al problema venga desde el poder político a través del Congreso Nacional, por ello no hubo una definición aún. Si bien ese lapso de tiempo no tiene días concretos, ya se dio un respiro durante este primer tramo del año, la feria judicial.